Portada » Formación y Orientación Laboral » Equipos de Protección Individual: Obligaciones y Uso según RD 773/1997
1. Usando el R.D. 773/1997, contesta a las siguientes cuestiones:
a. ¿Cuál es su objeto?
Establecer, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la elección, utilización por los trabajadores en el trabajo y mantenimiento de los equipos de protección individual.
b. ¿Cuál es la definición de Equipo de Protección Individual?
Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
d. ¿Qué obligaciones tiene el empresario respecto a los EPI?
e. ¿En qué condiciones debe emplearse un EPI?
Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
f. ¿Qué condiciones debe reunir un EPI?
Los equipos de protección individual proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso, sin suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias. A tal fin deberán:
g. ¿Qué debe garantizarse cuando hay que usar varios EPI simultáneamente?
Deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en relación con el riesgo o riesgos correspondientes.
h. ¿Cómo debe elegirse un EPI?
Para la elección de los equipos de protección individual, el empresario deberá llevar a cabo las siguientes actuaciones:
i. ¿Cómo debe usarse y mantenerse un EPI?
La utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
Salvo en casos particulares excepcionales, los equipos de protección individual sólo podrán utilizarse para los usos previstos.
Los equipos de protección individual estarán destinados, en principio, a un uso personal. Si las circunstancias exigiesen la utilización de un equipo por varias personas, se adoptarán las medidas necesarias para que ello no origine ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.
j. ¿Qué factores determinan las condiciones y tiempo de uso de un EPI?
Las condiciones en que un equipo de protección deba ser utilizado, en particular, en lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinarán en función de: