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5 11 Luminarias-
Según la norma UNE-EN 60598-1, se define luminariacomo aparato de alumbrado que reparte, filtra o transforma la luz emitida por una o varias lámparas y que comprende todos los dispositivos necesarios para el soporte, la fijación y la protección de lámparas (excluyendo las propias lámparas) y, en caso necesario, los circuitos auxiliares en conbinación con los medios de conexión con la red de alimentación.
Para su debido estudio podremos clasificar las luminarias como se indica a continuación.
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Clasificación de las luminarias según la simetría de distribución del flujo luminoso.
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Clasificación de las luminarias según el flujo luminoso respecto al plano horizontal.
A su vez, las luminarias de radiación directa y distribución simétrica pueden dividirse según el ángulo de abertura, de acuerdo con lo indicado en la tabla:
Ángulo de abertura | Denominación |
---|---|
0º a 30º | intensiva |
30º a 40º | semi-intensiva |
40º a 50º | dispersora |
50º a 60º | semi-extensiva |
60º a 70º | extensiva |
70º a 90º | hiper-extensiva |
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Clasificación de las luminarias empeadas en alumbrado público.
El nuevo Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, de ahora en adelante REEAE, aprobado por Real Decreto 1890/ 2009, de 14 de Noviembre de 2008 y con entrada en vigor el día 1 de abril de 2009, tiene por objeto establecer las condiciones técnicas de diseño, ejecución y mantenimiento que deben reunir las instalaciones de alumbrado exterior, con la finalidad de mejorar la eficiencia energética y ahorro energético, así como la disminución de las emisiones de gases de afecto invernadero.También tiene por objeto limitar el respalndor luminoso nocturno o contaminación luminosa y reducir la luz intrusa o molesta.
Tenemos que mencionar que el REEAE incluye 7 instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 a ITC-EA-07 y solo se aplicará a instalaciones de alumbrado exterior de más de 1Kw de potencia instalada, incluidas las instrucciones técnicas complementarias ITC-BT de Reglamento electrotécnico de baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, siguientes.
Uno de los objetos del presente reglamento es limitar el resplandor luminoso.
¿Qué es el respalndor luminoso nocturno?
El resplandor luminoso nocturno o contaminación lumínica es la luminosidad producida en el cielo nocturno por la difusión y reflexión de la luz en los gases, aerosoles y partículas en suspensión en la atmósfera, procedente, entre otros orígenes, de las instalaciones de alumbrado exterior. bien por emisión directa hacia el cielo o reflejada por las superficies iluminadas.
Según el tipo de actividad a desarrollar se clasifica con una tabla las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación luminosa (REAE_ITC-EA 03).
Clasificación zonas |
Descripción |
---|---|
E1 |
Áreas con entornos o paisajes oscuros: Observatorios astronómicos de categoría internacional, parques nacionales, espacios de interés natural, áreas de proteción especial (red natura, zonas de protección de aves, etc.) donde las carreteras están sin iluminar. |
E2 |
Áreas de brillo o luminosidad baja: Zonas periurbanas o extrarradios de las ciudades, áreas rurales y sectores generalmente situados fuera de las áreas residenciales urbanas o industriales, donde las carreteras están iluminadas. |
E3 |
Áreas de brillo o luminosidad media: Zonas urbanas residenciales, donde las carreteras están iluminadas. |
E4 |
Áreas de brillo o luminosidad alta: Centros urbanos, zonas residenciales, sectores comerciales y de ocio, con elevada actividad durante la franja horaria nocturna. |
La luminosidad del cielo producida por la instalaciones de alumbrado exterior depende del Flujo Hemisférico Superior instalado (FHSinst) o emisión directa de las luminarias a implantar en cada zona (E1,E2,E3,E4) y se define como el flujo emitido por una luminariadirigido por encima del plano horizontal.
Dicho plano corresponde al ángulo
en el sistema de representación
El flujo hemisférico se expresa en tanto por ciento del flujo total emitido por la luminaria.
De acuerdo con el REEAE, el FHSinst no superará los límites establecidos en la tabla.
Clasificación de zonas | Flujo hemisférico superior instalado FHSinst |
---|---|
E1 | |
E2 | |
E3 | |
E4 |
Para poder iluminar solamente la superficie que se quiere dotar de alumbrado se necesita usar luminarias que corregirán el flujo contaminante de la instalación de alumbrado exterior.
A continuación se muestran tres tipos según su empleo:
Además, las luminarias deberán elegirse de forma que se cumplan los valores de eficiencia energética mínima según lo establecido en la ITC-EA-01 del REEAE y la instalación final deberá incluir en el proyecto o memoria técnica de diseño una etiqueta de calificación energética que caracterizará el consumo de energía de la instalación mediante una escala de 7 letras que irán desde la A (instalación mas eficiente y con menos consumo de energía) a la letra G (instalación menos eficiente y con más consumo de energía).
5 11 4 Clasificación de las luminarias según el tipo de lámpara.
En función del tipo de lámpara podemos agrupar las luminarias en cuatro tipos:
Todas las luminarias deben estar dotadas de sistemas de protección que garanticen la vida de las personas y o animales contra cualquier contacto eléctrico producido de manera accidental, por fallo del aislamiento principal. Según el sistema de protección empleado en las luminarias, estas se clasifican de acuerdo al grado de protección IP e IK.
5 12 Sistemas de alumbrado interiores.
En el alumbrado de interiores existen tres sistemas relacionados con la distribución de la luz sobre el área a iluminar. Estos tres métodos se desarrollan a continuación.
5 12 1 Alumbrado general.
Recibe este nombre el alumbrado en el cual el tipo de luminaria, su altura de montaje y su distribución se determinan de forma que se obtenga una iluminación uniforme sobre la zona a iluminar.
La distribución más habitual es colocar la luminarias de forma simétrica en filas. Cuando se emplean lámparas fluorescentes puede resultar una colocación de luminarias en líneas continuas.
Este sistema de alumbrado presenta la ventaja de que la iluminación es independiente de los puestos de trabajo, por tanto la distribución de estos se puede hacer de forma más flexible. Por el contrario, tiene el inconveniente de que la iluminancia media proporcionada debe corresponder a las zonas que por su trabajo requieren niveles mas altos.
5 12 2 Alumbrado general localizado.
Recibe este nombre el alumbrado que permite proporcionar una iluminación general uniforme, además de aumentar el nivel de las zonas que lo requieran, según el trabajo a realizar. Presenta el inconveniente de que si se efectúa un cambio de dichas zonas hay que reformar la instalación de alumbrado.
5 12 3 Alumbrado localizado.
Consiste en producir un nivel medio de iluminación general más o menos moderado y colocar un alumbrado directo para disponer de elevados niveles medios de iluminación en aquellos puestos específicos de trabajo que lo requieran.
Para eliminar en todo lo posible las molestias de continuas y fuertes adaptaciones visuales que lleva consigo este sistema de alumbrado, debe existir una relación entre el nivel de iluminación de la zona de trabajo y el nivel de iluminación general del local.
En el estudio de todo alumbrado debe determinarse para cada caso cuál de los tres sistemas citados es el más conveniente.
La experiencia ha demostrado que un alumbrado general en locales destinados a oficinas, talleres, etc. proporciona las mejores condicioens de visibilidad, dando al ambiente un efecto sereno y armonioso, siendo por ello preferida.
Los alumbrados general localizado y localizado van siendo un tanto desusados debido a la evolución de las lámparas de descarga eléctrica, pués al ofrecer estas un elevado rendimiento luminoso, los altos niveles requeridos para los mismos se alcanzan de forma económica con una iluminación general. Por ello, los alumbrados general localizado y localizado, han quedado limitados a aquellos casos en que los lugares de trabajo, por estar desfavorablemente situados, el alumbrado general no es económicamente aconsejable.