Portada » Formación y Orientación Laboral » Es baja voluntaria no acudir al puesto de trabajo sin causa justificada
1-
Una trabajadora recibe comunicación de que va a ser traslada a otro centro de trabajo con carácter definitivo, lo que supone un cambio de residencia. Explica que requisitos formales debe observarse la empresa y las opciones de dicha trabajadora
La empresa tiene que avisar al trabajador con 30 días de adelanto.—- la trabajadora tiene 3 opciones: aceptar el traslado: la empresa cubre los gastos del traslado y de su familia, según establezca el convenio.—-recurrir al traslado: tiene 20 días para recurrir en el juzgado, pero mientras sale la sentencia tiene que trasladarse.— extinguir el contrato:
Indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 360 días.
2-
un trabajador lleva 5 meses sin cobrar su salario. Harto de la situación decide deja de acudir a su puesto de trabajo. ¿Qué consecuencias tiene esta actuación?
Al tratarse de un abandono y no de una dimisión ya que no ha preavisado de que se iba, la empresa puede despedirle por falta injustificadas de asistencia, reducirle 15 días por los días de preaviso incumplidos y hasta puede pedirte daños y perjuicios por su abandono del trabajo, y no tendrá derecho a indemnización cuando la empresa incumple el contrato, el trabajador debe solicitar al juzgado de lo social, que se extinga el contrato y si el juzgado cree que la extinción es procedente recibirá una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 120 días de salario, mientras no haya una sentecia tendrá q seguir trabajando.
si, al llevar 5 meses de impagos puede poner una demanda en el juzgado y esperar sentecia para cobrar 33 días por año de servicio mas los meses de impago
despido por causas objetivas, falta de adaptación.— los requisitos son que el empresario tiene que entregar carta de despedida, preavisar con 15 días de antelación al trabajador y deberá entregarle una indemnización de 20 días por año trabajado.
si la trabajador decidiera reclamar y el juzgado establece el despido improcedente, la empresa tiene dos opciones: –
– si el trabajador es readmitido debe devorlerle la indemnización y no readmite como ya le ha pagado 20 días debe pagarle los otros 13 días que faltan hasta 33.—- si no preavisa no es improcedente el despido, pero el trabajador mantiene el derecho a reclamar los salarios de esos 15 días por no preavisar con tiempo.
Para que una huelga sea legal debe ser laboral, directa, que no altere el comercio en vigor y no abusiva. Convocada por el comité y los sindicatos, preavisando con 5 días de antelación a la empresa. Con un comité máximo de 12 personas para resolver el conflicto y garantizar la seguridad y vigilancia. La empresa no puede sancionar a los trabajadores ni contratar a otros para su suplencia, se pueden crear piquetes informativos y ocupar locales para informar o negociar, se debe respetar la decisión de acudir o no acudir a la huelga, ese dia ni se cobra ni se cotiza al igual que no se puede descontar de las vacaciones
solo se realiza una vez en la vida laboral y será la primera vez que es contratado para un trabajo.
cada vez que se contrate a un trabajador hay que darle de alta en la seguridad social antes de que empiece a trabajar.
cuando termina el contrato, la empresa tiene 3 días para darlo de baja después del ultimo dia trabajado.
el empresario cotizaa a la seguridad social por los trabajadores, además debe ingresar en la TGSS su cuota de la seguridad social y también la cuota de los trabajadores, que se les descontó de la nomina y el ingreso debe realizarse en le mes siguiente a la nomina correspondiente.
Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.—-estar en situaciones legales de desempleo.—suscribir un compromiso de actividad: la persona esta disponible para buscar empleo y aceptara una colocación adecuada, así como asistir a cursos y acciones de formación y orientación laboral.—- solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes, si la pide posteriormente tendrá dos descuentos, no tendrá efecto retractivo al dia que dejo de trabajar y empezara a cobrar la fecha que la solicito y se le descontara días por el retraso desde el dia que le podía haber solicitado.
Baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo. – contigencias comunes:
no relacionadas con el trabajo.— enfermdedad común y acidente no laboral.
Relación con el trabajo— accidente laboral y enfermedad profesional.
Estar afiliado y de alta.—Haber cotizado 180 días en 5 años anteriores a baja en enfermedades comunes.
