Portada » Derecho » Régimen Económico y Fiscal de Canarias: Claves y Evolución
El Gobierno de Canarias establece ciertas condiciones para la exención de impuestos en determinados bienes utilizados en el archipiélago:
Desde su incorporación a la Corona de Castilla en el siglo XV, Canarias ha disfrutado de un tratamiento singular debido a su condición insular y lejanía geográfica. Este régimen especial se ha manifestado históricamente en forma de un sistema casi librecambista, evolucionando con el tiempo hacia un modelo con elementos intervencionistas.
La Ley 30/1972 del Régimen Económico Fiscal de Canarias (REF) marcó un punto de inflexión, estableciendo un compendio de medidas para promover el desarrollo económico y social de las islas.
La adhesión de España a la Comunidad Europea exigió adaptar la singularidad fiscal de Canarias a la normativa comunitaria en materia de competencia y mercado interior. El REF canario ha ido evolucionando para adaptarse a las nuevas exigencias del entorno, manteniendo siempre su objetivo de desarrollo del territorio.
La Ley 19/1994 de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias estableció las medidas fiscales de incidencia directa en el REF, así como la regulación de la «Zona Especial Canaria», un instrumento clave para la promoción del desarrollo económico y social del archipiélago.
La compatibilidad del REF con la normativa comunitaria ha sido confirmada por la Decisión de la Comisión Europea de 16 de diciembre de 1997. Esta decisión establece que los incentivos fiscales del REF son «ayudas compatibles con el mercado común con arreglo al Tratado de la Unión Europea y al Acuerdo CEE».
Los Reales Decretos Ley 13/1996 y 7/1998 adaptaron los incentivos fiscales del REF a las disposiciones comunitarias, garantizando su plena adecuación al ordenamiento comunitario.
La singularidad fiscal de Canarias está garantizada por el Tratado de Adhesión de España a la Comunidad Europea (Protocolo II), el programa POSEICAN, la iniciativa comunitaria REGIS II y las Decisiones comunitarias posteriores. El nuevo Tratado de la Unión reconoce las dificultades especiales de las regiones ultraperiféricas para su desarrollo.
La práctica de la autonomía financiera limitada en Canarias se rige por los siguientes criterios: