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La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en lo sucesivo
CRBV, en su artículo 87 establece expresamente la obligación del Estado
Venezolano de “…adoptar medidas y crear instituciones que permitan el control y
La promoción” de las condiciones de trabajo, es decir, tiene el deber de
Establecer los procedimientos y mecanismos apropiados para velar por el
Cumplimiento de las normativas laborales que regulen las condiciones de
Trabajo.
Es el encargado de la
Gestión de las políticas del poder Ejecutivo Nacional en materia de relaciones laborales, empleo y
seguridad
Social. Propone, diseña, elabora, administra y fiscaliza las
Políticas para todas las áreas del trabajo, del empleo y las relaciones
Laborales, la capacitación laboral y la seguridad social.
·Propiciar
Un nuevo modelo de gestión en las entidades de trabajo que garantice la
Estabilidad del proceso social nacional de trabajo y su sustentabilidad en la
Retornabilidad social.
·Desarrollar
La conciencia de clase de la clase obrera, su conciencia social, su formación
Integral y su compromiso consciente con el plan socialista de desarrollo
Económico y social de la nacíón.
·Asegurar
Con calidad y eficacia revolucionaria de las instituciones, junto a los
Trabajadores y trabajadores, la salud y la seguridad en el proceso social
Nacional de trabajo.
El Instituto Nacional
De Prevención, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autónomo adscrito
Al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, creado según
Lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones
Y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en el año 1986. Permitirá el diseño y
Ejecución de la política nacional en materia de prevención, salud y seguridad
Laborales y la construcción de un sistema público de inspección y vigilancia de
Condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras.
Garantizar
A los trabajadores y trabajadoras sujetos a la aplicación del régimen
Prestacional, la salud y la seguridad laboral en un ambiente de trabajo
Adecuado y propicio para el pleno desarrollo de sus facultades físicas y
Mentales cumpliendo con la normativa legal existente sobre la materia.
Ejercer
La rectoría de la salud y la seguridad laboral de todas las trabajadoras y
Trabajadores, a través de la prevención de riesgos, el análisis de las
Condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, reconocida por su capacidad
Técnica y calidad del servicio.
§Vigilar y
Fiscalizar el cumplimiento de las normas en materia de salud ocupacional.
§Brindar
Asistencia técnica a los trabajadores y empleadores.
§
Funciones
Asignadas por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo y la Ley de Sistema de Seguridad Social.
El 9 de Octubre
De 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social, con la puesta en
Funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos de enfermedades,
Maternidad, accidentes y patologías por accidentes, según lo establecido en el
Reglamento General de la ley del Seguro Social Obligatorio, del 19 de Febrero
De 1944. En 1946 se reformula esta Ley, dando origen a la creación del
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad
Jurídica y patrimonio propio. Con la intención de adaptar el Instituto a los
Cambios que se verificaban en esa época, el 5 de Octubre de 1951 se deroga la
Ley que creaba el Instituto Central de los Seguros Sociales y se sustituye por
El estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio.
Brindar protección de
La Seguridad Social a todos los beneficiarios en las contingencias de
Maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad,
Invalidez, nupcias, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso, de manera
Oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, dentro del marco
Legal que lo regula.
Avanza hacia la
Conformación de la nueva estructura de la sociedad, garantizando el
Cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los
Habitantes del país.
·Garantizar
A la población económicamente activa (ocupada) y a los grupos más vulnerables
La afiliación al Seguro Social.
·Garantizar
A la población afiliada al Seguro Social, el otorgamiento de las prestaciones
Dinerarias a corto y largo plazo.
·Garantizar
Atención médica integral a toda la población; a través de los Establecimientos
De Salud adscritos al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales,
Contribuyendo al fortalecimiento del Sistema Público Nacional de Salud.