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El primer plan de reforma tributaria fue
Presentado por el Ministro de HaciendaFernando
Fuchs. (1919 – 1930)E| plan comprendía:
Hasta entonces y mucho tiempo después el
Sistema tributario descansó sobre el gravamen de los predios rústicos y
Urbanos; la contribución de la renta sobre el capital movible; la de industrias
Y patentes; las utilidades agrarias. Industriales y mineras de exportación. La
Actividad tributaria empezó a ser dirigida desde 1934, cuando se establecíó un departamento
Encargado de la recaudación. Pero el país, desde el guano, recaudaba sólo por
Aduanas o tributos indirectos sobre el consumo, habiendo perdido el ciudadano
El hábito de tributar.
La tributación siempre estuvo sujeta a las
Modificaciones del gobierno de turno
A pesar de ello, hemos logrado esbozar, en
Grandes líneas, la siguiente estructura tributaria así como un balance de la
Legislación tributaria dada en la época:
El Sistema Tributario peruano es el conjunto
Ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones
Procedentes de la aplicación de tributos en el país.
incrementar la recaudación /Brindar al
Sistema tributario una mayor eficiencia , permanencia y simplicidad./Distribuir
Equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades.
Son los lineamientos u objetivos determinados
Por la Política Económica, de la cual forman parte, y que fundamentan la
Utilización del sistema tributario como el medio más importante de generar
Ingresos para el Presupuesto Nacional. En nuestro país, la política tributaria
La diseña y propone el MEEF.
Comprende el conjunto de dispositivos legales
A través de los cuales se implementa la política tributaria.
El
tributo sólo se paga en dinero /Sólo se crea por Ley.O El tributo es
Obligatorio por el poder que tiene el Estado /Se debe utilizar para que cumpla
Con sus funciones; y,o Puede ser cobrado mediante la fuerza cuando la persona
Que está obligada no cumple.
Pago en dinero, establecido legalmente, que
Se entrega al Estado para cubrir losgastos
Que demanda el cumplimiento de sus fines, siendo exigible coactivamenteante su incumplimiento
Tributo cuyo cumplimiento no origina una
Contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado
Genera la prestación efectiva por el Estado
De un servicio público Individualizado en la persona que paga por ese servicio.
Por la prestación o mantenimiento de un
Servicio público. Lo recaudan los Gobiernos Locales.
Por la prestación de un servicio administrativo
Público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos
La ley establece la vigencia de los tributos
Cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y
Algunas entidades que los administran para fines específicos.
administra los
Tributos internos y tributos aduaneros tales como el Impuesto a la Renta,
Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto Especial
A Ia Minería, Régimen Único Simplificado y los derechos arancelarios derivados
De Ia importación de bienes.
Administran exclusivamente los impuestos que la ley les
Asigna tales como el Impuesto Predial, Impuesto al patrimonio automotriz,
Alcabala, Impuestos a los juegos, etc.; así como los derechos y tasas
Municipales tales como licencias, arbitrios y derechos.
SUNAT
* Registro informático de SUNAT.
* Contiene identificación: nombre o razón social,
Domicilio fiscal, actividad económica, teléfonos, correo electrónico, tributos
Afectos, fecha de inicio de actividades, entre otros.
Parámetro Ej.
Límite de gastos, multas . Para el año 2017: S/4,050
Arrendamientos.
5% de la renta
Bruta devengada
6% Autovalúo (en Declaración Jurada Anual)
Ganancia de capital en venta de inmuebles,
Intereses, regalías, cesión de derechos: 5% de la renta bruta percibida.
Rentas empresariales ( la empresa tiene que ser
Formal):
tasa general: 10%; 29.5% de la utilidad obtenida en el año (para
2017).
Prestación de servicios independientes, mandatarios
Y dietas.
Prestación de servicios con dependencia (planilla): Tasas
Por rentas de cuarta y quinta categoría: Por tramos: 8%, 14%, 17%, 20% y 30%
(desde el año 2015)
Ámbito DE APLICACIÓN
(operaciones realizadas en el país)
•Venta de bienes muebles./Prestación o utilización de
Servicios./Contratos de construcción /Primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos. /Importación de bienes.
18%
(periodicidad mensual).
•IGV consignado en forma separada en el comprobante
De pago. /Se utiliza mes a mes, deducíéndose del impuesto bruto (IGV Ventas)
Para determinar el IGV a pagar del mes. /No se devuelve (Excepciones: Saldo a favor
Exportador, devolución en exploración sector minero hidrocarburos con contrato de inversión).
• Grava depósitos o retiros realizados en cualquier modalidad de cuentas abiertas en
Las empresas del Sistema Financiero./ No grava: operaciones entre cuentas de un mismo titular
Ni abonos en la cuenta por remuneraciones./Tasa:
0.005% sobre
El valor de la operación./ Es gasto deducible.
•Grava a sujetos que generan rentas de 3ra. Categoría (empresarial)./Tasa:
0.4%
Sobre el exceso
De S/. 1’000,000 (aprox. US$322,600) de activos netos
Al 31 Diciembre del año anterior./La obligación surge al 01 de Enero de cada
Año/Es crédito contra el Impuesto a la Renta.
Depósitos
En cuentas, giros, transferencia de fondos, órdenes de pago, tarjetas de débito
Y/o crédito expedidas en el país, cheques con cláusula de “no negociable”.
No darán
derecho a deducir gastos, costos o créditos; ni efectuar compensaciones, solicitar devoluciones de tributos, saldos a
Favor, reintegros tributarios, recuperación anticipada, restitución de derechos
Arancelarios.
•En operaciones con empresas vinculadas/Busca
Transparencia: a valores objetivos (como si fuera entre terceros). /Partes
Vinculadas: LIR enumera supuestos. Por ejemplo: vinculación por propiedad
Común, por dirección común, por relación contractual./Obligaciones: Presentar
Declaración Jurada informativa. Cuando operaciones supera aprox. $322,600
Deberá adjuntarse el Informe del Estudio Técnico de Precios de Transferencia.
Convenios
De Estabilidad Jurídica (con el Estado)/Régimen de recuperación anticipada del
IGV/Sector de Amazonía/Sector Altoandino/Sector minero e hidrocarburos/Sector
Agrario/Zonas francas: CETICOS: Paita (zona norte), Ilo y Matarani (zona
Sur)./Zofratacna: Tacna (zona sur)/Programa Obras por Impuestos/Asociaciones
Público privadas (APP).
1.5 mensual y anual 29.5 porciento, pago a cuenta
1.5 anual , pago
Deacuerdo al numero del RUC (últimos dígitos)
0-300 uit = 1% , 300- 1700 uit = 1.5%
15 uit = 10 %, mayor que 15uit =29.5%
La
Constitución política en el artículo 43 del estado , hace una modificación pero
Sigue con el modelo de 1979 . Constitución de 1993 art 43 (modelo de const.1979
Art.79)
Esta direccionado a través de la
Normativa /Principio de la reserva de la
Ley../Principio de respeto de los derechos fundamentales de la persona :
Todo contribuyente tiene derecho a ser reconocido como tal , se da más
Flexibilidad a las MYPES, los que ganan menos pagan menos/Principio de igualdad :
Todos los contribuyentes deben recibir el
Mismo trato , deben de pagar sus impuestos en la fecha establecida y pagar sus
Impuestos de acuerdo a lo que le corresponde.
Afecta al contribuyente y al
Patrimonio de la empresa, o si eres persona natural afecta directamente a los
Bienes de la persona . Se aplica cuando no pagas tus obligaciones tributarias
Recaudación , fiscalización(verifica
Controla y supervisa ) , determinación(
Determina la base imponible y la cuantía del tributo) , sanción( infracción ,
Irregularidad del contribuyente y se dará una multa) , resolutiva( envían requerimientos
A los contribuyentes para informar las faltas que cometieron)
de la cantidad de dinero que tiene va
Pagara los impuestos.