Portada » Derecho » El estado liberal de derecho
Vivimos en una sociedad democrática, disfrutamos de libertad, justicia, educación, sanidad, etc., podemos elegir a nuestros representantes, formamos un pueblo bajo de jurisdicción de un Estado, disponemos de un gobierno elegido democráticamente, … pero ¿cómo hemos llegado a esto?, ¿qué pasos históricos hemos tenido que dar? Esto es lo que estudiaremos en este tema, y tendrá continuidad en otro-s.
La mayor parte de los contenidos expresados por la palabra «Estado» (poder, organización, dominio, soberanía, etc.) son muy antiguos. Muchos de estos elementos se encuentran ya presentes en los grandes imperios de la Antigüedad, en los imperios de Egipto, Mesopotamia, Persia, en la organización griega -la polis-, y en el Imperio romano. Pero el propio término «Estado» es relativamente reciente; surgió a comienzos del siglo XVI y tuvo su origen en el político Maquiavelo, quien, en su obra El príncipe, con esta palabra se refiere a la autoridad o al poder que ejerce un gobernante sobre las personas que habitan en un determinado territorio: «todos los Estados, todas las soberanías, que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres fueron y son repúblicas o principados». Posteriormente, el uso de este término se hizo común a partir del siglo XIX.
El Estado supone la existencia de un poder centralizado capaz de obrar de modo coordinado sobre el conjunto de un territorio sometido a su autoridad. Su característica esencial estriba en la soberanía, es decir, en la capacidad de mandar y de prohibir por iniciativa propia y sin ninguna dependencia. En este sentido, podemos definir el Estado como una asociación (una organización jurídica social)
Establecida por la sociedad y dotada de personalidad jurídica, que en virtud de su autoridad o poder ejerce su soberanía sobre un grupo de seres humanos en los límites de un territorio. Desde otro punto de vista, el Estado debe encontrarse orientado a regir la vida pública de una sociedad, intentando dirigirla hacia la consecución del bien común. Max Weber definió el estado como «una relación de dominación del hombre sobre el hombre fundada por medio de la violencia legítima, es decir, por la violencia que es considerada como legítima».
El Estado se encuentra presente en numerosas actividades cotidianas de las personas; por ejemplo, el Estado nos proporciona el DNI, recauda impuestos, distribuye becas y subsidios, organiza la enseñanza, vigila las fronteras, garantiza ciertos títulos y diplomas, etc. El Estado, pues, posee multitud de capacidades y realiza diversas actividades de tipo administrativo. Pero aquellas capacidades y estas actividades las posee dentro de un determinado territorio, en virtud de cierto poder jurídico, y afectan a unos grupos concretos (o población).
A.-) Territorio. De manera primaria y fundamental, el dominio del Estado aparece definido por un territorio delimitado por sus fronteras. Con frecuencia, esta delimitación obedece a diversos hechos históricos más o menos complejos (guerras, transmisiones hereditarias, accidentes geográficos, etc.), pero su conocimiento oficial se establece convencionalmente y de forma solemne por medio de tratados.
Además, en la actualidad, se consideran territorios de un Estado el litoral o las zonas de mar próximas a sus costas (200 millas marinas), las islas que en éste se encuentren, las embajadas, las naves o barcos con pabellón de dicho Estado y determinados espacios aéreos.
B.-) Pueblo. El pueblo se encuentra constituido por las personas y los grupos sociales que residen en el territorio puesto bajo la jurisdicción del Estado. La relación entre los diversos seres y grupos humanos que forman un Estado suele fundamentarse en una serie de sentimientos comunes difíciles de explicar con precisión, pero que, en general, pueden basarse en ciertos rasgos comunes de tipo histórico, lingüístico, cultural, así como raciales, organizativos, etc. Aunque estos rasgos poseen un importante significado respecto al surgimiento de los Estados concretos, todos ellos poseen un valor relativo y, en último término, el fundamento esencial de los Estados ha de venir constituido por la voluntad libre de las personas singulares y concretas; por tanto, es necesario rechazar todo sentimiento nacionalista que intente identificar el Estado con determinada raza, tradición, lengua o cultura. En este sentido, los Estados son cada vez más pluralistas y. por consiguiente, los sentimientos nacionales, aunque justos y legítimos, han de ser cada vez más abiertos y tolerantes.
C.-) Soberanía. La característica esencial del Estado es la soberanía, la posesión de un poder soberano, es decir, no sometido a ningún otro poder superior. Desde este punto de vista, el Estado es una organización social que tiene por misión garantizar su propia seguridad y la de las personas, grupos y sociedades que se encuentran bajo su jurisdicción, tanto contra los peligros exteriores como contra los interiores.
A este respecto, la soberanía se manifiesta tanto en el plano interno como en el plano exterior.
