Portada » Historia » La Organización Política Primitiva de Roma: Del Periodo Monárquico a la República
Roma estuvo gobernada por reyes desde su fundación (753) hasta finales del siglo VI (509). La tradición presenta a siete reyes. Al primer rey, Rómulo, se le asigna la creación del consejo de patres, es decir, el más antiguo Senado y la asamblea popular por curias (4 primeros latinosabinos y 3 etruscos).
El consejo senatorial estaba compuesto por cien miembros, que aumentaron hasta los trescientos. Sus integrantes coincidieron con los jefes de las diferentes gens.
Las gens eran los clanes formados por aquellos que reconocen un antepasado común, sus miembros llevan un “apellido” que se anteponía al nombre propio. Sus correspondientes jefes existían desde mucho antes de la fundación de la civitas.
También formaban parte de las gens los clientes, aquellos que debían obediencia a un patrono, al que correspondía un deber de protección respecto a ellos. Esa relación se basaba en las fides (La ley de las XII Tablas recoge la sanción a quien las incumpliese). La clientela debe ser distinguida de la plebe, el cliente formaba parte de la gens.
Con la admisión de los nuevos patres en el Senado, se comenzó a distinguir entre patres mayores y menores. La designación de los miembros de este correspondía al Rey. En cuanto a sus funciones, la asamblea no constituía una limitación al poder del Rey ya que el papel de este era meramente consultivo y de asesoramiento. Su función específica más importante residía en el periodo entre la muerte del rey que habría de sucederle.
La tradición atribuye a Rómulo la división de la población en tres tribus y treinta curias, a razón de diez por cada tribu. Las tres tribus primitivas tenían los nombres de Ramnes, Tities y Luceres. La palabra curia significa “agrupación o reunión de varones”. El origen debió de hacer referencia a las reuniones de las asambleas vecinas.
Los comicios por curias fueron la más antigua asamblea popular romana; eran convocados y presididos por el rey y formaban parte de ellas todos los ciudadanos. Sus funciones eran dos: la adopción de un pater familias por otro con fines sucesorios, el testamento primitivo y la elección de un nuevo rey.
El rey se sitúa en el centro de la vida político-constitucional, se trata de una monarquía en la que no rige el principio hereditario, ni tampoco la elección de un sucesor por parte del reinante.
Cuando el trono quedaba vacante, el poder volvía intermitentemente a los patres, tras un acuerdo entre estos, tenía lugar una votación popular. Tras la ratificación senatorial y la legitimidad de la divinidad, se le asignaban sus competencias.
La presencia del factor religioso no alterará el carácter esencialmente civil que presenta el poder político en la cultura latina. El poder del rey no estaba limitado, dentro de este se distinguían dos esferas: los poderes militares y los políticos y judiciales.
El siglo VI a.C coincide con el apogeo del pueblo etrusco y su dominio sobre Roma, será un periodo de grandes reformas. Estos reyes se sitúan en un periodo de reformas de las instituciones, la organización militar centuriada y la división de las tres antiguas tribus por otras divisiones de carácter territorial más amplia que sería la base de los comicios por tribus. El criterio de distribución de la población distinguió entre los que tenían tierras y la mano de obra para trabajos subordinados.
La reforma militar no alteró la estructura aristocrática del ejército. El mando supremo de este lo mantenía el Rey, mientras que al frente de las infanterías figuraba un magister populi y de la caballería un magister equitium. En ausencia del rey en la civitas, el praefectos Urbi, que administraba la ciudad y que adquirió gran importancia en el plano civil.
La caída del último rey etrusco se fija en el 509, este hecho y el cambio de constitución concurrieron a la instauración de la república hacía el final del siglo VI a.C. Los primeros decenios de la misma resultaron oscuros en cuanto al modo en que la civitas fue gobernada. La hipótesis más probable fue la sustitución del rex por una magistratura doble y anual.
Estos magistrados absolvieron las esferas de poder del rey, aunque la figura de este permaneció en cuanto a lo religioso. Se puede llegar a deducir que el poder dual surgió de un pacto entre facciones rivales.
Algunos de los magistrados máximos fueron de origen plebeyo hasta la consolidación del cambio constitucional cuando la nobleza recupera plenamente el control de la civitas. La tensión entre ambos fue muy grande durante la primera mitad del siglo V a.C. Llegaron incluso a crear un estado dentro del estado, con sus propios dioses, magistrados y su asamblea particular. El origen de la plebe fueron los trabajadores atraídos a la civitas por la economía de esta. No formaban parte de las gens ni se identificaba con los clientes. Los tribunos de la plebe fueron un órgano de protección creado por estos a comienzos del siglo V. Crearon una oposición a la magistratura suprema para proteger a la plebe. Surgió también la figura del edil.