Portada » Filosofía » Ley natural de santo tomas de aquino
REDACCION 1: El método escolastico en la filosofía.
Tomás de Aquino es uno de los autores más fecundos en número y variedad de obras. En poco más de 20 años escribió un total de 3007 capítulos comprendidos en las obras: “libros de Aristóteles”, Sagrada escritura, Evangelios y la Suma contra los Gentiles. También escribió un total de 6413 artículos comprendidos en sus obras: Sentencias a Pedro Lombardo, Cuestiones disputadas, Cuestiones de Quodlibet y la Suma teológica, la cual constaba con la solución de más de 10000 argumentos.
Esta redacción esta sacada de La Suma Teologica. Esta primera redacción trata del método escolástico de la filosofía centrándose en la cuestión disputada, en esta redacción también se explica la estructura y el método de un artículo de la Suma Teológica.
La Suma de Teología está dividida en tres partes. En cada parte toca uno de los grandes temas de la teología: La primera parte trata de Dios y de la creación, la segunda trata de la Moral, esta parte está, a su vez, esta subdividida en otras dos. La tercera parte trata de Cristo y de los Sacramentos.
Cada parte está dividida en tratados, y presentan los grandes temas que pueden abordarse y que explican una determinada realidad. Los tratados están divididos en cuestiones y cada una consta, a su vez, de diversos artículos. Una cuestión es un gran problema o tema que el autor plantea y que va respondiendo a base de artículos, que adoptan la forma de interrogantes, y que manifiestan los distintos aspectos de la cuestión.
La cuestión de la ley natural, está en la primera parte del segundo libro. Es una de las cuestiones del tratado de la ley en general.
La cuestión 94 de la ley natural esta a su vez dividida en 6 artículos.
El artículo tiene un título, la pregunta que se va a responder. Una vez planteada la pregunta ofrece una serie de objeciones, las cuales van presentando distintos aspectos del problema. Después de las objeciones viene lo que se llama “en cambio” que no es más que la opinión que ofrece la otra parte de la disyuntiva planteada. A continuación Tomas de Aquino ofrece una solución a la respuesta planteada. Tras la solución Tomás da sus respuestas a las objeciones planteadas y al argumento presentado a favor.
Podríamos decir que las objeciones son la tesis; que el “en cambio” es la antítesis; y la respuesta de Santo Tomás, la síntesis.
La cuestión disputada es una de las obras que nace como apuntes de clase. La cuestión disputada es el método de exposición usado por los escolásticos y, en concreto, por Tomás de Aquino.
La cuestión disputada es el resultado de una disputa o animado debate escolar, en el que no solo habían intervenido los alumnos del maestro que convocaba la disputa sino los maestros de otras escuelas de la ciudad. Santo Tomás es el verdadero hacedor de la cuestión disputada, hasta tal punto de que mientras estuvo en París, tuvo unas dos disputas semanales.
Una cuestión disputada es la “determinación” o resultado de la reflexión del maestro sobre la doctrina discutida, pero teniendo en cuenta las razones o argumentos que en el debate se han dado sobre el tema tratado.
El primer paso del proceso se llama “disputatio”, es el examen de los argumentos en contra o a favor, se busca la verdad, para poder obtener un juicio correcto sobre una cuestión hay que atender a los argumentos que otros puedan dar. Estos son:
Objeciones, argumentos en contra, las razones que otros puedan dar sobre el tema, son soluciones dadas por otros autores al problema y que no satisfacen a Tomás de Aquino
“En cambio” son argumentos a favor, otros posibles argumentos o respuestas alternativas al tema. Son argumentos que preparan la solución de Tomás.
Solución, Tomás da una solución argumentada a la cuestión planteada en el titulo y que ha sido discutida antes.
Respuestas a las objeciones, finalmente, Tomás, va respondiendo una a una a las objeciones u opiniones planteadas en primer lugar.
REDACCION 2: La ley.
Tomás de Aquino es uno de los autores más fecundos en número y variedad de obras. En poco más de 20 años escribió un total de 3007 capítulos comprendidos en las obras: “libros de Aristóteles”, Sagrada escritura, Evangelios y la Suma contra los Gentiles. También escribió un total de 6413 artículos comprendidos en sus obras: Sentencias a Pedro Lombardo, Cuestiones disputadas, Cuestiones de Quodlibet y la Suma teológica, la cual constaba con la solución de más de 10000 argumentos.
Esta redacción abarca los tres tipos de leyes, la ley positiva, la ley eterna y la ley natural.
La ley es un precepto dictado por la suprema autoridad, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y o por el bien de los gobernados. El fin de la ley dictada por la máxima autoridad es la justicia y el bien común, lo que significa que la ausencia de la ley puede dar lugar a comportamientos injustos y malos.
La ley positiva tiene su origen en la voluntad de los legisladores, y va cambiando en el tiempo conforme va cambiando la forma de vida o la forma de pensar de los legisladores, es en una ley convencional que prescribe la autoridad política y cambia con el tiempo adaptándose a las nuevas formas de vida y de pensar, la ley debe ser racional, debe ser un dictado de la razón.
La ley eterna está vinculada con la religión. En este caso la autoridad suprema es Dios. La ley es dictada por la divinidad a todas las criaturas, y al ser humano por la razón. Tomás sitúa la ley eterna como el modelo de ordenación racional de las cosas. Toda regla de la razón humana deriva entonces de la ley eterna. Y el bien y el mal se dicen según sean conformes o no con la ley eterna, la ley eterna es el fundamento moral e toda ley. Las características de la ley eterna se proyectan sobre la ley natural. En primer lugar el monoteísmo, nos lleva a afirmar que la ley eterna es única. En segundo lugar, dios está presente en todo el universo que es su creación; es una ley que manda conservar el orden natural, la ley abarca todo el universo, es una ley universal.
Una tercera característica que también se proyecta en la ley natural, la inmutabilidad. La razón se encuentra en la propia inmutabilidad de Dios. Dios es perfección infinita, todo en Él es acto, nada es potencia, por tanto Dios no puede cambiar y su pensamiento expresado en la ley eterna tampoco.
Existen otras leyes impresas en la naturaleza de las criaturas y que cumplirán, aunque carezcan de razón o no sean conscientes de ellas. A esta ley la llamamos Ley Natural. Las leyes naturales determinan el comportamiento de cada ser natural, sea humano, animal o cosa según las características de la naturaleza. Tomás considera que los hombres están regidos por una serie de normas naturales, que se expresan en las inclinaciones propias de su naturaleza.
Tomás define la ley natural como “participación de la ley eterna en la criatura racional”. La ley natural es la ley eterna impresa en la naturaleza humana, que se nos revela por medio de la razón. Cuando el hombre expresa los mandatos divinos de la ley eterna en proposiciones racionales forma la ley natural. La ley natural es el origen de las leyes de la moralidad y reúne los primeros principios del orden moral, son inmediatamente percibidos por la razón del hombre y captados como su bien especifico. Tomas procede a una identificación entre la ley eterna y la ley natural.
Los preceptos de la ley natural responden a las tendencias connaturales del hombre al bien moral y son enunciados como tales por la razón. Los tres preceptos básicos de la ley natural son: La tendencia al bien de la conservación del ser humano, de la que se deriva el precepto de respeto a la vida; la tendencia al bien de la especie humana o la procreación y educación de la prole, precepto respecto el matrimonio que para Santo Tomás es uno e indisoluble;
y la tendencia al conocimiento de la verdad y a la vida social, del que se deriva el precepto de búsqueda de la verdad e igualdad de los deberes sociales.
La sindéresis es la conciencia o capacidad natural de juzgar correctamente, lee e interpreta esas inclinaciones naturales a un bien racional como leyes primarias del orden moral. Esas leyes podrían resumirse en el principio formal que sustenta todo el orden moral humano: el bien conforme a la razón debe ser hecho, y el mal evitado.
La ley natural no está limitada a este primer dato intuitivo. La razón puede avanzar en la formulación de nuevos preceptos derivados. Así sucede con las conclusiones de la ciencia moral.
La ley natural y la ley positiva mantienen una relación, la justificación básica de la ley positiva está en que la ley natural no alcanza a regular todo el espectro de la vida social humana. Es necesario añadir otras normas que complementen la ley natural. Tales normas no serán conclusiones derivadas de los primeros principios de la moral natural, sino correcciones de las exigencias de la razón natural.
Esta perspectiva nos explica la introducción en la Suma de múltiples cuestiones de filosofía política discutidas en la vida académica del siglo XIII
Aristóteles: según Aristóteles hay dos clases de derecho: natural y legal, correspondientes a dos clases de leyes: la ley natural, o común a todos los hombres, y la ley propia o positiva, correspondiente a un determinado grupo social. El derecho natural se funda en la misma naturaleza del hombre, y por eso tiene validez siempre para todos, independientemente de las opiniones particulares, siendo anterior a todo pacto o convenio humano. Se trata de un derecho absoluto y esencial.
Cicerón: sigue a Aristóteles y al estoicismo. Los estoicos identificaban prácticamente la ley natural con la ley eterna, tenían un concepto panteísta de la divinidad. La ley natural era la ley de una divinidad inmanente al mundo y a las cosas. La ley natural sería la encarnación del orden universal en la naturaleza y el obrar de los hombres, que se manifiesta en la recta razón, que dicta lo bueno y prohíbe lo malo. La ley se extiende a todos los hombres porque todos tienen la misma naturaleza racional, que es el principio supremo de esta ley: vivir conforme a la naturaleza.
Esta ley está inserta de manera indeleble en la conciencia, es valedera para todos los hombres y todos los pueblos, ninguna autoridad humana la puede anular o suspender, y es fuente y justificación de todos los derechos o leyes positivas.
Seneca: para Seneca existen varios derechos naturales, además del civil o positivo: uno general, que se refiere al orden necesario de todos los seres de la naturaleza; otro más estricto, que es común a todos los seres animados, y un tercero más limitado que es propio de los seres humanos.
Corpus Iuris Civilis obra compilatoria llevada a cabo por orden del emperador bizantino Justiniano. Constaba de Instituciones; el digesto, en el que se encuentran extractos de los juristas clásicos como Gayo y Ulpiano.
Gayo distingue dos categorías de derecho: civil y de gentes. A este último le aplica la doctrina ciceroniana del derecho natural, lo considera un derecho que dicta la razón natural, promulgando con el mismo género humano y que no puede ser destruido ni anulado por ninguna autoridad humana.
Ulpiano ofrece algunos matices nuevos en su doctrina. El derecho puede ser público y privado, y este último se divide en: natural, de gentes y civil. El derecho natural es común a todos los animales, es el derecho que la naturaleza enseño a todos los animales, incluido el hombre.
El derecho de gentes es el propio y exclusivo de los seres humanos en sus mutuas relaciones.
San Agustín: la ley natural depende de la ley eterna, fruto de la razón y voluntad de un Dios personal; profundamente enraizada en el corazón humano, donde está escrita indeleblemente. El hombre participa de esta ley eterna de Dios, que es la ley natural, por medio de su libertad.
San Isidoro: recoge las ideas de los juristas romanos, excluye la opinión de Ulpiano de un derecho común a todos los animales. Solo acepta un derecho natural, fundado en la naturaleza humana, propia y exclusiva del hombre. Es una ley divina, cuyo fundamento está en la naturaleza.
Según Santo Tomás la ley natural es la irradiación en la mente humana de la ley eterna o divina, pero la ley divina es más amplia que la natural y la conocemos por la fe. No podemos conocer la ley eterna en sí misma y por nuestras propias fuerzas, porque los hombres no vemos la esencia divina.
Alberto Magno: encontramos prácticamente todos los elementos recibidos de la tradición, buscando superar sus limitaciones y errores. Santo Tomás prefiere a Aristóteles y a Cicerón, aunque respeta los autores cristianos, reinterpretándolos cuando lo considera necesario.