Portada » Economía » Hacienda Pública: Economía del Sector Público
En las sociedades actuales, los agentes sociales adoptan sus decisiones económicas basándose en dos criterios: el mercado y la autoridad. Estos criterios permiten diferenciar entre la economía privada y la economía pública.
En la economía privada, las decisiones se toman de forma descentralizada, de acuerdo con los principios del mercado:
La Hacienda Pública y la Economía Pública no son sinónimos. La Hacienda Pública es una parte de la Economía Pública. Su campo de estudio se centra en el contenido, las causas y los efectos de los programas de ingresos y gastos públicos.
El sector público en sentido estricto abarca las unidades institucionales cuyas decisiones son tomadas por una autoridad e impuestas coactivamente. Su función principal es producir bienes y servicios no destinados a la venta y realizar operaciones de redistribución de renta y riqueza. Sus recursos provienen de pagos obligatorios.
El sector público en sentido estricto produce bienes y servicios no destinados a la venta. En sentido amplio, se aplican los principios del mercado en la toma de decisiones económicas.
La función principal de las Administraciones Públicas es producir bienes y servicios colectivos no destinados a la venta y realizar operaciones de redistribución de renta y riqueza. Sus recursos provienen de pagos obligatorios.
Los recursos de las Administraciones Públicas provienen de los pagos obligatorios de otras unidades y sectores del sistema.
La carga impositiva individual se define mediante tres fórmulas:
Las finalidades sociales básicas son:
Un bien genera efectos externos cuando su producción o consumo afecta a otros agentes sin reflejo en el precio de mercado.
La intervención pública se justifica cuando el mercado no ajusta las preferencias individuales con las condiciones de producción, generando producciones de equilibrio insuficientes o sobreabundantes.
La intervención pública se justifica para restringir la provisión de bienes con externalidades negativas, corrigiendo las fallas del mercado.
Las necesidades preferentes se satisfacen con bienes rivales y excluibles mediante precio, donde el mercado puede alcanzar una provisión óptima.
La intervención pública es necesaria en sectores con rendimientos a escala crecientes, como los de abastecimiento básico, que requieren grandes inversiones iniciales.
La distribución funcional de la renta se refiere a la asignación del resultado del proceso productivo entre los factores que intervienen (trabajo, capital, etc.).
La distribución intergeneracional se refiere al reparto de la renta entre miembros de una misma generación. La intrageneracional se refiere al reparto entre varias generaciones.
Duración total: 3 años
Si el Parlamento rechaza el presupuesto, se devuelve al Ejecutivo para su revisión. Se prorroga el anterior presupuesto.
El principio de equilibrio presupuestario anual establece que los gastos deben financiarse con ingresos ordinarios.
Las partidas presupuestarias deben aparecer por su valor bruto, sin minoraciones.
Existen tres tipos de control presupuestario:
El presupuesto obliga al Gobierno y a la Administración, tanto política como jurídicamente.
El Parlamento libera al Ejecutivo de su mandato tras la rendición de cuentas sobre la ejecución del presupuesto.
Capacidad económica que se pretende gravar.
Conjunto de circunstancias que dan lugar a la obligación impositiva.
Enunciado de los supuestos de sujeción al impuesto.
Mención expresa de los actos no sujetos al impuesto.
La no sujeción se refiere a actos fuera del objeto imponible. La exención se refiere a actos dentro del objeto imponible pero exonerados de tributación.
El contribuyente soporta la carga económica. El sujeto pasivo asume las obligaciones formales (declaraciones, etc.).
Cuantificación del hecho imponible.
Característica de impuestos ad valorem donde el ritmo de aumento de los tipos impositivos es superior al de las bases.
Índice que mide la sensibilidad de la recaudación respecto a las variaciones de la base imponible.
El sistema tributario debe obtener ingresos de todas las categorías económicas posibles.
El sistema tributario debe ser homogéneo, evitando superposiciones y lagunas.
Las normas tributarias deben perdurar en el tiempo, evitando modificaciones frecuentes.
Las normas tributarias deben ser claras, evitando dudas y arbitrariedades.
Los impuestos periódicos tienen un hecho imponible recurrente. Los accidentales, ocasional.
Contribución proporcional al beneficio recibido de las actividades públicas.
Modificaciones en la renta real y los precios relativos como consecuencia de una alteración impositiva.
Primera etapa de la cadena de reacciones tras el establecimiento del impuesto. Se refiere a los efectos sobre los sujetos pasivos.
Mide los cambios en la distribución de la renta real, suponiendo la constancia de otras variables presupuestarias.
Mide las alteraciones en la distribución de la renta considerando el efecto combinado de una alteración impositiva y una alteración en el gasto público de signo contrario.
Estudia los efectos redistributivos sobre los componentes de la renta (salarios, beneficios, etc.).
Redistribución de la carga del impuesto entre los agentes de forma distinta a la prevista inicialmente.
La carga de un impuesto se reparte según la proporción entre las elasticidades de oferta y demanda.
