Portada » Derecho » Integración Económica en la Unión Europea: Fases, Mercado Interior y Ampliaciones
La integración económica entre países puede adoptar diversas formas, cada una con un grado creciente de unificación. En el contexto de la Unión Europea, se pueden identificar las siguientes fases:
Supone la eliminación de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a las exportaciones e importaciones comerciales de los productos que son originarios de los Estados miembros de la zona. Cada uno de los Estados mantiene su propia política arancelaria con respecto a terceros Estados.
En esta fase, cada uno de los Estados miembros de la unión elimina los obstáculos arancelarios y no arancelarios en relación con el comercio de los productos entre los Estados miembros, al igual que en la zona de libre comercio. Además, se establece un arancel exterior común. Por tanto, los productos provenientes de terceros Estados pagan el mismo arancel, independientemente del Estado de la unión por el que se introduzca la mercancía.
Implica una liberalización de todos los factores de producción. Por tanto, implica la liberalización efectiva tanto de las mercancías, como de las personas, los servicios y los capitales.
En esta fase, además de la liberalización efectiva de todos los factores de producción, se unifican las políticas económicas y monetarias de los Estados, completando el proceso de integración económica.
El concepto de mercado interior fue acuñado por el Derecho comunitario (o Derecho de la Unión Europea) e introducido por el Acta Única Europea. El artículo 26.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece: «El mercado interior implicará un espacio sin fronteras interiores, en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales estará garantizada de acuerdo con las disposiciones de los Tratados».
Este concepto de mercado interior coincide básicamente con el de mercado común, aunque es más profundo, porque conlleva la eliminación de las fronteras físicas entre los Estados.
La clave de la definición de mercado interior es el «espacio sin fronteras interiores».
Consiste en la posibilidad que tienen los nacionales de los Estados miembros para desplazarse a otro Estado miembro con el objeto de realizar una actividad económica asalariada o por cuenta ajena.
Es aplicable a personas físicas y jurídicas. Supone que, en el ámbito de la Unión Europea, los nacionales de los Estados miembros tienen la posibilidad de instalarse sobre el territorio de cualquier otro Estado miembro, en las mismas condiciones que sus propios nacionales, para ejercer allí una actividad económica no asalariada.
Implica que todas las personas físicas o jurídicas, que ya están establecidas en un Estado de la Unión (que puede ser el suyo propio), puedan realizar la actividad no asalariada objeto de su establecimiento en el territorio de cualquier otro Estado miembro, y en las mismas condiciones que sus nacionales, sin tener instalación permanente, a estos efectos, en dicho Estado.
Actualmente, los 19 Estados miembros de la UE que tienen como moneda el euro son:
Los 9 Estados miembros que conservan sus monedas nacionales son:
Actualmente, hay 28 Estados miembros de la UE. Sin embargo, el Reino Unido está en proceso de retirada, por lo que, en breve, el número de Estados miembros será de 27.
Los 6 Estados fundadores de las CCEE son:
Hasta la fecha, se han adherido 22 Estados repartidos en 7 ampliaciones. De estas 7 ampliaciones, las 3 primeras adhesiones fueron a las CCEE y las 4 últimas a la UE.
Resumen de las ampliaciones:
Actualmente, 5 Estados no miembros de la UE tienen estatus oficial de candidatos a la adhesión: