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En primer lugar denotemos alguna
De las definiciones básicas en materia de prevención:
La salud es un estado de bienestar físico, mental y social completo y no
Meramente la ausencia de daño y enfermedad.
Fuente o situación con capacidad de daño, en términos de lesiones, daños a la
Propiedad, daños al medio ambiente o una combinación de ellos (UNE 81902).
Combinación de la frecuencia o probabilidad que puedan derivarse de la
Materialización de un peligro (UNE 8902).
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño
Derivado del trabajo (art. 4.2 de la LPRL).
Frecuencia a la cual un individuo puede esperar un determinado
Nivel de daño como consecuencia de la ocurrencia de un determinado suceso
Accidental (ICHEM).
Relación entre la frecuencia y el número de personas que sufren
Cierto nivel de daño en una población dada, como consecuencia de la ocurrencia
De un determinado suceso accidental.
Enfermedades patológicas o lesiones sufridas con
Motivo u ocasión del trabajo.
Acontecimiento no deseado, súbito e inesperado susceptible de producir daños a
Las personas, a la propiedad o pérdidas en el proceso productivo.
Accidente sin pérdidas, ni daños.
Legalmente se considera accidente de trabajo a toda lesión
Corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que
Ejercite.
Enfermedad contraída a consecuencia del ejercicio continuado de un
Trabajo, por el daño acumulado poco a poco debido al tiempo de exposición a
Algún factor ambiental de tipo físico, químico o biológico.
La pirámide de accidentes es un estudio realizado por Frank E. Bird en el que establecen las
Proporciones de cada tipo de lesión por cada lesión grave informada. Con dichas
Proporciones se construye la pirámide la siguiente figura:
A la hora de evaluar las Condiciones de Trabajo sería necesario también tener en
Cuenta las diferentes consecuencias
Que podrían tener sobre la salud de los
Trabajadores.
Se podrían considerar los siguientes tipos de causas:
También se pueden identificar las causalidades de los daños
A la salud:
Comportamiento imprudente de trabajadores o
Mandos que introducen un riesgo, posible causa de accidente.
Fallos en materiales, instalaciones, normativa o
Diseño del proceso de trabajo que introduce un riesgo posible causa de
Accidente.
Son las circunstancias que se presentan justo antes del contacto
En el accidente. Puede clasificarse en actos inseguros y condiciones
Peligrosas.
Corresponden a las causas reales que se esconden detrás de los
Síntomas, a las razones por las que ocurren los actos y condiciones inseguras
(se las conoce como causas orígenes, reales, indirectas o subyacentes y suelen
Ser aspectos organizativos).
En general las técnicas de
Prevención actúan sobre el peligro, el riesgo y el accidente. En función de
Esto tenemos la siguiente lista de técnicas:
Es la estrategia dentro de la gestión del riesgo que trata de eliminarlos en su
Origen.
Trata de evitar la actualización del riesgo, evitar que suceda el accidente.
Trata de eliminar o minimizar las consecuencias de los accidentes, actúa en la
Fase de consecuencias y aminora su gravedad cuando el riesgo se actualiza.
Estas técnicas actúan sobre el peligro, el riesgo y el
Accidente respectivamente, según el esquema siguiente:
Los accidentes laborales tienen
Además una vertiente económica, en tanto en cuanto el accidente supone un coste
Sobre el empresario, el trabajador o la sociedad en su conjunto; en función de
La gravedad y las causas del accidente, la responsabilidad o el tratamiento
Asociado.
En este sentido existe un
Análisis que permite establecer cuánto hay que invertir en materia de
Prevención para reducir los costes mencionados anteriormente al mínimo, sin
Hacerlos aumentar como consecuencia de las medidas empeladas. Dicho análisis
Responde a la gráfica que aparece en la siguiente figura:
La forma habitual de trabajar sobre estos datos es a través
De los siguientes parámetros:
·
Accidentes por sector.
·Jornadas no trabajadas por accidente.
·Gravedad del accidente.
Una vez realizada una
Introducción a la temática, es hora de establecer como es la mecánica para el
Estudio de los riesgos laborales y su prevención. En este sentido se realizan cinco
Grandes grupos en los cuales se engloban los principales tipos de daños para la
Salud que se pueden producir en el ámbito laboral:
Se considera como aquella disciplina preventiva que estudia todos
Los riesgos y condiciones materiales relacionadas con el trabajo, que podrían
Llegar a afectar directa o indirectamente a la integridad física de los
Trabajadores.
Se considera como aquella disciplina preventiva cuyo objeto
Fundamental es identificar, evaluar y controlar, las concentraciones de los
Diferentes contaminantes ya fueran de carácter físico, químico o biológico
Presentes en los puestos de trabajo y que pueden llegar a producir determinadas
Alteraciones de la salud de los trabajadores.
Se considera en los momentos actuales como la adecuación entre
Las distintas capacidades de las personas y las exigencias de las capacidades
Demandadas por las tareas de trabajo realizadas.
Se considera como aquella disciplina dirigida fundamentalmente
A estudiar las consecuencias derivadas de las condiciones materiales y
Ambientales sobre las personas, procurando establecer junto a las anteriores
Disciplinas preventivas indicadas unas condiciones de trabajo que no produzcan
Enfermedades ni daños a los trabajadores.
Tenemos un marco jurídico internacional:
oArt.118-A
(Actual 138)
Directivas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (de mínimos,
Son modificables). Ley 31/1995 (LPRL) y el RD 39/1997(RSP).
oArt.100-A
(Actual 95)
Directivas sobre Requisitos Esenciales de Seguridad y Salud en
El Producto (no son modificables). Ley 21/1992 (Indusria).
En el marco nacional tenemos:
oArt. 15,
El derecho a la vida y a la integridad física y moral, el más básico de
Todos los derechos.
oArt. 43.1
Derecho a la protección de la Salud, como uno de los principios rectores de
La Política Social y Económica.
oArt. 40.2
Velar por la seguridad e higiene en el trabajo, estableciendo la tutela del
Estado a la protección de la salud laboral.
oDirectiva
89/391/CEE del 12 de Junio de 1989.
Tiene por objeto la determinación
Del cuerpo básico de garantías y
Responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección a
La salud de los trabajadores, frente a los riesgos derivados de las condiciones
De trabajo. Así como promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante
La aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la
Prevención de riesgos derivados del trabajo.
Se aplica sobre:
·Trabajadores por cuenta ajena.
·Personal civil de las administraciones públicas.
·Trabajadores autónomos.
·Sociedades cooperativas, con socios cuya
Actividad consista en la prestación de su trabajo personal.
Sus principios generales son:
Los principios principales son:
Tomar en consideración la form