Portada » Derecho » Relaciones Jurídicas y Personas Naturales y Jurídicas
Es un vínculo jurídico relacionado entre dos o más sujetos de derecho en torno a un hecho jurídico previsto.
Sirve para entender cómo funciona el derecho.
Costumbre, Derecho Escrito, Acto Jurídico, Sentencia.
Es todo ente o ser a quien el derecho le reconoce la aptitud de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Las personas naturales y jurídicas.
Es todo miembro de la especie humana, cualquiera que sea su edad, estirpe o condición.
Desde el nacimiento.
Es la separación completa del nuevo ser del vientre de su madre o la condición del que haya alcanzado a vivir al menos un momento.
Periodo de la existencia humana que va desde la concepción hasta el nacimiento.
Comienza con el nacimiento y termina con la muerte natural.
Es la ausencia de todos los signos vitales.
Puede ser real o presunta:
Es parecido a la muerte porque la persona no tiene conciencia alguna.
Está absolutamente muerto.
Nombre, Domicilio, Capacidad, Patrimonio, Nacimiento, Estado Civil.
Conjunto de palabras que sirven para identificar a las personas, las cuales se forman con dos elementos:
Se le da a la persona que inscriben al recién nacido.
Hay que distinguir si el recién nacido ha nacido dentro o fuera del matrimonio.
Es el lugar donde normalmente pernocta.
Es la residencia con el ánimo real o presuntivo de permanecer en ella (lugar que uno señala para que sea ubicado para casos determinados).
Aptitud de adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercitarlos por sí mismo.
Es la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones.
Es la capacidad de ejercer por sí mismo los derechos y obligaciones. Se adquiere a los 18 años de edad con normalidad psíquica y física. Menores de edad y dementes tienen incapacidades.
Es muy similar a la capacidad con la aptitud de adquirir derechos y obligaciones avaluadas en dinero.
Es un vínculo jurídico entre una persona y el Estado, otorgando derechos y obligaciones recíprocos.
Es la situación de la persona en la sociedad derivada de sus relaciones de familia.
Es una persona ficticia capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones civiles y ser representada judicial y extrajudicialmente.
*Las personas jurídicas que no persiguen fines de lucro no tienen normas, pero generalmente indican en el nombre si es fundación, corporación, club, etc.
*Las sociedades con fines de lucro tienen que tener una indicación de uno o más de los socios o la actividad del negocio.
*Si la sociedad es anónima tiene que contener las expresiones S.A. completa o abreviada.
*Si se trata de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada debe tener el nombre de la persona natural que la forma, actividad y la abreviación o frase E.I.R.L. o LTDA.