Portada » Derecho » Notificación y publicación de actos y resoluciones administrativas
Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente¿Podría simplemente haberlo notificado a los que le hubiese parecido oportuno?
Se notificarán a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, en los términos previstos en el artículo siguiente.
La publicación, en los términos del artículo siguiente, sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectoso por el
no,porque según el articulo 59.2 de la L. 30/92 porque las bases del concurso establecen que se publicaran en el tablón y en el periódico b¿Cuál es el contenido que deberá contener la publicaciónrealizada por la Diputación Provincial de B para dar a conocer el resultado del concurso?
3¿Puede realizar la publicación delaresolución por un medio de comunicación?
Cuando se trata de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. En este caso, la convocatoria del procedimiento deberá indicar el tablón de anuncios o medios de comunicación donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos.
¿Hace bien Jorge en recurrir el acto por sentirse perjudicado en cuanto a la cuantía del premio que va a recibir como ganador del concurso? ¿Por qué?
No, porque en las bases pone que se publicara las bases del concurso en el periódico b y donde lo ve es en el periódico comarcal que no esta autorizado este periódico a notificar
según el articulo 116 de la ley 30/92deberá poner un recurso potestivo de reposición
1 La resolución tomada resolviendo el recurso planteado por D. Fernando, ¿debe estar motivada? ¿Por qué?
Según la ley 30/1992 serán motivados con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho.
¿Lo está suficientemente en este caso?
Si no estuviese motivado, ¿qué podría ocurrir con este acto?
2Desde el punto de vista del día en que se practica la notificación, ¿se ha notificado correctamente a D. Fernando la resolución del recurso?
Como se debe de notificar en un plazo de 10 días según el artículo 58.2 de la ley 30/1992 si es correcto la resolución del recurso Si no fuese correcta en cuanto al día de notificación, ¿qué supondría?
Si no fuese correcta respecto al contenido, ¿qué supondría entonces?
Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidadY si no hubiese habido nadie en el domicilio, ¿qué hubiera procedido?
Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.
D. Fernando hubiese estado en casa pero hubiese rechazado la notificación, ¿se paralizaría el procedimiento?
Cuando el interesado o su representante rechace la notificación de una actuación administrativa, se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el procedimiento¿Qué hubiese ocurrido si no hubiese constancia del domicilio de D. Fernando o lugar dónde notificar? Según el articulo 59.5 de la ley 30/1992
Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado».