Portada » Ciencias sociales » Intervención con familias y atención a menores en riesgo social
-en este contexto se crea el plan valenciano de inmigración, que tiene por objetivo el desarrollo de programas y medidas para la promoción de la integración. A continuación recogemos los más significativos respecto al menor extranjero;
En el área social, familiar y del menor, donde se desarrolla el programa denominado Acceso de las familias inmigrantes a los servicios comunitarios, donde se establecen itinerarios de atención e información social en los municipios cercanos.- el programa de atención y tutela a los menores extranjeros en situación de desampara, donde se establecen plazas suficientes en los centros y pisos tutelados, concesión de subvenciones para gestionar programas o actividades dirigidos a los menores extranjeros, solicitar la regulación de estos y coordinarse con las instituciones que están implicadas en la acogida o tutela del menor.- el programa para la mejora de las condiciones sociales y de salud de las mujeres y menores inmigrantes victimas de violencia o de explotación, proporcionando ayuda psicológica, social y ofreciendo colaboración con las instituciones que tienen acciones de reinserción.-el programa de formación específica sobre atención de inmigrantes, con la inclusión de módulos formativos sobre interculturalidad y de atención al colectivo inmigrante en las admi públicas.-en el área de educación se ha elaborado el plan inicial para la atención educativa al alumnado inmigrante, con el fin de preparar al alumnado inmigrante como el español para vivir en una sociedad diversificada cultural y lingüísticamente.-en el área de cultura se desarrolla el programa de integración educativa y social, potenciando la integración del menor inmigrante, orientar a los centros para que atiendan las necesidades educativas de este colectivo, fomentar las actividades lúdicas-sociales para este colectivo,etc.-el programa de difusión intercultural para alumnos en edad escolar, familiares y sociedad valenciana en general, con acciones divulgativas dirigidas a fomentar el conocimiento intercultural como medio de favorecer la integración social.-el programa de formación del profesorado, con acciones formativas para enriquecer el circulo intercultural.-el programa de educación intercultural, con acciones que desarrollen la dimensión intercultural en la escuela, y que faciliten al alumnado la adquisición de competencias comunicativas interculturales.- y finalmente el programa de compensación educativa, con acciones que permitan prevenir y compensar las desigualdades derivadas del retraso en la escolarización o desconocimiento del idioma.-en definitiva este plan tiene como objeto la integración, la potenciación al máximo de la educación integral del menor, el desarrollo de su personalidad y su autonomía en la cv, favoreciendo el pluralismo y aumentando las oportunidades vitales del menor, así como promover una cultura de la inmigración en los ciudadanos extranjeros y en los nacionales.–la necesidad de reflexionar sobre los retos pendientes y la necesidad de seguir velando cumplimiento pleno de los derechos de estos menores:- El fenómeno de la inmigración es una realidad imparable y cambiante: Tanto la legislación migratoria como la de protección de menores deben adaptarse a esta nueva realidad, considerando muy especialmente las necesidades de estos menores y sus contextos.- Menores, antes que extranjeros: Un niño es un niño en cualquier lugar del mundo e, independientemente de su documentación o situación legal, le amparan todos los derechos de la Convención sobre los Derechos del Niño.- Es necesario fomentar y hacer más efectiva la coordinación interterritorial y entre instituciones- Protección del menor: revisión de los precedimientos de tutela, repatriación y de autorización de residencia temporal.- Asistencia letrada: Esta asistencia letrada deberá garantizarse en cualquier procedimiento que conduzca a tomar una decisión que afecte de manera directa a sus intereses personales.- Educación: En general, el fracaso escolar es mayor entre el colectivo de niños y niñas de origen inmigrante, y sus expectativas de estudios y empleo están por debajo de las de sus compañeros de origen español.- Integración: La integración de los menores extranjeros constituye un elemento clave para garantizar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como el correcto funcionamiento de una sociedad.- Recursos y responsabilidades: Resulta imprescindible garantizar que existen los procedimientos adecuados para ofrecer a la sociedad información clara acerca del reparto de responsabilidades, transparencia en la rendición de cuentas y rigor en la aplicación de los procedimientos.
En el art 49 de la constitución Española se afirma respecto de los niños, sin distinción por su condición de nacional o extranjero, que deben gozar de la protección prevista en los tratados internacionales, tb en la convención de los derechos del niño 1989.- si bien el camino por recorrer para dar efectividad a los derechos de todos los niños recogidos en la convención todavía no se ha agotado, sabemos que este objetivo se encuentra un poco más lejano para los niños de origen extranjero.- cuestiones tan especificas como la no- discriminación, el respeto a la identidad y culturas propias y la adecuación de las diversas prácticas educativas o sanitarias entre otros, son desafíos vinculados a esta presencia de niños e hijos emigrantes o de emigrantes en la sociedad Castellonense.-para hacer más efectiva la atención al menor extranjero hay que conocer cual es la cultura de origen, que hasta el momento ha intervenido en su desarrollo. Esto nos proporciona información que facilitara los procesos de integración.-al tratar el tema de la atención e integración del menor específica en materia de inmigración. En este sentido la norma fundamental es la ley
4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, la cual ha sufrido modificaciones posteriores, ley 11/2003, medidas concretas seguridad y violencia domestica e integración social de los emigrantes, ley 14/2003, reforma de la ley 4/2000. así como el real decreto 2393/2004, donde se aprueba el reglamento de la ley fundamental.-en cuanto a la atención directa, las leyes y reglamentos dictan que todos los menores extranjeros que se encuentran en España tienen derecho a la asistencia sanitaria sin ningún tipo de traba adicional, en las mismas condiciones que los Españoles.- respecto del ámbito laboral, tienen el derecho a ejercer una actividad remunerada, siempre que sean mayores de 16 años, así como el acceso a la seguridad social(con autorización administrativa para trabajar). Tb la constitución e equipara el derecho y deber a la enseñanza básica de los menores inmigrantes con los menores españoles, debiendo ser todos educados en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.-tienen derecho a la inserción social adoptando las medidas de protección establecidas legalmente(decreto 93/2001), a través de alguna de las modalidades de acogimiento, siempre que el menor no tenga acompañante o tutor, que son los menores indocumentados a los que se les realizan las pruebas pertinentes para determinar la edad, tras ello se decide la medida a aplicar.-finalmente destacar que los menores extranjeros tienen derecho al acceso a todos los demás servicios públicos: atención psicológica, asistencia de interpretes, acceso a programas de ocio, asesoramiento especializado, en definitiva todos los derechos y libertades reconocidos en la constitución y en sus leyes de desarrollo, en los términos establecidos en la ley de extranjería.- las instituciones y organismos que velan por el cumplimiento de estos derechos y los promocionan son:-en primer lugar la fiscalía de menores;es la encargada de determinar y supervisar la tutela, acogimiento y guarda de los menores extranjeros.-la delegación del gobierno; a través de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, se encargan de la identificación, traslados y acompañamiento del menor, en caso de ser necesario(autonómica).-el departamento de extranjería y documentación, otorga la documentación al menor tutelado públicamente y tramitan el expediente de repatriación si procede.- la conselleria de bienestar social; se encarga de coordinar y ejercer con máxima eficacia posible las funciones de protección y tutela que tiene asignadas, prestar atención y protección a los menores extranjeros, otorgar documentación a los menores, y si fuera necesario colabora en la repatriación.-la conselleria de sanidad; realizar las pruebas necesarias para determinar la edad del menor y prestar la asistencia necesaria.-teniendo en cuenta que en la cv la prioridad de la política de inmigración debe situarse en los procesos de integración, ésta implica convivencia, igualdad de oportunidades y mutuo respeto a las creencias, culturas y concepciones de vida, no va a ser posible desarrollar todas las posibilidades pero si eliminar obstáculos para el pleno ejercicio de los derechos de los inmigrantes.