Impuesto directo, personal, general, subjetivo y recurrente que grava la renta neta.
Renta cuya cuantía exacta se conoce con certeza. Se periodifica para el cálculo del impuesto, generalmente en el año natural.
Variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente. Se calcula como la diferencia entre el valor de enajenación y el de adquisición.
Características:
Clases (según efectividad):
Clases (según naturaleza):
Las ganancias de capital son variaciones en el valor del patrimonio, mientras que los rendimientos irregulares son rentas no periódicas pero que no provienen de la variación del valor de un activo.
Rentas obtenidas por personas físicas residentes, incluyendo rentas nacionales y mundiales.
Rendimiento: producto o utilidad en relación con el coste. Ingreso: entrada de una cantidad en posesión de alguien. El gasto es el elemento diferenciador.
Impuesto directo, personal, general y periódico que grava la renta de personas jurídicas y otras entidades.
El IS aspira a ser general en objeto y sujeto pasivo, aunque la generalidad del sujeto pasivo es discutible por los requisitos para ser sujeto pasivo.
El IS es personal porque considera la capacidad económica de las personas jurídicas, manifestada en el beneficio contable-fiscal.
Diferencia entre el valor de la producción y el coste de los factores, a valores de mercado.
Renta residual para los accionistas, calculada con precios históricos y criterios contables.
El beneficio económico se basa en valores de mercado. El beneficio contable-tributario se basa en precios históricos y criterios contables.
Los beneficios repartidos por las sociedades pueden gravarse doblemente (IRPF e IS), generando discriminación.
Discriminación fiscal entre rentas de actividad económica individual (IRPF progresivo) y rentas de entidades (IS proporcional).
El socio integra el dividendo en su IRPF. La tributación del beneficio no distribuido se posterga a la enajenación de las participaciones.
Limita la doble imposición operando en el IS o en el IRPF.
El beneficio se grava en el IS. El dividendo está exento en el IRPF.
Operaciones entre un socio y la sociedad o entre entidades de un mismo grupo.
Precio en operaciones entre entidades de un mismo grupo, especialmente en contextos internacionales.
Impuesto personal, general y periódico que grava la tenencia de patrimonio neto. Suele ser complementario del IRPF.
Impuesto real que grava el patrimonio neto en transmisiones hereditarias.
Impuesto personal y ocasional que grava el patrimonio neto adquirido por herencia o donación.
Impuesto real que grava el valor bruto de elementos patrimoniales en transmisiones onerosas.
Impuesto real, periódico y parcial que grava el valor bruto de elementos patrimoniales, generalmente inmuebles.
Impuesto real y ocasional que grava el incremento de valor neto de determinados elementos patrimoniales.
Impuesto personal y ocasional que grava el patrimonio neto total, no complementario del IRPF.
Valor de la cualificación profesional y la capacidad para el trabajo. Se puede calcular actualizando los ingresos futuros por trabajo.
El impuesto sobre las porciones es más equitativo al ser progresivo y considerar el grado de parentesco.
A igualdad de masa hereditaria, el impuesto sobre el caudal relicto es mejor para la administración al gravar la totalidad del patrimonio transmitido.
El impuesto sobre las porciones favorece la dispersión del patrimonio, aumentando la equidad general.
Valor de cambio/mercado del elemento transmitido.
Grava el consumo en operaciones mercantiles y civiles.
Carece de efectos sobre el comportamiento económico al no ser continuada. Su elevada carga fiscal puede forzar la enajenación de patrimonio, provocando descensos en los precios.
Los monofásicos gravan una sola vez. Los plurifásicos gravan en cascada, generando el efecto piramidación.
El impuesto se superpone al precio en cada fase, incrementando el margen de beneficio y el precio final.
Los impuestos indirectos se aplican en el país de consumo.
Los impuestos indirectos se aplican en el país de producción.
No se repercute IVA, pero se puede deducir el IVA soportado.
No se repercute ni se deduce IVA.
Se deduce el IVA soportado en proporción a las operaciones con derecho a deducción.
Impuesto cuya recaudación se destina a una finalidad específica.
Deducción del IVA soportado en proporción a las operaciones con derecho a deducción.
Tributo por la utilización de un dominio público o la prestación de un servicio público.
Tributo por los beneficios obtenidos por mejoras públicas en la propiedad inmueble.
Ver definiciones anteriores.
El impuesto no tiene contraprestación directa. La contribución especial sí.
La tasa tiene contraprestación directa. El impuesto no.
La tasa es un tributo coactivo. El precio público es voluntario.
Contrato unilateral donde el Estado recibe dinero a cambio de intereses y devolución del principal.
Precio de emisión mayor que el valor nominal.
Valor resultante de capitalizar el interés de la deuda emitida bajo la par.
Emisión de nueva deuda para devolver deuda anterior sin aumentar la imposición.
La consolidación mantiene la posición deudora. La conversión modifica las condiciones de la deuda.