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El principal valedor de los derechos de la
dinastía borbónica durante el Sexenio Democrático fue Antonio Cánovas del Castillo quien, consciente de que el regreso de
la monarquía en la persona de Isabel II provocaría muchas dificultades y
grandes resistencias, logró la abdicación de la reina en su hijo Alfonso XII.
El 1 de diciembre de 1874, ante la prolongada
indefinición de la interinidad de Serrano, Alfonso de Borbón firmó el Manifiesto
de Sandhurts, inspirado por Cánovas y en el cual se anunciaba un nuevo
programa político basado en el restablecimiento de una monarquía constitucional e integradora, capaz de
superar la inestabilidad política existente. El 29 de diciembre de 1874 el
general Martínez Campos efectuó un
pronunciamiento en Sagunto que, aceptado por Serrano y por el Ejército,
significó la proclamación del joven monarca.
Las ideas políticas de Cánovas del Castillo
constituyeron el eje ideológico de la Restauración. Sus líneas fundamentales
fueron:
òExistencia de unas <verdades básicas> que todos
debían admitir como indiscutibles porque formaban parte de la propia historia:
la monarquía legítima-encarnada en la dinastía borbónica, en la línea de Isabel
II-, la libertad, la propiedad privada y la unidad de España. Representaban la
auténtica <constitución centralista>, según el modelo británico que tanto
admiraba Cánovas, y el fundamento de la nación.
òReconocimiento de otras
cuestiones, como el tipo de sufragio
o la definición y el ejercicio de los derechos
individuales, aunque eran consideradas accesorias y sobre las que podían
caber distintas interpretaciones y modificaciones a lo largo del tiempo.
òEl carlismo y los partidos
republicanos y obreros quedaron excluidos.
òAceptación de un compromiso
constructivo en la acción política, entendida como <el arte de lo
posible>. Lo conseguido por un partido no debía ser ignorado o suprimido por
otro.
Más avanzada que la de 1845 y más
conservadora que la de 1869, la Constitución de 1876 se caracterizó por su
breve contenido. Sus rasgos principales
fueron: (6)
ÜLa soberanía residía en las Cortes con el rey, de igual modo que en la
Constitución de 1845.
ÜLa religión católica era definida como la oficial del estado, aunque
se toleraban otras confesiones sin cultos ni manifestaciones públicas.
ÜEl rey, cuyos derechos eran
indiscutibles por ser la Monarquía anterior a la propia Constitución, poseía
atribuciones muy amplias: nombraba al presidente del Consejo de Ministros y al
resto de sus miembros ejercía como jefe supremo del Ejército; su potestad
legislativa le confería la iniciativa, la sanción y la promulgación de las
leyes, así como el ejercicio del derecho de veto; e igualmente estaba facultado
para disolver las Cortes. De esta manera, el
soberano se situaba por encima del Gobierno y de las Cámaras legislativas.
ÜLas Cortes
reproducían el tradicional modelo
bicameral.
El Congreso de los Diputados era elegido por votación popular
-primero por sufragio censitario y, más tarde, universal masculino- a razón de
un diputado por cada 50000 habitantes. El Senado estaba compuesto por senadores
de derecho propio, senadores vitalicios nombrados por la Corona y senadores
elegidos por corporaciones del Estado y por los mayores contribuyentes.
ÜLos derechos fundamentales reproducían en gran parte los de la
Constitución de 1869 pero la mayoría se regularon por leyes posteriores, como
fue el caso del derecho de asociación.
ÜOtras cuestiones, como la
administración de justicia o la
articulación de la vida municipal y
provincial, se remitían a un desarrollo legislativo posterior.
Cánovas había sido el principal
dirigente del partido Alfonsí, que durante el Sexenio democrático había
defendido la Restauración monárquica. Tras el regreso de Alfonso XII lo
transformó en el partido Liberal-Conservador que aglutinaba a los grupos
políticos más conservadores a elección de carlistas e integristas y que terminó
llamándose simplemente partido conservador. De un acuerdo entre progresistas,
unionistas y algunos republicanos moderados nació el partido Liberal-Fusionista
cuyo líder fue Sagasta y que terminó siendo conocido como partido liberal. El
partido conservador de Cánovas y el partido liberal de Sagasta coincidían
ideológicamente en lo fundamental: Defendían la monarquía, la propiedad
privada, la Constitución de 1876 y la Consolidación del Estado liberal,
unitario y centralista. En cuanto a sus diferencias, los conservadores se
mostraban más proclives al inmovilismo político, proponían un sufragio
censitario y la defensa de la iglesia y del orden social. Los liberales
defendían el sufragio universal masculino y estaban más inclinados a un
reformismo social de carácter más progresista y laico. La alternancia del poder
entre estos dos partidos se conoció con el nombre de Turno Pacífico y tenía
como objetivo asegurar la estabilidad institucional.
con predominio de gobiernos conservadores
presididos por Cánovas, se caracterizó por el progresivo afianzamiento del
régimen debido a varios factores: -El agotamiento político de la sociedad
española tras la inestabilidad y agitación vivida desde 1868, que posibilitó la
aceptación de un sistema que pretendía la normalización del país de forma
autoritaria y centralista. Se estableció la censura y se restringió la libertad
de cátedra, el asociacionismo obrero y el derecho al voto, que quedó reducido a
uno de cada seis españoles. De este modo se retrocedió respecto a lo realizado
durante el Sexenio democrático. –La favorable
coyuntura económica española que permitió mejorar las condiciones de vida de
buena parte de la población.
–Los éxitos pacificadores que acabaron con la guerra carlista en el
norte y con la insurrección cubana. –La propia popularidad de Alfonso XII
acrecentada tras su boda con la reina Mercedes y su temprana viudedad.
se
inició con el fallecimiento del rey. María Cristina de Habsburgo-Lorena,
segunda esposa del monarca y sin experiencia política, se convirtió en reina
regente y asumió importantes poderes constitucionales. En estas difíciles
circunstancias se produjo el Pacto de El Pardo: Cánovas cedió a Sagasta la
jefatura del Gobierno y el turnismo se consagró como la mejor garantía para la
preservación del régimen. Pese a la reanudación del conflicto cubano y al
cambio de tendencia en la coyuntura económica, el sistema ideado por Cánovas se
afianzó y los liberales aprobaron medidas que pretendían suavizar el
autoritarismo de la política canovista. Entre ellas destacaron la Ley de
prensa, que regulaba el derecho a la libertad de expresión (1883), la Ley de
asociaciones (1887), la Ley de jurados (1889) y el establecimiento del sufragio
universal masculino (1890).
El primer problema que puso en evidencia la
fragilidad de la Restauración fue el falseamiento
electoral.
Se practicaron toda clase de fraudes (control de las urnas,
intervención de las autoridades locales, actas en blanco, pucherazo, etc.) para
asegurar la elección de los candidatos pastados previamente entre los partidos
dinásticos. Lo habitual era que los gobiernos cambiaran al producirse una
crisis interna en el partido gobernante o cuando se llegaba a un acuerdo entre
este y la oposición, al margen de la composición parlamentaria. Una vez
designado el nuevo Gobierno, el rey, haciendo uso de sus prerrogativas,
disolvía las Cortes. La manipulación electoral permitía otorgar al nuevo
Gobierno la mayoría necesaria. Todas las consultas celebradas fueron ganadas
por el partido que se hallaba gobernado. El régimen canovista construía una
democracia al revés: en lugar de ser las elecciones las que designaban a los
gobiernos, eran estos los que, por la manipulación electoral, establecían la
composición del Parlamento.
Por otra parte, el caciquismo construyó el instrumento esencial de las manipulaciones
electorales. El cacique controlaba su distrito y, de acuerdo con las
autoridades nacionales y provinciales, se encargaba de preparar las listas de
los candidatos gubernamentales, denominados <encasillados>, que ganaban
las elecciones. Para conseguirlo, se apoyaba en su poder
económico con el fin de condicionar el voto popular y, si esto no resultaba
suficiente, recurría al fraude electoral. Los factores que propiciaron el
régimen caciquil fueron: (3):
ñEl bipartidismo entre partidos de cuadros, fundamentalmente dedicados
a preparar elecciones y que no discrepaban respecto de las <verdades
básicas> del régimen. Las reglas constitucionales,
que concedían al rey importantes prerrogativas como el nombramiento de
ministros o la posibilidad de convocar elecciones, y que fueron utilizadas por
los partidos turnistas en su propio beneficio. La arcaica estructura social de España, en la que la oligarquía agraria poseía
un control casi absoluto sobre la mayoritaria población campesina, a la que
coaccionaba para imponer sus dictados políticos.