Art. 5cc En dº civil, se cuanta por días naturales, y el plazo empieza a contar a partir del día siguiente Art. 2.7 L Hip : …Y cualesquiera otros dºs reales. Art. 7 del reglamento …Sin tener nombre propio en dº.– Hdez. Gil señala respecto al art. 2.7LH k se refiere n
Servidumbre La servidumbre es un gravamen real sobre una finca o parte de ella por razón de una persona determinada (servidumbres personales) o de la situación geográfica de otra finca para cuyo beneficio se constituyen (servidumbres prediales). Las servidumbres están compuestas por t
Usufructo Se define en todos lados igual y está vigente aún en el Código Civil: usus fructus est ius alienus rebus utendi et fruendi salva rerum susbtantia. (El usufructo es el derecho sobre cosa ajena para usar y obtener los frutos salvando la sustancia).Los juristas califican el us