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TEMA 7: “Las relaciones y la Gestión Intergubernamentales”
L. El concepto de las relaciones intergubernamentales
William Anderson (1960)-“Es un importante contingente de actividades o interacciones que tiene lugar entre unidades de gobierno de todo tipo y nivel territorial de actuación”.
Wright (1988)- Existen rasgos significativos que definen el concepto de las RIG
Las unidades mono funcionales de gobiernos, empresas públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y organizaciones parapúblicas, que actúan en las fronteras del sector público.
Dada la complejidad de las actividades gubernamentales y su creciente implicación en la gestión de programas, son los organismos administrativos públicos y sus responsables los que han pasado a desempe.Ar un papel fundamental en las relaciones intergubernamentales. Los ministerios nacionales sus órganos homólogos subancionales posiblemente sean los actores predominantes en la realidad, aunque sean menos visibles.
El concepto de la RIG trasciende los enfoques constitucional –legales, tanto acerca de las divisiones entre gobiernos como en lo referente a sus respectivas competencias y funciones. No pretende sustituir conceptos históricos, tales como el federalismo o la estructura de los sistemas unitarios, sino complementarlos, a fin de tener en cuenta las nuevas realidades políticas y administrativas, fruto de la expansión de los gobiernos.
Los enfoques intergubernamentales no son jurídicos y contemplan una amplia variedad de organizaciones, conductas y pautas. Las RIG no conllevan la carga política que ha acompañado en ocasiones a algunos sistemas de gobierno como el federalismo.
II. El gobierno multiorganizativo en los sistemas unitarios y federales
Los sistemas federales unen entidades menores en un gran sistema político mediante la distribución y garantía del poder entre los gobiernos constituyentes y generales de una forma diseñada para proteger la existencia y autoridad.
El aspecto más destacado de estos principios de funcionamiento de los sistemas federales es su similitud con los mecanismos multiorganizativos propios de los sistemas unitarios. Prácticamente todos los sistemas unitarios no solo establecen la unidad, sino que reconocen, en cierta medida, la diversidad subnacional.
La naturaleza de las relaciones entre los gobiernos centrales y subnacionales está sometida a la lógica del mercado político que se desarrolla dentro del marco del afán de crear un sistema o estratos de gobierno; solamente el gobierno nacional tiene la capacidad jurídica.
En realdad, los sistemas de gobierno multiorganizativos liman las diferencias legales existentes entre los sistemas federales y unitarios, a pesar de la supremacía constitucional del gobierno nacional en los estados unitarios, existen también muchas fuerzas modificadoras.
Las recientes tendencias hacia la descentralización adminsitrativa, la delegación de funciones nacionales, y el cogobierno, es decir, la participación conjunta en la implantación de programas de los diferentes niveles de gobierno, han supuesto también un desplazamiento de los sistemas unitarios hacia modelos de poder compartido. Por supuesto, la negociación política es una constante en todas estas fuerzas.
IV. Instrumentos de las relaciones intergubernamentales-Las RIG se llevan a cabo de muy diversas formas:
La relación fiscal es fundamental, se demostrara que las determinaciones políticas y administrativas representan un medio importante para lograr una mayor comprensión de las RIGS. Igualmente son de gran utilidad en la determinación de los parámetros que caracterizan a los sistemas interdependientes.
En la mayoría de los países, los principales mecanismos fiscales para conceder ayudas han sido las subvenciones, las cuales son:
2.-las subvenciones “en bloque” o de amEplio propósito, dirigidas a actuaciones en aéreas especificas sin necesidad de desglosar el gasto.
3.- las subvenciones nacionales con un propósito restringido en las que se especifican las aéreas a las que se destinaran, estando sujetas a controles legales estrictos.
En los países unitarios, los controles pueden establecer límites directo sobre los niveles de ingreso/ gasto, también pueden adquirir la forma de directrices para la ejecución de programas o normas fiscales reguladoras del gasto., las cuales están sujetas a auditorias posteriores.
Dos de las tres clases de subvenciones- las de con fines específicos y en bloque- son condicionales y potencian una mayor interdependencia.
Existe bibliografía sobre el impacto económico de las subvenciones intergubernamentales, que afirma que estas ayudas financieras:
Pero también existen factores políticos relativos a las subvenciones que los empleados públicos han de tener en cuenta, por ejemplo:
La actividad reguladora constituye otro instrumento ampliamente utilizado. La actividad reguladora se refiere al conjunto de acciones realizadas por los gobiernos centrales, o de nivel superior, que establecen normas destinadas a influir en la conducta de los gobiernos subnacionales/subordinados.
Las regulaciones en los Estados Unidos tienen muchas formas en: