Lafianza;1.garantias dl credito: (Art. 1911).Las garantías específicas “refuerzan” el derecho del acreedor. Clases:-Garantías reales –Hipoteca:Mobiliaria (LHMyPsD) e Inmobiliaria(1874 a 1880); –Prenda: Con desplazamiento posesorio(1863 a 1873 CC) o sin desplazamiento de la
1.- Señala las principales diferencias entre el contrato de comodato y de simple préstamo, En el contrato de comodato se entrega una cosa no fungible (es decir, no consumible) para que la use la otra parte durante un cierto tiempo y luego la devuelva, mientras que en el contrato de si