Portada » Formación y Orientación Laboral » Puede ser trabajador una persona juridica
el hombre necesita trabajar, debe negociar frente al otro interlocutor (el dueño). El dueño es más poderoso que el resto. Por un lado hay muchas personas que requieren el puesto de trabajo. Por eso se habla de asimetría, posición de debilidad de trabajador que no puede negociar nada solo y debe aceptar la tarea, el horario y la remuneración sin posibilidad de hacer saber su posición.
primero existió la esclavitud, no eran personas sino cosas. Su dueño disponía de el como un objeto, luego en la sociedad medieval aparece el señor feudal. La relación jurídica era la servidumbre.
generaron una organización profesional
los trabajadores estaban obligados a trabajar largas jornadas, insalubres, sin vacaciones, jornadas paupérrimas, mujeres y niños. Para humanizar el trabajo el estado comenzó a dictar normas para impedir los abusos.
si bien cada hombre no tiene un derecho subjetivo para que un empleador determinado le de trabajo, la propuesta básica de la política socioeconómica que debe orientar al gobierno es el de dar posibilidad para que todos los que tienen actitud para trabajar pueden hacerlo.
violación al principio de estabilidad, se produce cuando la administración pública utiliza el régimen de contrataciones de personas por tiempo determinado para realizar las funciones que le son propias.
en este caso es que la administración pública omite el procesamiento de concurso y aplicación del escalafón colocando agentes por nombramiento a dedo.
aquí estamos en presencia de la cesantía del personal sin sumario previo.
la principal fuente del derecho de trabajo es la ley 20744. Sus fuentes son: la ley de contrato de trabajo, las leyes y estatutos profesionales, los convenios colectivos, también es fuente de la materia la constitución nacional.
el trabajador es una persona humana cuyo principal capital es la fuerza de trabajo (física, intelectual o artística) el empleador puede ser una persona física, varias personas físicas o una persona jurídica. El empleador también puede ser un grupo de empresas con personalidad jurídica que se han unido en forma permanente o temporaria.
la principal obligación del empleador es la de mantener indemne al trabajador. Son obligaciones: darle seguridad, reintegro de gastos y resarcimiento de daños, protección, alimentación y vivienda, ocupación, trabajo igualitario y no discriminativo, cumplir con los aportes previsionales y o sindicales.
poner su fuerza y creatividad al servicio del empleador: acatar las instrucciones y ordenes. Jurisprudencia, conservar los elementos y útiles de trabajo, prestar auxilio en caso de peligro para las personas a cargo de la empresa, cumplir con el horario y actuar con dirigencia con el cumplimiento de sus tareas.
entre la educación y el trabajo existe una estrecha relación según la educación que recibe una persona va a determinar el tipo de trabajo que desempeñara.
contrato perfectamente tipificado por la ley. Se diferencia de la relación laboral por que esta puede tener origen en otro negocio jurídico que no es el contrato de trabajo. Caracteres del contrato: personalista, voluntario, subordinado, remunerativo, permanente.
es la contraprestación que recibe el trabajador como consecuencia de dar un trabajo.
es que el salario o sueldo debe abonarse en dinero, se entrega en efectivo, cheque o se acredita en una cuenta abierta a nombre del trabajador.
se debe instrumentar mediante un recibo firmado por el trabajador y deberá ser extendido en doble ejemplar. Uno para el trabajador con la firma del empleador y viceversa.
la ley establece una interrupción en periodos más prolongados que los breves recreos entre jornadas y el descanso semanal (vacaciones). El descanso anual es un periodo de inactividad que debe ser retribuido.
es cuando no media una razón para la ruptura de la relación laboral.
es un aviso previo a la ruptura laboral para prevenir y evitar a los partes posibles perjuicios que podrían acarrearles la decisión de romper el contrato.
el despido con causa tiene lugar cuando un empleado o dependiente ha incumplido sus obligaciones que tiene a su cargo. Esto no da lugar al pago de una indemnización.
es una extensión del sistema educativo. Finalidad: 1- brindar experiencia complementaria para el ejercicio de la profesión u oficio. 2- contactar empresas con los alumnos que realicen estudios afines. 3- capacitar a los alumnos en el conocimiento de las características de la relación laboral. 4- formar al estudiante en aspectos que le serán de utilidad cuando busque trabajo. 5- ofrecer al estudiante la posibilidad de conocer y manejar tecnología. 6- contribuir a la tarea de orientación vocacional dirigido a efectuar una correcta elección profesional.