Portada » Economía » Impuestos Clave para Empresas: IVA, IS, IRPF e IAE
Al comenzar la actividad empresarial y durante su desarrollo, la empresa se vincula a la Agencia Tributaria, lo que implica una serie de obligaciones periódicas, principalmente relacionadas con el pago de impuestos.
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios, aplicándose a:
Algunas actividades están exentas de IVA, como servicios médicos, sanitarios, académicos, seguros, loterías y apuestas del estado.
Los comerciantes minoristas (al menos el 80% de sus ventas al por menor) están sujetos al IVA y al Recargo de Equivalencia, lo que les exime de obligaciones administrativas del impuesto. Se calcula sobre la base imponible del IVA, pero las cuotas se obtienen de forma separada.
La liquidación del IVA se realiza trimestralmente. Se distingue entre:
Si el IVA repercutido es mayor que el IVA soportado, la diferencia se debe ingresar. Si es menor, la diferencia se puede devolver o compensar en futuras liquidaciones.
El IS grava los beneficios obtenidos por la actividad económica de las empresas con forma jurídica de Sociedad Anónima, Limitada, Cooperativa, Laboral, Colectiva o Comanditaria. Las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles tributan por IRPF.
El tipo general del IS es del 30% sobre el beneficio del ejercicio económico. Sin embargo, existen tipos reducidos para empresas de menor tamaño:
Para empresas con un importe neto de cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y una plantilla media inferior a 25 empleados:
Para empresas con un importe neto de cifra de negocios entre 5 y 10 millones de euros:
El IRPF grava las rentas anuales de las personas físicas, incluyendo empresarios individuales, Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles.
Los empresarios deben llevar obligatoriamente:
Régimen de estimación objetiva: Aplicable a actividades indicadas por el Ministerio de Hacienda, con beneficios atribuidos según módulos de rendimiento.
El IAE es un impuesto directo gestionado por los ayuntamientos que grava la realización de cualquier actividad económica, independientemente del balance de la actividad. Se devenga por el mero ejercicio de la actividad, no por los resultados.
Están exentos del pago del IAE: