Portada » Formación y Orientación Laboral » Estructura y Componentes de una Nómina en España
Recibo de salario (nómina) especifica cada una de las percepciones y los descuentos que se practiquen.
Son cantidades que se restan al salario bruto para obtener el salario neto.
Salario neto.
Son las que retribuyen el trabajo y deben cotizar a la Seguridad Social y tributar por el IRPF y son:
.S perciben cnd s producen determinadas circunstancias,pero no retribuyen el t efectivo ni los periodos d descanso(gastos de desplazamiento y alojamiento, pluses d transporte,prestaciones d la SS x incapacidad temporal,retribuciones en especie concedidas voluntariamente x parte d la emp.·Deducciones:Son cantidades q s restan al s. bruto para obtener el s neto·Total Devengado:s bruto,+ d todas las percep·Deducciones: Retenciones a cuenta del IRPF,cotizaciones a la SS y conceptos de recaudación conjunta. ·Total a percibir:S neto-Percep s:son las q retribuyen el t y deben cotizar a la SS y tributar x el IRPF y son:·S base del grupo interprofesional(es la parte fijada x unidad d tiempo o d obra,establecida x cada grupo profesional en los convenios colectivos o en los contratos d trabajo.-Complementos salariales:Retribuyen circunstancias q no han sido valoradas al determinar el s base.Éstos pueden venir regulados en las leyes o en los convenios colectivos,pueden pactarse en el contrato o concederse voluntariamente x la emp.Pueden ser:Complementos personales(x las condiciones personales del trabajador (antigüedad (bienios,trienios,quinquenios o sexenios),conocimientos especiales, idiomas…)) Complementos del puesto d t:x las carac especiales del puesto d t,q lo distinguen del t corriente.S dejan d percibir en el momento en q acaba la tarea q da origen al complemento (Penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnicidad, cnd lo establece la Autoridad Laboral o el convenio colectivo en atención a las carac especiales del puesto y solo x los días realmente trabajados.Nocturnidad:El t nocturno tiene una retribución específica q s determina en la negociación colectiva o en el contrato d t.Complementos x calidad o cantidad de trabajo:x realizar una mayor cant de trabajo o alcanzar un nvl d calidad superior al considerado normal:Incentivos, act:cnd existe un rendimiento superior al considerado como medio.Asistencia, puntualidad:Cn éstos s trata d evitar el absentismo laboral.·H extraordinarias:No podrá ser inferior a la h ordinaria,o bien s recompensará cn tiempo equivalente d descanso retribuido.·Gratificaciones extraordi(pagas extra):El trabajador tiene derecho como mínimo a 2 al año (Navidades y la otra cnd s fije en el convenio colectivo o x acuerdo del empresario y los representantes legales d los trabajadores.La cuantía s fija x los convenios y tmb s podrá acordar en él prorratearlas entre 12 mensualidades ·Participación en beneficios:Gratificación anual d cuantía variable q s fija en función d los beneficios d la empresa o una cant pactada en el convenio,con independencia d los beneficios obtenidos.Retribuye el cumplimiento total o parcial d los objetivos marcados x la empresa.·S en especie:La valoración d b y s q facilita la emp al trabajador(alquiler, luz, agua)·D residencia:Remunera la prestación d t en un lugar determinado,siempre q el trabajador tenga fijada en él su residencia,ya sea en Esp(Ceuta, Melilla y las Islas)o en el extranjero.-Percep no s:Son las q no tienen la consideración d s.S pueden clasificar en:·Indemnizaciones y suplidos:Cant abonadas a los trabajadores x gastos q realizan como consecuencia d su act. laboral(si supera los límites d la tabla deben cotizar a la SS) ·Prestaciones e indemnizaciones a la SS:x incapacidad temporal derivada d enfermedad común o profesional,accidente o x desempleo parcial.·Indemnizaciones: Cant q el empresario paga al trabajador x traslados,despidos o suspensión d contrato.·Otras percep no s:S puede destacar las mejoras d las prestaciones d la SS concedidas x las emp,los productos en especie concedidos voluntariamente x las emp
-Deducciones:A los devengos íntegros s les practican unas deducciones,para así obtener la cant neta q deberá percibir el trabajador.Estas deducciones son:·Aportaciones del trabajador a las cotizaciones d la SS y conceptos d recaudación conjunta(Los trabajadores están obligados a cotizar a la SS,aunq le corresponde a los empresarios deducir en las nóminas d los trabajadores las cuotas correspondientes a los conceptos d contingencias comunes,desempleo,formación profesional y h extraordinarias·Impuesto sobre la renta d las personas físicas:los empresarios están obligados a retener a cuenta del IRPF unos determinados %,calculados en función d los ingresos brutos anuales y d las circunstancias familiares del trabajador.·Anticipos:en este apartado debe hacerse constar las cant q haya recibido el trabajador a cuenta del trabajo ya realizado,cant q el empresario le deducirá en el recibo d la nómina d mes correspondiente·Valor d los productos en especie:s deducirá el valor eco d los productos en especie q haya percibido el trabajador y q aparezcan reflejados en el apartado d “Devengos” d la nómina.·Otras deducciones:en este punto s incluirá cualquier otra deducción,como la devolución d préstamos q el trabajador haya percibido d la emp,embargos.