Portada » Formación y Orientación Laboral » Prestaciones de la Seguridad Social y Entidades Gestoras en España
Un ciudadano que perciba una prestación que no le corresponde, tiene la obligación de devolverla. El plazo de prescripción es de 4 años. Si la administración no detecta la irregularidad en 4 años, la prestación no se devuelve. Existe responsabilidad subsidiaria de los colaboradores: si alguien cobra indebidamente, el empresario es responsable subsidiario. Existe la posibilidad de aplazamiento: si en ese momento el beneficiario no puede pagarla, la Seguridad Social concede un aplazamiento.
Son entes públicos con personalidad jurídica propia, distinta de la del Estado, dentro de la Administración, a quienes se confía la gestión legal de la Seguridad Social. Disfrutan de exención tributaria absoluta y reserva de nombre.
Todas tienen órganos centrales en Madrid y periféricos. En los periféricos tienen delegaciones provinciales.
Son entidades colaboradoras en la gestión. Son una asociación de empresarios que responde mancomunadamente de las obligaciones contraídas por la mutua y que colaboran con la gestión de la Seguridad Social. Deben incluir obligatoriamente MCSS para diferenciarse de otras mutuas. No tienen patrimonio propio y tienen su reglamento. Colaboran en la gestión de la protección por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (ATEP), comprendiendo tanto las prestaciones económicas que correspondan como las sanitarias y de recuperación. Gestionan la prestación económica de IT y la de cese de actividad de los trabajadores autónomos. También tienen actividades preventivas.
El legislador decide que las empresas tienen que colaborar con la Seguridad Social.
Es la inclusión de cada ciudadano en su régimen correspondiente. Según la actividad de una persona, hay que encuadrarla en un régimen u otro. En el Régimen General tenemos:
Acto administrativo por el que la TGSS incluye a la empresa que emplee trabajadores por cuenta ajena en el registro del régimen correspondiente para su identificación y el control de sus obligaciones en materia de Seguridad Social. Se le da al empresario un código de cuenta de cotización (sirve para controlar sus obligaciones en materia de Seguridad Social) y número de inscripción (único para toda la empresa). El sujeto obligado es el empleador antes de iniciar su actividad.