Portada » Historia » La Nueva Derecha y el Estado de Bienestar: Críticas y Alternativas
En los años 70 surge una **nueva derecha** que imputa los contratiempos económicos a supuestas deficiencias estructurales del Estado de bienestar. El paternalismo estatal, la hiperburocratización, el exceso de reglamentación, etc., están asfixiando a la iniciativa privada, destruyendo los incentivos y arrebatando a la sociedad su dinamismo.
Se pueden distinguir dentro de la nueva derecha tres grandes líneas de argumentación:
Existen dos tipos de orden social dentro de la crítica filosófica: el orden espontáneo y autorregulado (*kosmos*) y el orden artificial creado por el hombre (*taxis*). El gran error de los modernos (la «falacia constructivista») estriba en concebir la economía como un orden artificial. El mercado se basa en la colaboración entre sujetos cuyos fines son totalmente heterogéneos.
La función redistributiva del Estado social pretende corregir las injusticias inherentes al mercado, pero calificar como justos o injustos. Motivados por la justicia social, los gobernantes han manipulado y distorsionado el mecanismo de mercado, poniendo en peligro su eficacia. Como alternativa, Hayek propone el retorno a un *laissez faire* sin interferencias. En cuanto a la función asistencial, a menos que la gente aprenda a aceptar que muchas de sus reivindicaciones son injustificadas y que en el mundo el gobierno no puede pagar con la responsabilidad de hacer que las personas vivan mejor o peor.
En la nueva derecha existe la teoría de los derechos subjetivos naturales con énfasis singular sobre el derecho de propiedad. Los derechos individuales son absolutos, ya que definen un espacio social dentro del cual cada hombre es soberano. El Estado social, con su política fiscal agresiva, profana de continuo los patrimonios privados, con el contexto de redistribuir los recursos.
Encontramos un tercer grupo: los utilitaristas (Friedman).
Las políticas keynesianas de gasto público, al incrementar la masa monetaria en circulación, son responsables de la inflación en países occidentales. Por otra parte, la idea keynesiana según la cual el equilibrio presupuestario no es una condición esencial para la salud de la economía ha dado lugar a déficits agobiantes.
Si se quiere revitalizar la economía, debe comenzarse por bajar los impuestos, con esto se conseguirá la reanimación de la inversión y el afloramiento de la «economía sumergida» y la disminución del fraude fiscal y de la evasión de capitales. Además, se debe procurar restablecer el equilibrio del presupuesto, lo cual exigirá un recorte de gastos estatales. Conclusión: El estado de bienestar es un Estado sobrecargado y sobredimensionado con tendencia a la hipertrofia: de electoralismo y de electorado; de burocracia. Por último, hipertrofia de reivindicaciones y expectativas, en la que la actitud de los partidos y la tendencia burocrática desembocan en una sobrecarga del Estado. Por otro lado, ha fracasado en el logro de los objetivos que en un principio le dieron sentido: ineficacia, despilfarro.
Las circunstancias sociales, políticas y económicas del período de entreguerras contribuyeron a que los programas de reforma social alcanzasen una concreción mayor.
Ciertas experiencias históricas como la República de Weimar, la política sueca de los años 30, el New Deal norteamericano y la política de los Frentes Populares suelen citarse entre los ejemplos más conocidos del Estado de Bienestar.
Los acontecimientos revolucionarios desencadenados en Alemania desde 1918 condujeron al establecimiento de un nuevo régimen en ciertos aspectos por su dimensión social. El texto constitucional de la República de Weimar marca un giro en la historia del constitucionalismo liberal debido a sus contenidos económicos y sociales. Desde el punto de vista económico contiene lo que con posterioridad se denominaría «constitución económica»; la dimensión social se concreta en los reconocimientos de los llamados derechos económicos y sociales, algunos de los cuales plantean límites a la libertad de empresa y de contratación.
La política sueca de los años 30 constituye un claro exponente del Estado de bienestar. El panorama del movimiento obrero en este país difiere en ciertos aspectos del de otros lugares. Desde sus orígenes se caracterizó por su unidad y moderación, situación que contribuyó a que Suecia fuera pionera en la construcción de este modelo estatal. En las elecciones del 32 obtuvo el triunfo el partido socialdemócrata. La política que desarrolló en esos años de crisis se orientó a estimular la economía mediante el crecimiento del gasto público. Su programa contemplaba la creación de trabajos públicos como medio de combatir el paro, el sostenimiento de la agricultura y la expansión financiera. Una particularidad que ofrece el caso sueco es la forma en la que se encauzaron los conflictos laborales. Prueba de la colaboración entre trabajadores y empresarios fueron los acuerdos de Saltsjöbaden.
El programa aplicado por el presidente Roosevelt en los años 30 constituye una experiencia más de la intervención iniciada por el Estado en la economía. Entre las causas que motivaron la puesta en marcha del New Deal destacan las circunstancias económicas que originaron la crisis del 29. La política de Roosevelt supuso un cambio de la relación que hasta entonces había existido entre el Estado y la economía.
Se fundamentó en tres leyes en una primera etapa (los «cien días») para superar los problemas más urgentes: la Tennessee Valley Authority que trató de establecer una planificación regional; la Agricultural Adjustment Act que tenía por objetivo controlar la producción agrícola a fin de influir en la subida de los precios en este sector; y la National Industrial Recovery Act cuyo objetivo fue combatir ciertas prácticas de competencia desleal.
En una segunda etapa, a partir de enero del 35, se hicieron reformas encaminadas a fortalecer la posición de los trabajadores y campesinos mediante la creación de una amplia gama de instituciones públicas: National Labor Relation Act que regulaba ciertos aspectos de las relaciones laborales, y la Social Security Act que reconoció las pensiones de vejez y desempleo.