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Asociación estable de trabajadores para la defensa de sus intereses. UGT.Constitución Española.
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales
Contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que
Les son propios..
La libertad sindical
Individual que comprende la pluralidad de derechos de los que son titulares
Los trabajadores individualmente considerados: la fundación de sindicatos, la
Afiliación o no a un sindicato.
B). La libertad sindical colectiva
Predicable del sindicato, comprende cuantos derechos corresponden, no ya a los
Trabajadores individuales, sino a los sindicatos constituidos: organizarse
Internamente y poder realizar actividades sindicales externas, frente a
Terceros.
Sin autorización previa por
Ninguna autoridad pública, comienza por un acuerdo de dos o más trabajadores y
La suscripción de un acta fundacional .-
Constituido
El sindicato, los trabajadores tienen derecho «a afiliarse a estas
Organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.-Esta
Manifestación de la libertad individual se produce frente al empresario y
También frente al propio sindicato.- Se produce un control sobre la libertad
sindical colectiva a favor a la libertad sindical individual.
El derecho de
Libertad sindical comprende, asimismo, el derecho a no ser obligado a
Afiliarse a un sindicato (o para abandonar el sindicato del que se esté
Afiliado).
D. A la
Negociación colectiva, al conflicto, a la huelga.
Los sindicatos son organizaciones de relevancia constitucional y
Ostentan capacidad de obrar. Pueden participar en negocios jurídicos y
Consecuencia de ello pueden ser parte en los procesos judiciales como demandado
O demandante.
El sindicato con
Personalidad jurídica y plena capacidad de obrar puede incurrir en
Responsabilidades: civiles, administrativas o incluso penales.
•los
Distintos tipos de sindicatos.
En función de su representatividad:
Son los que
Acrediten una especial diligencia, expresada en la obtención en el ámbito
Nacional, del 10% o más del total de delegados de personal.
Son
Los sindicatos o entes sindicales federados o confederados a una organización.
De esta manera, el mecanismo de la irradiación permite que un sindicato sea más
Representativo en su respectivo ámbito, por razón de la afiliación a una
Confederación más representativa
Para poder alcanzar esta condición se requieren tres requisitos
: 15% de representantes-al menos 1.500 representantes-y no estén federados o
Confederados a nivel nacional.
Son
Las organizaciones sindicales que, sin ser las más representativas, hayan
Obtenido el 10% de audiencia en un ámbito territorial y funcional específico.
Son los legalmente constituidos.
Todos
Los sindicatos tienen reconocido el derecho al ejercicio de la actividad
Sindical dentro y fuera de la empresa.
El derecho a la negociación colectiva,
El ejercicio del derecho de huelga y también el planteamiento de conflictos
Individuales y colectivos y la representación de candidaturas para la elección
De representantes de personal. * El modelo español de representatividad: doble canal:1) La representación sindical constituida por órganos
Sindicales a nivel de empresa con fundamento constitucionalen la que sólo
Participan los trabajadores afiliados al sindicato: sección sindical y
Delegados sindicales.
representación unitaria: determina la existencia de representantes de todos los
Trabajadores de la empresa o centro de trabajo a través de los delegados de
Personal o comités de empresa. Los delegados de personal y comités de empresa.
Derecho de los
Afiliados a los sindicatos:Constituir secciones sindicales, recaudar cuotas, recibir
Información.Hacer reuniones: previa comunicación a la empresa, fuera de las
Horas de trabajo
Las secciones sindicales en la empresa:Su constitución
Corresponde a los afiliados al sindicato. Las de sindicatos que tienen
Presencia en el comité de empresa: d. De funciones participativas de carácter
Consultivo.
La LPRL prevé dos mecanismos de participación:
Delegados de Prevención, , son
Representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de
Prevención de riesgos laborales-Elegidos entre los representantes unitariosComité de Seguridad y Salud, Órgano colegiado
Y paritario de representación y participación-En empresas de más de 50
Trabajadores-