Máx. 12 meses. Prórroga del INSS hasta otros 6 meses Transcurridos 18 meses hay que valorar su paso o no a incapacidad permanente.
Por CC la da el médico seguridad social, médico mutua solo propuesta de alta.—-Por CP médico de la mutua o de la seguridad social.—-Bajas de 1 a 4 días, el médico puede dar a la vez parte de baja y de alta.
Son todos aquellos trabajadores por cuenta ajena que no estén en ningún régimen especial. Autónomos, trabajadores agrarios por cuenta propia, trabajadores del mar, trabajadores de la minería, funcionarios y estudiantes menores de 28 años
INSS à reconocer derecho de prestación económica y ordenar su pago.—–TGSS à gestiona pagos y recursos económicos, afiliación, altas y bajas. —-Servicio Público de empleo à gestión prestación por desempleo.—-INSHT à principal órgano de prevención de riesgos laborales.
Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son Asociaciones de empresarios que se agrupan para gestionar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Los servicios que ofrecen son los siguientes: – Gestionar los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. —–Colaborar en los accidentes no laborales y enfermedades comunes de los mismos trabajadores
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1 Una trabajadora recibe una comunicación de que va a proceder a reducir su jornada de trabajo y consecuentemente, su salario, explica que requisitos formarles debe observar la empresa y opciones de dicha trabajadora.
los requisitos formales de la empresa so avisar a la trabajadora con 15 días de antelación , debido a que se produce una modificicacion sustancial del contrato de trabajo por la condición de reducción de horario y sueldo. Modificación individual: aceptar la propuesta.—recurrir en 20 días hábiles.—extinguir con 20 días/años.—-en caso de menoscabo en su dignidad puede solicitar extinción con indemnización de 33 días por año.
2-
un trabajador lleva 5 meses sin cobrar su salario. Harto de la situación decide deja de acudir a su puesto de trabajo. ¿Qué consecuencias tiene esta actuación?
Al tratarse de un abandono y no de una dimisión ya que no ha preavisado de que se iba, la empresa puede despedirle por falta injustificadas de asistencia, reducirle 15 días por los días de preaviso incumplidos y hasta puede pedirte daños y perjuicios por su abandono del trabajo, y no tendrá derecho a indemnización cuando la empresa incumple el contrato, el trabajador debe solicitar al juzgado de lo social, que se extinga el contrato y si el juzgado cree que la extinción es procedente recibirá una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 120 días de salario, mientras no haya una sentecia tendrá q seguir trabajando.
3- Una trabajadora es despedida por faltas justificadasa su puesto de trabajo que superan el 20% de las jornadas hábiles. La empresa decide despedirla.
despido desciplinario.—requisitos empresariales: tiene que entregar carta de despido y poner la causa de porque es despedida. Preavisar con 15 días de antelación, durante este tiempo el trabajador dispone de 6 horas a la semana para buscar otro trabajo. Indemnización de 20 días con un máximo de 360 días
despido improcedente 33 días por año. Si el trabajador es readmitido debe devolver la indemnización y no readmite como ya te ha pagado 20 días, debe pagarle los otros 13 días que faltan hasta 33 días. Si no te preavisa, no es improcedente el despido, pero el trabajador mantiene el derecho a reclamar los salarios de esos 15 días por no preavisar con tiempo.
Es la prestación que protege a aquellos trabajadores que pudiendo y queriendo trabajar han perdido su trabajo y reúnen los requisitos..—–Requisitos : haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.— estar en situación legal de desempleo.— subscribir un compromiso de actividad.— solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes.
Es una medida utilizada por la empresa que consiste en cerra el centro de trabajo para impedir el asceso a los trabajadores
—cuando exista una ocupación violenta de los locales que pueda poner en peligro la seguridad de las personas o las instalaciones.—- cuando es una huelga abusiva que impide continuar con el trabajo a los que se quieren.— la empresa debe comunicarlo en el plazo de 12 horas.
la empresa no paga los salarios a los trabajadores no huelguistas.
Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.—-estar en situaciones legales de desempleo.—suscribir un compromiso de actividad: la persona esta disponible para buscar empleo y aceptara una colocación adecuada, así como asistir a cursos y acciones de formación y orientación laboral.—- solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes, si la pide posteriormente tendrá dos descuentos, no tendrá efecto retractivo al dia que dejo de trabajar y empezara a cobrar la fecha que la solicito y se le descontara días por el retraso desde el dia que le podía haber solicitado.
ejercicios tema 5
1º Una trabajadora recibe comunicación de que va a ser trasladada a otro centro de trabajo con carácter definitivo, lo que le supone un cambio de residencia. Explica de qué tipo de modificación del contrato se trata, qué requisitos formales debe observar la empresa y las opciones de dicha trabajadora.
La empresa tiene que avisar al trabajador con 30 días de adelanto.—- la trabajadora tiene 3 opciones: aceptar el traslado: la empresa cubre los gastos del traslado y de su familia, según establezca el convenio.—-recurrir al traslado: tiene 20 días para recurrir en el juzgado, pero mientras sale la sentencia tiene que trasladarse.— extinguir el contrato: indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 360 días
2º Una trabajadora recibe comunicación de que se va a proceder a reducir su jornada de trabajo, y consecuentemente, su salario. Explica de tipo de modificación del contrato se trata, qué requisitos formales debe observar la empresa y las opciones de dicha trabajadora.
los requisitos formales de la empresa so avisar a la trabajadora con 15 días de antelación , debido a que se produce una modificicacion sustancial del contrato de trabajo por la condición de reducción de horario y sueldo..—–Modificación individual: aceptar la propuesta.—recurrir en 20 días hábiles.—extinguir con 20 días/años.—-en caso de menoscabo en su dignidad puede solicitar extinción con indemnización de 33 días por año.
Movilidad funcional: libre, sin causa justificada y sin limite temporal. Esta dentro del grupo profesional..—–Movilidad funcional fuera del grupo: temporal, causa organizativa o técnica y tiempo imprescindible. Asciende salario y desciende si mantienen el salario..—–Movilidad extraordinaria: se trata de un cambio donativo de puesto de trabajo fuera del grupo profesional
La suspensión del contrato de trabajo consiste en que el trabajador deja de prestar sus servicios y tampoco cobra retribuicion de la empresa durante un tiempo. Una vez terminada la suspensión, el trabajador volverá a su puesto de trabajo.
Maternidad, paternidad y la adopción..—-Por riesgo durante el embarazo o la lactancia .——Por solicitar una excelencia .——Por causas objetivas(económicas, tecnológicas)
Extinción: el contrato puede finalizar por diferentes motivos:
Por voluntad del trabajador.— por voluntad de la empresa.—por otras causa
Excedencia forzosa: se le designa para un cargo publico que le imposibilita la asistencia al trabajo o es elegido para un cargo sindical o provincial superior.— duración: mientras dura el cargo 30 días para incorporarse.— reserva del puesto: si que la reserva computa desde la antigüedad.
Excedencia por cuidado de hijos: por cada menor de 3 años.—duración: máximo hasta que cumpla 3 años.—reserva de puesto: 1 año si le reserva puesto, 2y3 años se le resrva puesto de su cargo profesional,— computa para la antigüedad y tiene derecho a los cursos de formación.
Excedencia por cuidado de familiares: parar el cuidado de un familiar. Hasta segundo grado que por motivos de edad, accidente o enfermedad no puede valerse por si mismo.— duración: máximo 2 años.—reserva puesto 1 año. Si se le reserva 2 años se reserva un grupo profesional.
Excedencia voluntaria: voluntad del trabajador siempre que tenga mas de un año de antigüedad en la empresa.— duración: 4 meses a 5 años.—reserva de puesto: no se le reserva puesto, solo tiene derecho a reintegrarlo en las vacantes que existan o se produzcan..— no computa para la antigüedad.
6º Un trabajador lleva 4 meses sin cobrar su salario. Harto de la situación decide dejar de acudir a su puesto de trabajo. ¿Qué consecuencias tiene esta actuación?¿ ¿Debería haber actuado de otra manera? Explica, en su caso, de qué modo y las consecuencias.
El trabajador al abandonar su puesto de trabajo tendrá como consecuencia que el empresario puede pedir daños y perjuicios y no tendrá derecho a idemnizacion. Cuando la empresa incumple el contrato el trabajador debe solicitar al juzgado de lo social que se extinga el contrato y si el juzgado cree en la extinción es procedente recibirá una indemnización de 33 días por año con un tope de 120 días de salario. Mientras no haya sentencia deberá seguir trabajado.
7º Una trabajadora es despedida por no ser capaz de manejar un nuevo programa informático introducido en la empresa. La empresa decide despedirla.
Determina: Tipo de despido y requisitos formales. ¿y si la causa fuera por una disminución voluntaria y continuada del ritmo de trabajo? Posibles calificaciones en sentencia si la trabajadora decidiera reclamar.
a) Tipo de despido y requisitos formales : despido por causas objetivas, falta de adaptación.— los requisitos son que el empresario tiene que entregar carta de despedida, preavisar con 15 días de antelación al trabajador y deberá entregarle una indemnización de 20 días por año trabajado.
b) Posibles calificaciones en sentencia si la trabajadora reclama : si la trabajador decidiera reclamar y el juzgado establece el despido improcedente, la empresa tiene dos opciones: — si el trabajador es readmitido debe devorlerle la indemnización y no readmite como ya le ha pagado 20 días debe pagarle los otros 13 días que faltan hasta 33.—- si no preavisa no es improcedente el despido, pero el trabajador mantiene el derecho a reclamar los salarios de esos 15 días por no preavisar con tiempo.
Cuando se trata de un despido por razones técnicas, organizativas, económicas o de producción, pero que afecte a muchos trabajadores. —que sea toda la plantilla, si son mas de 5.—–cuando sean despidos en un periodo de 90 días.-.—-10 trabajadores o mas en empresas de menos de 100 trabajadores.—el 10% de la plantilla en empresas de 100y 300 trabajadores.—– 30 trabajadores o mas ne empresas de 300 trabajadores.—-se cobra la misma indemnización que antes, 20 días por año con un máximo de 360 días de salario
Seguridad social-régimen general:los trabajadores por cuenta ajena que no este en ningún régimen especial. Régimen especiales:autónomos, trabajadores agrarias porcuenta propia, trabajadores del mar, trabjadores de la minera, funciones y estudiantes menores de 28 años.
campos de aplicación: nivel contributivo:los trabjadores y sus familias que residan y trabajen en españa(autónomos funcionarios estudiantes).Nivel no contributivo:los españoles que residen en españa, que no estén incluidos, por no haber cotizado lo suficiente(las prestaciones a las que tienen derecho son asistencia sanitaria, incapacidad permanente y jubilación)
afiliación: solo se realiza una vez en la vida laboral por lo que la primera vez un trabajador se pone a trabajar, el empresario que lo contrata debe afiliarlo en la seguridad social. Al trabajador se le da un numero de la seguridad social..—–alta:cada vez que se contrata a un trabajador hay que darle el alta antes de que comience a trabajar. Si se le da de alta posteriormente, tiene que pagar igual..——baja:cuando termina el contrato, debe darse de baja al trabajador, disponiendo de un plazo de 6 días naturales, desde el cese en el trabajo..—–cotización: el empresario debe cotizar a la seguridad social x los trabajores que tiene contratados. Debe ingresar en la TESS su cuota de seguridad social y tb la cuota de los trabajadores, que se les descontó en la nomina. Debe realizarse en el mes siguiente a la nomina que corresponda.
3-Explica que es la incapacidad permanente y sus gráficos. ·
Baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo..–Contingencias comunes-no relación con el trabajo,enfermedad común y accidente laboral..—-contingencias profesionales-relación con el trabajo,accidente laboral a causa del trabajo y enfermedad profesional..—-requisitos- estar afiliado y de alta, haber cotizado 180 días en 5 años anteriores a baja en enfermedades comunes..—–duración-Max 12 meses, prorroga del INSS hasta los 6 meses; trascurridos 18 meses en 3 meses siguient4es hay que valorar su paso o no por incapacidad permanente..—-partes baja-alta- por contingencia común la deel medico de la seguridad social, si bien el medico de la mutua solo propuesta de alta. Si es progfesional puede darla el medico de la mutua o de la ss, si la baja es 1 en 4 días el medico puede dar a la vez parte de baja y de alta, el trabajador tendrá que si a trabajar al dia siguiente de la fecha de alta.
a)-Un trabajador despedido disciplinadamente por falta injustificadas a su puesto de trabajo. si, pq le han despedido.—–b)-El mismo trabajador que reclama y su despido se declara procedente. Situación legal de desempleo.—-c)-una trabajadora que pone fin a su contrato por sufrir violencia machista. Si, causa justificado, donde la mujer puede dejar el trabajo..—-d)-una trabajadora que cesa en su empleo al serle comunicada una bajada de salario. Modificación del salario del trabajo.—-e)-un trabajador que decide no contunuar al ofrecerle la empresa prolongar su contrato. No es posible
Si en una empresa hay menos de 50 trabajadores los responsables es el delegado personal. —si hay mas de 50 trabajadores el responsable es el comité de empresa (ejerce sus funciones por mayoría)
Competencias:
Recibir información por parte de la empresa, situación económica, contable, los accidentes de trabajo etc..——derecho a ser consultado en temas como: despidos, traslados, reducción de jornada etc..—-vigilar el cumplimiento de la normativa.
no pueden ser despidos ni salarios.—-despido sea improcedente.—sanción grave o muy grave.—prioridad o permanencia.—expresar sus opiniones.— que las horas se acumulan
Anterior a la de 2012: una vez terminada la duración del convenio se prorrogaban automáticamente hasta que hubiese un nuevo acuerdo.— los convenios deo ámbito territorial superior tenían preferencia sobre los convenios inferiores de empresa.—una empresa para poder modificar alguna condición del convenio necesita el acuerdo con los trabajadores.
Con la reforma laboral 2012: si no hay un nuevo acuerdo este en el plazo de un año desaparece y se aplica un convenio superior.— los convenios de la empresa se mantienen para los trabajadores que firmaron el contrato de trabajo con ese contrato en vigor se les mantiene los derechos. Las empresas por causas objetivas pueden modificar las siguientes condiciones del convenio: la jornada, el horario, el trabajo, el sistema de remueracion… si no hay acuerdo con los representantes se acude a la comisio paritaria del convenio y después a arbitraje en la comisión nacional de consultiva.
Para que una huelga sea lega debe ser una huelga laboral, directa, que no altere el convenio en vigor y no abusiva, debe cumplir un procedimiento.—-
Debe ser una huelga laboral, por lo que se excluyen las huelgas políticas. Si son legales la huelgas contra los poderes públicos por las consecuencias económicas, sociales y laborales que ocasionan sus acciones.—–
Debe ser una huelga directa, están prohibidas las huelgas de solidaridad, si que se permite cuando se trata de solidaridad con otros compañeros de trabajo.—–
Debe ser una huelga que no pretenda modificar algo que ya esta pactado en el convenio. Otra cosa seria una huelga para introducir algo nuevo en el convenio siempre que no modifique lo pactado. Si que se permite acudir a la huelga si la empresa no cumple con el convenio pactado.—-
Las huelgas abusivas se presumen de ser ilegales. Son huelgas abusivas
Es una medida utilizada por la empresa que consisite en cerrar el centro de trabajo para impedir el acceso a los trabajadores. Las causas legales para el cierre:
—-cuando existe una ocupación violenta de los locales que pueda poner en peligro la seguridad de las personas o las instalaciones.— cuando es una huelga abusiva que impide continuar con el trabajo a los que si quieren trabajar.— la empresa debe comunicarlo en el plazo de 12 horas a la autoridad laboral. Las consecuencias son que la empresa no paga los salarios a los trabajadores no huelguistas.
–la convocatoria la pueden realizar los delegados de personal o comité de empresas.— la presiden los representantes, hay un orden del dia y no se pueden tratar otros temas.— se debe comunicar a la empresa con 48 horas de antelación.— los acuerdos que afectan a toda la plantilla requieren de un acuerdo de la mitad mas uno.—el empresario puede limitar este derecho si:- no han trascurrido mas de dos meses desde la anterior reuníón.— cuando no se han separado los daños causados.—si existe un cierre patronal y la empresa esta cerrada.