Teoría de la División de Poderes La Constitución establece la división de poderes en: Ejecutivo: Gobierno y Administración del Estado. Legislativo: Congreso y Senado (Cortes Generales). Judicial: Jueces y Magistrados. Funciones de los Poderes del Estado Ejecutivo: Gestiona directament
3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que disponga