Portada » Historia » Transformaciones Políticas y Económicas en la España Isabelina: Regencias, Conflictos y Desamortizaciones
Tras la muerte de Fernando VII en 1833, se inicia una etapa de transición marcada por la Primera Guerra Carlista y la regencia de María Cristina. Durante este periodo, se sucedieron varios gobiernos:
El Motín de los Sargentos de la Granja en 1836, una protesta de los progresistas por la sustitución de Mendizábal, marcó un punto de inflexión en la regencia.
El general progresista Espartero se negó a gobernar bajo las condiciones impuestas por María Cristina. La escena política estaba dominada por figuras militares como Narváez, representante del liberalismo moderado, y Espartero, del progresista. La firma del Convenio de Vergara en 1839 con los carlistas y su posterior modificación provocaron un motín progresista en Madrid. En 1840, María Cristina firmó la Ley de Ayuntamientos, lo que provocó la dimisión de Espartero. María Cristina, al no aceptar la dimisión, forzó un cambio de gobierno, imponiéndose finalmente Espartero como regente.
Este periodo giró hacia posiciones conservadoras. Se promulgó la Constitución de 1845, que establecía la soberanía compartida, un sistema bicameral, el sufragio censitario, un Senado designado por el rey, el catolicismo como religión oficial y el mantenimiento de los ministros. Se firmó el Concordato de 1851 con la Santa Sede. Entre las reformas más destacadas se encuentran la creación de la Guardia Civil en 1844, la Ley Municipal y la Reforma Fiscal de Alejandro Mon.
El descontento social ante la subida de impuestos llevó a varios pronunciamientos militares, triunfando el de O’Donnell. Se firmó el Manifiesto de Manzanares e Isabel II llamó a Espartero para formar gobierno. Espartero impulsó reformas como la Ley General de Ferrocarriles, la Desamortización de Madoz, la convocatoria de nuevas elecciones y Cortes, y la Constitución de 1856 (non nata).
El carlismo fue un movimiento político que se desarrolló a lo largo del siglo XIX tras la muerte de Fernando VII. Defendía la religión, el absolutismo monárquico y los privilegios del Antiguo Régimen. Sus bases sociales eran el clero, el campesinado pobre y parte de la nobleza.
La Primera Guerra Carlista (1833-1839) se inició tras la muerte de Fernando VII. El general Zumalacárregui lideró las tropas carlistas, pero tras su muerte, los carlistas perdieron la guerra. El general Maroto (carlista) y Espartero (liberal) firmaron el Convenio de Vergara, poniendo fin al conflicto.
Espartero dimitió y fue sustituido por O’Donnell. Se tomaron medidas represoras como la suspensión de la Milicia Nacional y la censura de prensa. Se volvió a la Constitución de 1845. Este periodo se caracterizó por un gran desarrollo económico, el crecimiento del sector bancario, la inversión extranjera, la especulación inmobiliaria y la construcción del ferrocarril.
Las causas de la oposición social fueron la crisis económica de 1866, la dura represión del gobierno y la impopularidad de la reina. Se produjeron protestas estudiantiles, agrarias y militares.
En 1866 estalló una crisis económica. Se firmó el Pacto de Ostende para derrocar a Isabel II. Se produjo una revolución en Cádiz, el almirante Topete se sublevó por la costa mediterránea y Serrano ganó a las tropas isabelinas en la Batalla de Alcolea, provocando el exilio de la reina.
Los planes reformistas sobre la Ley Agraria consideraban que la amortización de tierras muertas, los mayorazgos y los baldíos eran la principal causa del estancamiento agrario. Figuras como Jovellanos, Francisco Carrasco y Campomanes difundieron estas ideas. La legislación desamortizadora de Carlos III solo abordó los bienes municipales. El objetivo de repartir las tierras fue un fracaso.
Godoy, para hacer frente a la enorme deuda del Estado provocada por las guerras, afectó a la Iglesia. Entre 1798 y 1805 se vendió una sexta parte del patrimonio de la Iglesia, pero el dinero se destinó a financiar nuevas guerras en lugar de solventar la deuda.
Las tierras objeto de desamortización en esta etapa se denominaron Bienes Nacionales. Se concretó la desamortización de bienes municipales con fines fiscales, militares y de reforma agraria. Se suprimió la Inquisición y el patrimonio de las órdenes militares pasó a ser Bienes Nacionales.
Se procedió a la venta en pública subasta de tierras, la venta de baldíos y reformas eclesiásticas como la suspensión de monasterios, la reducción del diezmo y la supresión del mayorazgo.
Mendizábal, ministro durante la regencia de María Cristina en 1836, llevó a cabo la desamortización eclesiástica, que consistió en la expropiación de los bienes, su nacionalización y posterior venta en pública subasta. Sus objetivos eran: en el sector financiero, pagar la deuda pública; en el político, ampliar la base social del liberalismo; y en el social, crear una clase media agraria. Los terrenos desamortizados fueron únicamente eclesiásticos.
Se promulgó la Ley de Desvinculación, que permitía la compra y venta de tierras que antes no podían ser transferidas. Se suprimieron los señoríos jurisdiccionales y los mayorazgos. Los resultados no fueron del todo positivos: no se solucionó el problema de la deuda pública, aunque el liberalismo ganó adeptos. Los bienes desamortizados fueron comprados principalmente por nobles y burgueses, y no se redujo la desigualdad social.
Se promulgó la desamortización de los bienes del clero secular y se resolvió el problema de la dotación del culto y del clero.
El ministro de Hacienda, Alejandro Mon, suspendió la obra de Espartero, lo que condujo a buenas relaciones con la Santa Sede, que fructificaron con el Concordato de 1855. Durante el Bienio Progresista se promulgó la Ley de 1855, que ponía en venta los bienes del clero, pero fue suspendida después de 1858. Se firmó una ley que permitía a la Santa Sede no realizar ninguna venta ni conmutación de bienes eclesiásticos.
El Bienio Progresista se caracterizó por su anticlericalismo, una nueva constitución, la expansión ferroviaria y la desamortización, liderada por Pascual Madoz. Se pusieron en venta bienes eclesiásticos, bienes de los pueblos (bienes de propios) y bienes comunales. Solo se aceptaba pago en metálico.