Portada » Derecho » Principios del derecho mercantil
La principal
Diferencia entre la negociación interna y la negociación internacional está
Centrada en el contacto que la segunda tiene con los denominados elementos de
Extranjería: como cultura, gustos locales, moral local y leyes locales.
Teniendo una norma jurídica nacional que debe
Prevalecer en un caso concreto por los criterios de derecho internacional
Privado de los países. Algunas veces esas normas estarán contempladas en el
Propio ordenamiento jurídico interno del país, y otros integraran otros
Tratados (bilaterales o multilaterales) en el caso europeo, además, coexisten
Normas jurídicas de origen comunitarias.
Se incrementa en
Las ultimas décadas con los avances en
El transporte y telecomunicaciones. Con la creación de la organización mundial
Del comercio 1995 el comercio de servicios y bienes se añadido al tradicional
Comercio de productos manufacturados para eliminar barreras arancelarias y no
Arancelarias por los países en múltiples relaciones internacionales. Muchos
Contratos se encuentran en una base legal adecuada que tienen una elaboración de
Reglas como clausulas tipo leyes modelo, plasmadas en costumbres mercantiles
Aceptadas por los operadores del
Comercio internacional. Hay instituciones con capacidad decisoria en
Este tipo de transacciones a nivel mundial como la (OMC) (FMI) Y (GBM) de todas
Estas la (OMC) es la principal en lo que concierne al comercio internacional, y
Las personas jurídicas son las protagonistas principales del comercio
Internacional por otra parte la participación del estado crece y de las
Personas físicas decrece.
Las normas jurídicas son complejas en estos
Negocios y conducen a los empresarios personas físicas a la situación de
Desventaja en relación a los empresarios personas jurídicas ya que no tiene
Experiencia ni el capital necesario para seguir con la prospección de mercados
Respecto a las leyes del país. El empresario tiene que cumplir unas
Carácterísticas como tener su condición de empresario señalado en la ley,
Someterse al adecuado régimen de acceso y establecimiento en el mercado. El
Código de comercio establece que tienen capacidad legal y que sean mayores de
Edad y que tengan libre disposición de sus bienes y que estén sin ninguna
Prohibición o impedimento legal sobre la persona física. Los extranjeros pueden
Ejercer el comercio en España según las leyes del país. La ley personal
Correspondiente a las personas físicas es determinada por su
nacionalidad. Dicha ley rige la capacidad y el
Estado civil, los derechos y deberes de familia y la sucesión por causa de
Muerte. El estatuto personal del empresario persona física: El estatuto
Personal está directamente relacionado con la capacidad de la persona física
Para ejercer el comercio.
La calidad de comerciante está definida por su ley personal en virtud de
Poder soberano el estado elabora sus propios criterios. Las normas comunitarias
Y los tratados internacionales en vigor bilaterales o multilaterales,
Ratificados por el Estado prevalecen sobre las normas nacionales.
La legislación
Española tiene capacidad sobre el empresario individual español teniendo estas
Consideraciones, De nacionalidad española que practica actos de comercio en el
Territorio español y esta sometido a la ley española ya que actúa en territorio
Nacional. De nacionalidad española que practica actos de comercio en territorio
Extranjero, estará sometido al derecho español, en la medida en que la
Legislación extranjera donde actúe consagre en sus normas de derecho
Internacional privado el criterio de reconocimiento de la capacidad del
Empresario persona física extranjera según la ley nacional de este. Para las
Personas físicas, nacionales o extranjeras, el Derecho español determina que la
Ley aplicable es determinada por la nacionalidad de la persona (aunque en
Ningún caso
tendrá aplicación la ley extranjera cuando
Resulte contraria al orden público español). El cambio de ley personal no
Afecta a la mayoría de edad adquirida de conformidad con la ley personal
Anterior.
RegíMenes
Jurídicos y negociación internacional: Las normas
Jurídicas actuales deben armonizarse con los grandes principios orientadores del
Derecho en nivel global (respecto por los derechos humanos, trato similar entre
Capital extranjero y nacional, prohibición de la discriminación negativa en el
Comercio, libertad de acción, respecto a las leyes locales, autonomía de la
Voluntad en lo que concierne a la estipulación de la ley aplicable y a las
Cláusulas contractuales). Y muchos países lo adoptan y es propio de la
Globalización de estos tiempos: la libertad de negociación. Ya que es un
Importante principio para los empresarios individuales en la sociedad
Internacinaly es e trato no discriminatoio entre las personas físicas.
Estados
Miembros de la Uníón Europea (o de países del Espacio Económico Europeo), De
Terceros países.
Llevar una contabilidad ordenada; Elaborar periódicamente los balances e
Inventarios correspondientes a sus actividades empresariales; Formular, al
Cierre del ejercicio, las cuentas anuales de su empresa; Disponer de las
Licencias o permisos pertinentes para el inicio de la actividad; Estar al
Corriente de sus obligaciones fiscales etc.
Normas aplicables a los
Nacionales procedentes de Estados miembros de la Uníón Europea o de países del
Espacio Económico Europeo:
La equiparación implica:
No discriminación negativa por razón de
Nacionalidad; Plena libertad de establecimiento y prestación de servicios en el
País (a cualquier tipo de actividad
Cada miembro de la UE establece su propio
Régimen de extranjería en relación de terceros países en España el extranjero
Debe contar con una autorización administrativa para trabajar y no encontrarse
Irregularmente en el país