*3 fase: 1812-1814 derrota del invasor. Se inicia cuando Napoleón se ve obligado a retirar de España parte de sus tropas para unir las a la campaña contra Rusia. 1812 un ejército británico dirigido por Wellington en Portugal comenzó una larga ofensiva contra los ejércitos franceses y tras la victoria de Arapiles ocupa Madrid. Tras las derrotas francesas que Armeé que consigue la expulsión de España de los franceses. 1813 afirma el Tratado d Valencay reconociendo a Fernando 7 como rey de España. Consecuencias d la Guerra: fue un desastre terrible para España, miles de muertos y heridos, las destrucciones fueron enormes y causaron hambre, epidemias, la ruina de agricultura y la ganadería, la paralización del comercio y la industria. Los españoles se acostumbraron a resolver sus conflictos por la violencia. La guerrilla popular fue una auténtica escuela de rebelión colectiva. Revolucion politica: revolución liberal, el Consejo de Regencia convocará los Cortes Generales, con el objetivo de redactar una constitución. Se acabarán con las bases del Antiguo Régimen y se establecerá un nuevo sistema liberal basado en la soberanía nacional, monarquía constitucional, división de poderes y establecimiento de una sociedad de clases donde se reconocían derechos y libertades individuales. Decretos de abolición del antiguo régimen: * decreto de libertad de imprenta, se suprimía la censura. * decreto de abolición de los señoríos jurisdiccionales, se suprimían los derechos feudales y se les reconoció la propiedad de las tierras. * decreto de abolición de la Inquisición 1813. * un decreto de abolición de los diezmos. * decreto de abolición de los derechos d la Mesta. * establecimiento de la libertad económica, comercial y d la fabricación. Nollegaron a aplicarse debido a la guerra y a los cambios políticos posteriores. Constitucion d 1812: 19 de marzo 1812 aprobaron una Constitución, la primera de España, recogiendo los principios fundamentales dl liberalismo bajo un Estado unitario con estrura muy sencilla.. Soberanía nacional, la autoridad suprema reside en el conjunto de la nación representada en las Cortes..; Monarquía constitucional..; División de poderes: * poder legislativo (corresponde a las cortes con el rey, son unicameral es y gozan de amplios poderes; rey sólo puede sancionar las y prolongarlas,, el monarca podía temporalmente vetar la promulgación de una ley. Los diputados se elegían por sufragio General masculino muy amplio de indirecto, donde se le querían la condición de propietario, sufragio censitario.) * poder ejecutivo: (no tenía en cómo se acabó con el concepto patrimonial de la monarquía al establecerse que la nación española es libre e independiente, una serie de limitaciones a la libertad de acción de monarcas sin el consentimiento de las Cortes.) * poder judicial: (reside en los tribunales de justicia independientes)..; Reconocimiento de derechos individuales y colectivos, igualdad ante ley..; Igualdad ante el físico..; Educación primaria pública y obligatoria..; Creación de una milicia nacional..; Mercado libre de aduanas. Toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz será anulada al regreso de Fernando 7 durante el Trienio Liberal 1820-1823. Las cortes de Cádiz: si iniciar una auténtica revolución política, revolución liberal y burguesa, por la sociedad k pretende modernizar el país acabando con el antiguo régimen e instalando nuevos principios liberales de la revolución francesa. Ausencia del monarca y la negativa de muchos españoles a obedecer a José 1, crearon un vacío de poder k se organizaron en juntas locales. La necesidad de coordinación d la distintas juntas crearon una Junta Suprema Central, dirigiendo la guerra contra los franceses y el gobierno del país en ausencia del rey Fernando 7. La junta suprema central en Aranjuez, con su primer presidente, conde de Floridablanca, aunque la figura más representativa será Jovellanos. 1810 la junta suprema central traspasó a sus poderes a un consejo de regencia formando por 5 miembros muy conservadores inicialmente en partidarios de la nueva factoría de Cortes, pero en Cádiz había una nutrida burguesía mercantil y una colonia de comerciantes extranjeros, se refugiaron muchos burgueses liberales, funcionarios ilustrados que fueron de las son los franceses. Constituyó a la convocatoria a Cortes fue la noticia del establecimiento de poderes locales en distintas ciudades americanas que ponían en peligro la ciudad del imperio español. Discrepancias sobre el tipo de Cortes y sus funciones, ganan la tendencia liberal y se reúnen una única asamblea en presentación de la nación, donde cada diputado le correspondía un botón cuyo Valor era igual que el de cualquier otro diputado. Se reconocía a las Cortes el poder constituyente, el poder formular o una constitución. Tentencias políticas en las cortes de Cádiz: la elección de los diputados de cada provincia se realizó mediante el voto entre los varones mayores de 25 años. Las dificultades de la guerra determinaron en cierto aspecto la composición de las Cortes. Muchas provincias ocupadas por los franceses buscaron suplentes en Cádiz, el ambiente federal propició que la mayoría de los diputados pertenecieran a la burguesía liberal aunque también había muchos eclesiásticos y algunos nobles. No hubo representantes de las clases populares, las mujeres, etc. Surgieron tres grandes tendencias de la cámara: *los liberales, partidarios de reformas revolucionarias, inspiradas en los principios de la revolución francesa. Defensores de la soberanía nacional, acabando con los privilegios y el antiguo régimen quedando aprobar una Constitución siendo el Ej de la constitución francesa 1791 donde acabaron triunfando. * absolutistas, partidarios de mantener el antiguo régimen y la soberanía exclusiva del rey, del que emanarían todos los poderes. * jovellanistas: at los herederos de la Ilustración y de la idea de hacer las reformas desde arriba, defendían la idea de una soberanía compartida entre el rey y en las Cortes. La obra de las Cortes de Cádiz se orientó a poner fin a los fundamentos del Antiguo Régimen mediante la promulgación de una serie de decretos y la aprobación de la constitución de 1812.