Portada » Medicina y Salud » Medicina Legal: Procedimientos y Aspectos Clave
Examen externo e interno del cadáver a través de observación, intervención y análisis, realizado por un médico para estudio de un caso en que se investiga judicialmente la muerte, así como circunstancias anteriores a la muerte. Se obtiene información para fines científicos y jurídicos.
Elementos de identificación (edad aparente, sexo, raza, estatura, complexión, nutrición, higiene personal (piel, cabello, barba, uñas), color y características de la piel, cicatrices, tatuajes, distribución de vello, color de ojos, dentadura, tipo de nariz).
Enfriamiento, livideces, rigidez, deshidratación, presencia de manchas verdosas en abdomen, veteado venoso.
Ictericia, cianosis, petequias, equimosis, espuma y sangre en boca y orificios nasales, materia fecal y orina.
Examen interno de tronco. Las vísceras deben ser examinadas in situ para verificar trayectorias de heridas.
Lesión: Toda alteración anatómica o funcional que una persona cause a otra sin ánimo de matarla, mediante el empleo de fuerza exterior.
Constituyen un conjunto de delitos que en común cuentan con la falta de consentimiento de la víctima para la relación sexual.
La violación está configurada por los siguientes elementos:
Abuso sexual: Cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de una. Se puede dar adulto-adulto, adulto-menor, menor-menor; cualquier tipo de penetración en contra de la voluntad o por incapacidad de comprender ciertos actos.
CP. Art. 130: Si padece enfermedad y contagia a otro se sancionará con 1-3 años de prisión.
El examen médico legal comprende:
Objetivo del examen genital: Recolección de pelos, manchas; descripción de lesiones; descripción de la condición del himen; observación de aplanamiento de rugosidad de la mucosa vaginal y alargamiento de ella.
Estado en que se encuentra la mujer desde el momento de la fecundación hasta la expulsión del producto. Diagnóstico: clínico, USG, citológico, inmunológico, bioquímico.
Proviene del latín (abortus, no nacer). Para fines médico-legales es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.
Durante la gestación se distinguen las siguientes etapas:
Es todo aborto que se produce en ausencia de interferencia deliberada. Se calcula que se presenta en el 10% de los embarazos.
Manifestaciones clínicas: debe distinguirse la amenaza de aborto y el aborto inevitable.
El aborto provocado o inducido consiste en la muerte deliberada del producto de la concepción por parte de la propia madre o de otra persona, mediante el empleo de agentes físicos o químicos. Estos medios se clasifican según su naturaleza y mecanismo de acción.
Los objetivos de la intervención del médico forense son los siguientes:
Examen de la presunta madre: este examen tiene como objetivo establecer el diagnóstico de embarazo reciente o evacuación reciente de útero.
Puede definirse como el homicidio del recién nacido cometido por la madre y, según las diferentes legislaciones, también por otros parientes como abuelos, tíos, maridos, etc., para ocultar la deshonra de aquella. Del latín infantium (in: privativa, fari: hablar, caedere: muerte) que significaba «dar muerte al que aún no habla».
Para llegar a este diagnóstico, el médico legista debe seguir el orden de comprobación:
En algunos casos conviene establecer el intervalo post mortem.
Viabilidad del producto: es la aptitud para la vida extrauterina.
Signos positivos: Métricos: peso 3250 gr., estatura 50 cm, perímetro craneal 35-37 cm, puntos de osificación.
Se establece mediante:
Las más frecuentes son:
¿Qué es un tóxico? Sustancia que en contacto con el organismo produce alteraciones funcionales y anatómicas incompatibles con la vida.
Factores: Composición bioquímica, dosificación, administración.
La intoxicación puede ser:
Una vez absorbido, pasa a sangre: distribución, fijación, biotransformación, excreción.
Distribución: el tóxico absorbido pasa a la sangre o compartimento periférico. Los factores que intervienen en la distribución y fijación del tóxico son el coeficiente de liposolubilidad o hidrosolubilidad.
Biotransformación: tiene por objetivo eliminar el tóxico o convertirlo en sustancias menos dañinas.
Eliminación o excreción: las principales vías de eliminación son pulmón, bilis, riñón.
OMS: condición de dependencia física y psicológica que presenta una persona hacia una droga, como resultado de su administración continua.
Droga: cualquier sustancia química que modifica los tejidos vivos.
Estupefaciente: droga no prescrita médicamente que actúa en el SNC y crea dependencia.
Hábito: adaptación del organismo a la droga, obligándolo a aumentar la dosis.
Acostumbramiento: tolerancia que adquiere el organismo para soportar dosis.
Dependencia: subordinación del individuo a la droga; síndrome de abstinencia.
Se define como la aplicación de los conocimientos psiquiátricos en la administración de justicia.
Tiene los siguientes objetivos:
CAPACIDAD CIVIL: Capacidad mental; se refiere a la aptitud de un individuo para manejar sus asuntos sabia y prudentemente, o ser sujeto a derechos y obligaciones.
RESPONSABILIDAD PENAL: Ser responsable de sus propios actos ante la ley. Todo individuo debe estar consciente del mundo exterior, razonar y juzgar acerca de lo que es moralmente correcto y controlar su propia conducta.
Enfermedades determinantes de imputabilidad:
Es un conjunto de pruebas a las que se someten los órganos y tejidos de un cadáver para determinar las circunstancias (hora, causa, etc.) en las que ha ocurrido la muerte.