TEMA-4 CONCEPTO Y FUNDAMENTO: SEGÚN EL ART. 117.5 CE, EL PRINCIPIO DE UNIDAD JURISDICCIONAL ES LA BASE DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES. LA POTESTAD ES ENCOMENDADA EXCLUSIVAMENTE A JUECES Y MAGISTRADOS, INTEGRANTES DEL PODER JUDICIAL.LAS JURISDICCIONES ESPECIALES
4. Los principios políticos del Poder Judicial -Principio de unidad: Artículo 117.5 CE y 3.1 LOPJ La jurisdicción es el poder el Estado y emana directamente de la soberanía popular. Como España es un Estado unitario sólo existe una soberanía popular, y, en consecuencia, sólo puede exi