Rasgos que diferencian un Estado de derecho. Elías Díaz: *Imperio de la ley: División de los poderes, legalidad de la administración, reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales. En un Estado de derecho la cúspide del poder ejecutivo y legislativo será regulada por el pueblo. En la constitución se reconoce: *Existencia de la división de poderes, que tiene ciertas conexiones. La existencia de una administración tan desarrollada, le da más fuerza al poder ejecutivo. *La constitución española reconoce los derechos fundamentales y garantiza su eficacia efectiva. Velar por la constitucionalidad de las leyes es una tarea de la justicia que se articula en la constitución.*Hay una serie de principios: Principio de constitucionalidad (la constitución es la norma suprema y el resto de normas y leyes están sujetas a la constitución)Principio de legalidad (supone que los poderes públicos están sometidos a las ley)Principio de jerarquía normativa (prevalecen unas normas sobre otras)Principio de publicidad de las normas. Principio de retroactividad (las normas entran en vigor a partir de un det. Momento sin tener un efecto hacia atrás)Principio de responsabilidad de los poderes públicos (no solo están sujetos los poderes públicos a las normas sino que se les exige responsabilidad) responsabilidad política y judicial. Concepto de Estado democrático.Participación del pueblo en el poder político. Era compatible (Kensel) la democracia con la acumulación de poder. Una elección de los gobernantes por el pueblo. Tras la IIGM el concepto de democracia toma otro rumbo Rasgos: Tomar parte en las decisiones políticas (participación): *Directa: es por ej. Un referéndum sobre una norma, iniciativa popular. * Indirecta: hace referencia a la elección mediante representantes (sufragio de voto). *Pluralismo político: Los partidos políticos expresan el pluralismo político. Concurre también la manifestación de la voluntad popular. Son el instrumento fundamental para la participación política. Otro de los elementos que caracterizan la democracia es el consenso. Hay otro principio que es el de la mayoría que es un principio meramente técnico. Otro principio importante es el respeto a las minorías o el respeto a la posición política. Principio de reversibiidad (que se puede volver a algo) Otro elemento del estado democrático es la división, control, responsabilidad y el límite del poder Publicidad: sin publicidad no hay democracia. Primacía del derecho: estado de derecho El concepto opuesto a democracia es la autocracia. Ambos son modelos teóricos, que se dan en mayor o menor medida.Los derechos que nos permita diferenciar la autocracia y la democracia, son el voto, la participación, el respeto a las minorías y la posibilidad del cambio político. Rasgos que diferencian un Estado de derecho. Elías Díaz: *Imperio de la ley: División de los poderes, legalidad de la administración, reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales. En un Estado de derecho la cúspide del poder ejecutivo y legislativo será regulada por el pueblo. En la constitución se reconoce: *Existencia de la división de poderes, que tiene ciertas conexiones. La existencia de una administración tan desarrollada, le da más fuerza al poder ejecutivo. *La constitución española reconoce los derechos fundamentales y garantiza su eficacia efectiva. Velar por la constitucionalidad de las leyes es una tarea de la justicia que se articula en la constitución.*Hay una serie de principios: Principio de constitucionalidad (la constitución es la norma suprema y el resto de normas y leyes están sujetas a la constitución)Principio de legalidad (supone que los poderes públicos están sometidos a las ley)Principio de jerarquía normativa (prevalecen unas normas sobre otras)Principio de publicidad de las normas. Principio de retroactividad (las normas entran en vigor a partir de un det. Momento sin tener un efecto hacia atrás)Principio de responsabilidad de los poderes públicos (no solo están sujetos los poderes públicos a las normas sino que se les exige responsabilidad) responsabilidad política y judicial. Concepto de Estado democrático.Participación del pueblo en el poder político. Era compatible (Kensel) la democracia con la acumulación de poder. Una elección de los gobernantes por el pueblo. Tras la IIGM el concepto de democracia toma otro rumbo. Rasgos: Tomar parte en las decisiones políticas (participación): *Directa: es por ej. Un referéndum sobre una norma, iniciativa popular. * Indirecta: hace referencia a la elección mediante representantes (sufragio de voto). *Pluralismo político: Los partidos políticos expresan el pluralismo político. Concurre también la manifestación de la voluntad popular. Son el instrumento fundamental para la participación política. Otro de los elementos que caracterizan la democracia es el consenso. Hay otro principio que es el de la mayoría que es un principio meramente técnico. Otro principio importante es el respeto a las minorías o el respeto a la posición política. Principio de reversibiidad (que se puede volver a algo). Otro elemento del estado democrático es la división, control, responsabilidad y el límite del poder Publicidad: sin publicidad no hay democracia. Primacía del derecho: estado de derecho. El concepto opuesto a democracia es la autocracia. Ambos son modelos teóricos, que se dan en mayor o menor medida.Los derechos que nos permita diferenciar la autocracia y la democracia, son el voto, la participación, el respeto a las minorías y la posibilidad del cambio político.