Portada » Derecho » Régimen de Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero: Despachantes, Agentes y Apoderados
Para evitar fraudes cuando se pretende usar el derecho de libre circulación para productos originarios, existe un listado de procesos que no se consideran procesos productivos:
La entidad certificante puede pedir documentación complementaria.
Impugnación – sanción administrativa.
Son personas de existencia visible que, en las condiciones previstas por el Código Aduanero, realizan en nombre de otros, ante el servicio aduanero, trámites y diligencias relativos a la importación, exportación y demás operaciones aduaneras. Los despachantes de aduana son agentes auxiliares del comercio y del servicio aduanero.
A los efectos del Código Aduanero, son las personas de existencia visible o ideal que, en representación de los transportistas, tienen a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante el servicio aduanero, conforme con las condiciones previstas en este código. Dichos agentes, además de auxiliares del comercio, son auxiliares del servicio aduanero.
Es una persona con capacidad de mando que puede tomar decisiones trascendentes en el ejercicio del poder. Los despachantes y agentes de transporte podrán hacerse representar ante el servicio aduanero por el número de apoderados generales que determinare la reglamentación. Solo podrá designarse como apoderado a personas de existencia visible. Dichos apoderados generales podrán representar a más de un despachante o, en su caso, a más de un agente de transporte.
Se utiliza para nombrar al individuo que ha sido elegido para ejercer funciones muy importantes en el ámbito de la administración pública.
Los despachantes deberán acreditar ante el servicio aduanero la representación que invocaron por cualquiera de las formas siguientes:
Salvo limitación expresa en el respectivo poder, el despachante queda facultado para efectuar todos los actos conducentes al cumplimiento de su cometido.
Serán suspendidos sin más trámite en el Registro de Despachantes de Aduana quienes:
Serán sancionados conforme al Artículo 51 los que incurran en conducta reiterada o falta grave en el ejercicio de sus funciones como auxiliares del comercio y servicio aduanero.
Serán eliminados del registro quienes:
Serán sancionados con la eliminación del registro conforme al Artículo 51 quienes:
Ninguno de los 3 auxiliares (Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero y Apoderado) debe estar comprendido en los siguientes supuestos: