Portada » Derecho » Perspectivas Sociológicas del Ordenamiento Jurídico-Penal y los Movimientos Sociales
Desde hace tiempo, el crimen, el criminal, las víctimas y las penas han sido objeto de atención e interés en nuestro entorno. Sin embargo, a menudo el abordaje se limita a lo que ofrece el conocimiento científico moderno.
A partir de la consolidación del Derecho Penal liberal, las voces de los juristas y estudiosos del Derecho se han hecho oír con fuerza cada vez que se aborda un tema delictivo. Los doctrinarios del Derecho Penal intentan interpretar y explicar el conjunto de preceptos normativos, con el fin de brindar seguridad jurídica al momento de aplicar las normas.
Desde el Derecho Penal, el enfoque se centra en qué conductas han sido declaradas delictivas por el Estado y qué sanción se prevé ante el incumplimiento de la norma. La labor del jurista en materia penal consiste, entonces, en elaborar una teoría que responda a las preguntas sobre los casos y las condiciones bajo las cuales una persona comete un delito, para aplicarle, en consecuencia, una sanción penal.
Esa sanción puede ser vista lisa y llanamente como un castigo, o bien como una medida correctiva, o también puede cumplir una función intimidante.
Todo el razonamiento se construye sobre el ‘deber ser’: para vivir en sociedad, debemos respetar y aceptar libremente las normas de convivencia y, en caso de hacer un mal uso de esa libertad, se debe imponer una sanción.
Será delito aquello que transgreda una norma estatal que establezca que una conducta está prohibida y que, por lo tanto, merece una sanción penal; delincuente es quien infringe las normas penales.
La Sociología Jurídica intenta, a partir del método científico, explicar y describir la manera en que las personas interactúan y se vinculan con instituciones y estructuras sociales, tomando como referencia el marco normativo. Este marco es normativo por ser un conjunto de reglas unidas que pretenden regular de forma general comportamientos sociales. Las interacciones sociales y los comportamientos humanos contienen ese componente normativo. Los comportamientos humanos se encuentran regulados por múltiples conjuntos normativos (sociales, religiosos, etc.).
Por ejemplo, cuando vamos a tomar el autobús (o ‘micro’), no esperamos en cualquier lugar, sino en los puntos designados (paradas), donde pasa la ruta correspondiente. La experiencia nos brindó el conocimiento de que en ese lugar, ante una indicación nuestra, el vehículo debe detenerse. Esto ilustra una norma social internalizada.
Las normas jurídicas estatales contienen características muy especiales: son creadas por órganos preestablecidos, se formalizan por escrito tras un acuerdo, son válidas en todo el territorio estatal y están dirigidas a todos sus habitantes. Un ejemplo es la regulación del estacionamiento medido.
Hablar de movimientos sociales es referirse a un término ambiguo y no fácil de definir de manera unívoca. Sin embargo, a lo largo de la historia, es posible delinear sus contornos. Estos movimientos son objeto de múltiples debates, abordando temas como la lucha de clases, las diferencias sectoriales, la relación con el Estado y los partidos políticos.
Los movimientos sociales a menudo se oponen a la explotación económica y a la dominación política o ideológica. En Argentina, por ejemplo, muchos se articulan en torno a problemáticas vinculadas a la pobreza.
Según algunos enfoques, los movimientos sociales se basan en tres principios fundamentales:
Son espacios en permanente construcción, lejos de ser estáticos o carecer de contradicciones internas.
No es posible comprender el origen y desarrollo de los movimientos sociales sin atender al contexto histórico y al conflicto social que los enmarcan y visibilizan.
En América Latina, la década de 1970 estuvo marcada por la imposición de dictaduras genocidas que, mediante la persecución, represión, tortura y desaparición forzada de personas, lograron derrotar movimientos revolucionarios, aniquilando organizaciones políticas y militantes, e instalando formas de gobierno basadas en el terrorismo de Estado. La persecución se justificaba ideológicamente con el fin de terminar con un supuesto “enemigo interno”: los subversivos.
En ese contexto, se produjo una pérdida de las soberanías nacionales frente a la influencia económica extranjera, generando un deterioro en las condiciones de vida de grandes grupos de la sociedad. Aunque las dictaduras terminaron mayormente en la década de 1980, sus consecuencias persistieron: se privatizaron empresas y servicios públicos, la deuda externa se estatizó, se sancionaron leyes de flexibilización laboral y se reforzó el aparato represivo.
Sin embargo, la resistencia popular no tardó en hacerse oír y, lejos de adoptar una actitud pasiva, irrumpió en el escenario político. Comenzó acá un ciclo de rebeliones populares y levantamientos contra el modelo neoliberal y sus consecuencias sociales y económicas.
Estos movimientos sociales adquirieron protagonismo, iniciando procesos de debates y acciones colectivas encaminadas a la construcción de nuevas condiciones favorables para la clase trabajadora y el pueblo en general. Muchos de ellos lograron instalar en la agenda pública la necesidad de generar reformas legislativas y constitucionales.