Portada » Economía » Impuesto sobre Sociedades: Fundamentos y Aplicación Práctica
Es un tributo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas establecidas en la ley. Este impuesto tiene carácter directo y personal:
Se aplicará en todo el territorio español, con excepción de los territorios de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, donde existen regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico, por lo que estas comunidades pueden gestionar y recaudar sus impuestos.
A efectos de este impuesto, es la obtención de renta por el sujeto pasivo, cualquiera que fuese su fuente u origen.
Aquellas en las que concurra alguno de los siguientes requisitos:
El periodo impositivo coincidirá con el ejercicio económico de la entidad y el impuesto se devengará el último día de este periodo, que no excederá de 12 meses. Concluirá:
La presentación de la declaración deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
Las diferencias permanentes son aquellas que no revierten en periodos siguientes, como por ejemplo las multas, sanciones, etc. Por ejemplo, una multa que contablemente se ha tenido en cuenta, pero fiscalmente no es deducible, la diferencia de criterios dará lugar a una diferencia permanente, siempre que el resultado sea positivo; en caso contrario, sería una diferencia de signo negativo.
Las circunstancias que permiten la deducibilidad de las pérdidas por deterioro son: