Portada » Economía » Modelos de Bienestar Social: Residual, Institucional y Workfare
Extensión mínima de servicios y beneficios estatales. Proporción del PNB para gasto social: mínima. Rol más importante de privadas, grupos de ayuda. Estado interviene sólo si las estructuras de familia y mercado son insuficientes. Población cubierta: minoritaria. Antes: test de elegibilidad. Ahora: medidas selectivas.
Sistema de bienestar social frente a necesidades crecientes de la sociedad: protección contra riesgos. Proporción del PNB para gasto social: elevada. Responsabilidad del Estado: óptima. Servicios numerosos hacia la mayoría de la población. De elegibilidad a medidas universales.
Responsabilidad de la sociedad respecto de la persona marginada y derecho a la integración.
(Residual) Responsabilidad individual demostrable mediante contrapartidas consistentes en la participación en acciones de integración.
Sector económico entre lo privado lucrativo y lo social no lucrativo. Empresas que actúan en el mercado con fines de desarrollo social y económico no excluyente. Ley 5/2011: punto de inflexión en el reconocimiento, visibilidad y desarrollo del sector. Entidades que persiguen el interés colectivo de sus integrantes, el interés general económico o social, o ambos.
Planificación general de Servicios Sociales, objeto de eliminar desequilibrios territoriales; coordinación de actuaciones y programas entre sus Departamentos, con Administraciones públicas, y con sectores de iniciativa social, con objeto de racionalizar recursos sociales; supervisión y control del cumplimiento de la normativa en vigor; determinación de criterios generales para la participación de usuarios en Servicios Sociales. La gestión, a través del Instituto Andaluz de Servicios Sociales (IASS), de Servicios Sociales propios que requieran su prestación con carácter supraprovincial; promoción y realización de investigaciones, estudios y formaciones; asistencia y asesoramiento técnico a entidades.
Competencias que les estén atribuidas legalmente con carácter de propias (Comunitarios). Con carácter de competencias delegadas por la Junta de Andalucía: a) gestión de Centros y establecimientos de Servicios Sociales especializados de ámbito provincial y supramunicipal. b) coordinación y gestión de Centros de Servicios Sociales Comunitarios, así como de Centros de Servicios Sociales Especializados de ámbito local, en municipios de hasta 20.000 habitantes. c) ejecución y gestión de programas de Servicios Sociales y prestaciones económicas que pudiera encomendarles el Consejo de Gobierno.
Responsables de los Servicios Sociales de su ámbito territorial, de acuerdo con la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local. Competencias de los Ayuntamientos, por delegación de la Junta de Andalucía: a) gestión de Centros de Servicios Sociales Comunitarios en municipios de más de 20.000 habitantes. b) gestión de Centros de Servicios Sociales Especializados de ámbito local, en municipios de más de 20.000 habitantes. c) ejecución y gestión de programas de Servicios Sociales y prestaciones económicas que pudiera encomendarles el Consejo de Gobierno.
Documento que recoge decisiones de carácter general que definen directrices políticas, las prioridades que se derivan de esas formulaciones, la asignación de recursos acorde a esas prioridades, las estrategias de acción y el conjunto de medios e instrumentos que se van a utilizar para alcanzar las metas y objetivos propuestos. El plan define a grandes rasgos las ideas que van a orientar y condicionar el resto de niveles de planificación. Determina prioridades y criterios, cobertura de equipamientos y disposición de recursos, su previsión presupuestaria y su horizonte temporal. Es el nivel estratégico, con metas genéricas que dan sentido al resto de niveles, de forma que no se hagan actuaciones aisladas, sino que todas tengan coherencia.
Conjunto organizado, coherente e integrado de actividades, servicios o procesos, o de un conjunto de proyectos, relacionados, coordinados entre sí y que son de determinada naturaleza. El programa concreta objetivos y temas que se exponen en el plan, teniendo como marco un tiempo más reducido. Ordena los recursos disponibles en torno a las acciones y objetivos que mejor contribuyan a la consecución de las estrategias marcadas. Señala prioridades de intervención. Sería el nivel táctico, situado entre el Plan y el Proyecto. Intenta acercar uno a otro, concretando ideas y objetivos más generales del Plan en un lugar y tiempo determinados y a partir de recursos concretos disponibles. De esta forma, las ideas generales del Plan se llevan a una situación concreta.
Conjunto de actividades concretas, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que se realizan para producir bienes y servicios, capaces de satisfacer necesidades o resolver problemas. Es una intervención concreta, individualizada, para hacer realidad algunas de las acciones contempladas en el nivel anterior (nivel táctico). Define resultados previstos y procesos para conseguirlos, así como el uso concreto de recursos disponibles. Este es el nivel operativo del proceso de planificación, por lo que no debe ser algo teórico, sino una actividad práctica y útil de cara a la intervención. El plan es la expresión de la voluntad institucional. El programa representa la especificación de fines y la concreción de recursos (son responsabilidad de las estructuras, centros o servicios). Los proyectos deben ser responsabilidad de las personas y equipos que tienen encomendada la intervención.