Portada » Derecho » Resenha do texto: a força do direito – elementos para uma sociología do campo jurídico de pierre bourdieu
Rompiendo con la rotura y para confirmar la relación entre los hechos (el poder, la experiencia) y lo simbólico.
Quiebre dijo: X simbólica de hechos. Es importante destacar que la ley general, se apropia de sólo la dimensión de hechos. Reducción del derecho al hecho, como si la realidad sólo entienden esta faceta. La dicotomía representa la modernidad. Hoy, sin embargo, romper con el descanso:
Ley, de acuerdo con Bourdieu, abarca tres campos diferentes:
legislación, jurisprudencia y doctrina. La doctrina define y clasifica pero no explica y explícita. En él se definen, pero puso en duda nunca.
En cumplimiento de la ley, por ejemplo, el tribunal debe considerar los requerimientos de los propósitos del bien común y social (artículo 5 de la Ley de Introducción al Código Civil). Pero, ¿qué es el orden social? ¿Qué es el bien común? La ley no explica por qué estos criterios, ni explícita la – corre a cargo del creador de la ley. La ley no describe:. PROBLEMA
La ley es parte de la educación universitaria y la enseñanza debe ser objetivo (el plan debe ser) objetivo, pero la ley no se refiere explícitamente. Como el objeto de estudio, debe ser explicado.
El lenguaje con función retórica (nivel discursivo? Expresión simbólica) y no descriptivo, como las tapas, y no el conocimiento.
el poder simbólico (es ignorado, invisible, aunque ya existentes)
Significado de poder que impone, el poder legítimo poder legítimo por el hecho de que el poder se tiene en cuenta como base de poder, y la estructuración de una estructura estructurada y el instrumento de dominación.
Cuando atribuimos a la realidad el derecho a la realidad universal, que se caracteriza como la ley universal. Pero ¿por qué aceptamos la universalidad del derecho como legítimo? Tendemos a aceptar, estudiar y enseñar la carácterística universal de la ley.
Sin embargo, lo universal es, de hecho, en un momento determinado, grupo social, período histórico, lugar, etc.
Cuando lleguemos a un texto en el inicio del curso, por ejemplo, o cuando un profesor da una definición, que aceptamos como natural, legítimo e incuestionable.
El conocimiento como una traducción de la realidad? N º
no hay manera de explicación, la explicación de los criterios para la normalización, la enseñanza, etc. La política simbólica, social, cultural no aparece, sino que determinan las actitudes y pensamientos. Por ejemplo, la decisión del juez,-los medios legales adicionales. El símbolo de la fuerza DE HECHO.
Para la subjetividad del juez no aparece, se utiliza la partícula apaciguado? Pretender que no hay influencia de elementos extra-legales. Racionalización. Objetividad. Mostrar u ocultar arbitraria, utilizando expresiones basadas en las leyes y códigos, ya que estos se toman como universal y objetivo (por ejemplo, el bienestar, la ciudadanía, el orden social). Saber utilizar y tan competente en el momento adecuado a fin de persuadir! Lengua con la función retórica.
La ley es tradicionalmente enseñados por el estructuralismo: Todas las> partes, los agentes no importa, la ley es general y coercitiva.
1) Campus (ámbito social): establecimiento de las relaciones socialmente distribuido de acuerdo a los diferentes tipos de capital. Relaciones definidas objetivamente, independientemente de la conciencia humana. Práctica que contribuye a la reproducción del capital. Campo de fuerza y luchar por cambiar o conservar el campo de fuerza.
2) capital (para qué se utiliza: los recursos, la distribución, la herencia es heredada por los grupos sociales) Recursos: tipos (social, cultural, simbólico económica) y la cantidad. Incorporated (el cuerpo se muestran las diferencias en el comportamiento. Lo social está incrustado en nosotros, nadie puede librarse de su hábito).
las formas de disposición (durables y transferibles) a la práctica concreta de la clase o grupo social. Estructuras estructuradas predispuestas a funcionar como la estructuración de las estructuras. La internalización de las estructuras objetivas de las condiciones de clase o grupo social.
De ahí la diferenciación que caracteriza el espacio social (la sociedad).
el poder de imponer significados de manera legítima (naturales, lo que se considera bueno, malo, feo hermoso). Parece natural que, como grupo de x, se tiene que como y.
parejas (pares de opuestos, o no). Clasificaciones estructurales de los agentes en el ámbito social. Relativización de la apelación, porque el mundo es más complejo.
Diferentes modos de acción (por ejemplo, sonarse la nariz con una toalla de papel o tejido)? Expresión de la clase. La internalización de comportamiento? Demostrado por el cuerpo? Expresión de diferentes clases sociales.
Sociedad
Marcado por las relaciones basadas en los recursos de los diferentes grupos. La sociedad se define como una expresión de las relaciones y estructuras definidas de forma independiente de las personas. Estructura: relación social objetiva que no depende de los individuos.
SENTIDO COMÚN: El gusto no se discute.
Bourdieu:
Empresa: varios grupos? Las relaciones. Dado que, en la sociedad, es evidente la fuerza necesaria para mantener un grupo como es, y esta fuerza continúa definiendo las posiciones sociales.
Los conceptos son forma de saber, pero no reflejan lo que la realidad es, pero sólo unos pocos elementos.
Bourdieu trató de pensar en un universal teórico y metodológico, que se aplica a todos los ámbitos sociales.
Habitus: predispone a las acciones de personas individuales. Cabe señalar que, al decidir, resolver los conflictos en el ámbito jurídico no hay influencia de los hábitos. Adquirida se hereda. Por otra parte, de acuerdo con las ideas positivistas, las abstracciones, y equiparar los jueces, con exclusión de lo social.
¿Cómo explicar el carácter despolitizado del poder judicial?
-Teoría: Decisión;
-En la actualidad la diferenciación influencia.
La escuela de derecho en general, luchar contra él, ya que la ley es visto como basado en la igualdad.
Los estudiantes de derecho tienen dificultades cuando se enfrentan con las diferencias y las desigualdades.
Interpretación: la toma de decisiones (objetivo) conflicto (por persona basado en algo).
Familia, la escuela, la escuela de leyes, etc. Ámbitos sociales que influyen en la decisión de un juez, por ejemplo, y más allá de la esfera jurídica.
determinación legal, la independencia de causalidad;
Falbo: ¿cómo-legal más fuerza, la violencia arbitraria -> no es normativamente controladas por la ley y no es universal.
La interpretación de los jueces es guiado por un trabajo legal dividida entre dos sectores: en primer lugar las teorías y doctrinas, y en segundo lugar, la evaluación práctica. El trabajo legal consiste principalmente en la jurisdicción, es decir, el derecho de decir. En este sentido, hay que decir que la competencia es el último en decir lo que es correcto? Lucha competitiva. Por otra parte, la jurisdicción se ejerce como una actividad que define el poder judicial a través de la interpretación.
Esta interpretación se lleva a cabo por una persona competente, con base en el corpus de textos (que prevén el mundo social y tener una visión legítima). LUHMANN En segundo lugar, la ley refleja una visión legítima del mundo, de lo que la sociedad necesita.
La interpretación consiste en elementos de la cultura jurídica que expresa habitus (como la internalización): (1) autonomía (relativa) artistas intérpretes o ejecutantes – la libertad de no sufrir restricción externa, (2) la lógica de un a priori – meta abstracta, (3) universalización de la materia – desde el momento en que llegan a ser iguales, es la abstracción; beneficiario de la ley es universal: el derecho es el mismo para todos, y (4) reglas de neutralización – Las normas consideradas neutrales, igual para todos.
El sector de las teorías demuestra el tipo universal del conocimiento, y explicar las decisiones de los jueces. La doctrina, a su vez, o la jurisprudencia, se refiere a la enseñanza marcada por la uniformidad, además de ser aceptado por consenso. Universal / Consenso? Objetivo. La práctica de la industria de la evaluación, sin embargo, decidíó el conflicto.
Cómo evadir la justicia por la situación de la violencia, la fuerza, la equidad? En el curso de la ley, no trabajamos bastante, y con justicia, teniendo en cuenta que la equidad supone la justicia del caso, es decir, depende de la subjetividad de la clasificación . Equidad se encarga de muescas que marcan las diferencias, oculta la equidad, disfraces, restar lo que se ve como la fuerza
– racionalización a posteriori.
Todo lo que es visto por la justicia como expresión de la justicia? Y filosóficas elemento ético-legales adicionales; decisión subjetiva, en particular, creando incertidumbre para las relaciones sociales. La universalidad y la objetividad ocultar, son herramientas.
Por ejemplo, máximo y mínimo de la pena? Admite que, en realidad, esto se define por los prejuicios o falta de ella. Inconsciente influencia (poder simbólico tuvo como natural, legítimo).
El poder judicial es responsable de resolver los conflictos, dado que este legitima expresa la fuerza que el Estado tiene – Estado: el monopolio de la fuerza (la empresa no tiene poder para resolver los conflictos no? Poder Judicial).
La eficiencia es la interpretación simbólica de la ley, y esta interpretación sin el cual el campo jurídico no ejercer su jurisdicción. Pero, ¿cómo regular la interpretación? Se rige por la ley (objetiva y universalmente aceptada)? ¡No! Se rige por la doctrina. Doctrina: hermenéÚtica y los métodos de interpretación, que no prevén sanciones, es decir, no son obligatorias.
Esta eficiencia es acerca de los principios de racionalización y formalización de la ignorancia arbitraria.
La interpretación y la competencia están contenidas en un contexto de monopolio y la competencia para ver quién dice lo que es en última instancia, la derecha, y estos están regulados y limitados. Sin embargo, las normas que regulan y limitan la interpretación? Ninguno. La regulación y los límites se dan a través de textos conocidos por todos y la exclusión de las normas de la competencia, haciendo hincapié en el poder de usar la retórica del lenguaje jurídico como un lenguaje común, que es de suma importancia.
El lenguaje puede garantizar la base para una decisión, y la lenguaje común entendido por todos y que refleja la competencia.
En este sentido, no son los santos – los que saben, lo que hacen, los titulares de la capacidad – y lo profano – los malentendidos. Hay un choque, por lo que el ámbito jurídico es una aristocracia del saber. Hay un concurso para decir la derecha. Los conflictos son en parte olvidado, y los argumentos que se debate entre los expertos.
La eficacia de las decisiones judiciales basadas en la lógica de la política, por una parte, y la lógica de la ciencia. En primer lugar, hay una lucha sin árbitro, mientras que el segundo, unla oposición entre lo verdadero y lo falso. Sin embargo, hay que decir que no existe una teoría universal (por lo que la teoría no tiene por qué ser cambiado), desde la práctica difiere de la teoría.
Nota: La función del poder judicial (por no decir la derecha) es un servicio público, la prestación de un servicio público.
Las decisiones judiciales son actos de poder simbólico, basándose en los actos de nombramiento y la caracterización, la realización de actos y la magia. Hay factores que determinan las decisiones, los factores subjetivos. El juez toma sobre la base de esa decisión? La subjetividad de lo simbólico.
Por ejemplo, Subjetividad: pena máxima y la pena mínima? Dentro de la ley (objetivo), pero hay factores que influyen y son extra-legales, que no están regulados por la ley.
Nota:-Aspectos jurídicos EXTRA:
Para Kelsen: excluidos;
Para Luhmann, según lo determinado por la ley;
Para Bourdieu: oculto.