• En el plano interno. En este plano, el Estado posee la máxima autoridad y solamente a él le corresponde el arbitraje y la solución de los conflictos entre los diversos individuos y grupos; su autoridad no puede ser sustituida ni moral ni materialmente por ninguna otra fuerza; en este sentido, por una parte, dispone de las capacidades legislativas, judiciales y ejecutivas (Cortes o Parlamento, jueces y gobierno), es decir, el monopolio de la ley y de las fuerzas coactivas y, por otra, todas las entidades particulares, esto es, las comunidades religiosas, las organizaciones sindicales, los grupos profesionales, las formaciones políticas, etc. han de encontrarse siempre dentro de la legalidad establecida por el Estado.
• En el plano exterior. En cuanto al exterior, la soberanía nacional se caracteriza por su autonomía y por su independencia con respecto a la comunidad internacional o, lo que es lo mismo, a las organizaciones internacionales y a los otros Estados.
En la actualidad, el denominado Derecho internacional, en cierta manera, tiende a establecer determinados límites al poder de cada Estado. Ahora bien, el propio Derecho Internacional reconoce la soberanía de los distintos Estados, es decir, que sus cláusulas o disposiciones jurídicas específicas comienzan reconociendo el poder soberano e inviolable de todos los Estados.
Por otra parte, el desarrollo de las instituciones democráticas ha contribuido a reforzar la idea de soberanía, ya que éstas han proporcionado al Estado un fundamento humano; la soberanía del Estado, de esta manera, no es más que la expresión de la voluntad y de los deseos del pueblo (de las personas de una comunidad) de establecer su propia organización y de disponer de su propio destino.
El Estado, en tanto en cuanto asociación de carácter político dotada de personalidad jurídica propia, debe ser distinguido de otro tipo de realidades que guardan con él unas relaciones profundas y estrechas, a saber: sociedad, nación y gobierno.
A.-) La sociedad. En su significado más general, se entiende por sociedad (sociedad civil)
El conjunto de individuos y agrupaciones que constituyen la base y la manifestación de la vida social, económica, cultural, recreativa, etc. o, lo que es lo mismo, el conjunto de personas que conviven en un mismo territorio, formando parte de los diversos grupos, comunidades y asociaciones. En este sentido, el desarrollo de la vida social ha originado toda una amplia gama de asociaciones que son el fruto de la expresión de la libre voluntad y de la libre iniciativa de las personas.
El Estado, por el contrario, es una asociación de tipo político, establecida por la propia sociedad civil, que posee la misión de organizarla y dirigirla. De esta manera, podemos afirmar que la sociedad se encuentra constituida por la esfera privada e individual de las personas, el Estado, por el contrario, por lo público, por lo común; lo primero es la comunidad, lo espontáneo, lo natural; el Estado es posterior, es la asociación política establecida por la sociedad para organizarse a sí misma con el fin de dirigir de forma independiente y soberana sus propios asuntos. El Estado, en tanto en cuanto personalidad jurídica, se distingue de la sociedad o conjunto
de personas que lo integran, de la nación, o comunidad humana que posee un origen común; y del gobierno o
las personas que dirigen el Estado.
B.-) La nación. El término «nación» deriva de natio, del verbo latino nascor, acto de nacer o relativo al nacimiento. Nación viene a significar el conjunto de seres humanos (o pueblo) con un origen, un pasado o una patria (es decir, unos padres) comunes y, generalmente, establecidos sobre un determinado territorio. Vemos, pues, que el concepto de nación, de manera principal, hace referencia a la idea de un pueblo con sentimientos comunes, sin que sea posible determinar de forma precisa, ni siquiera aproximada, el elemento aglutinante de dichos sentimientos. La idea de nación es, ante todo, una forma de comunidad, de sociedad natural que surge y se mantiene gracias al predominio de las relaciones de tipo afectivo, sentimental, cultural, lingüístico, etc.
Frente a ella, el Estado significa una asociación (una organización) racional y voluntaria de las personas y grupos que lo integran. En este sentido, un Estado puede encontrarse formado por varias naciones y, a la inversa, podemos hallar, también, una nación organizada en varios Estados federales; como ejemplos podemos mencionar, entre otros: los EE.UU, México, Suiza, la República Federal Alemana y algunos otros más,
C.-) El gobierno. El gobierno se encuentra integrado por el conjunto de personas que dirige el Estado o, expresado de otra manera, el conjunto de personas en quienes la sociedad civil delega directa o indirectamente el poder (o la autoridad) para dirigir el Estado: el jefe de gobierno, los ministros y el resto de las personas asociadas a la tarea de gobernar, que constituyen el Poder ejecutivo. El gobierno es el órgano encargado de llevar a cabo todas las tareas administrativas que compete realizar al Estado. A este respecto, en los Estados democráticos actuales, la organización política se halla sometida a la voluntad popular por medio de diversas instituciones, entre las que cabe destacar las elecciones periódicas y el control de las actuaciones del gobierno por el Parlamento o las Cortes.
El juego democrático se refleja, a la vez, sobre la estructura del Estado y sobre las funciones y actividades del gobierno. Por una parte, el conjunto de la administración se encuentra subordinada al gobierno, que es responsable ante el Parlamento o las Cortes (o ante los representantes del pueblo, esto es, ante el pueblo). Por otra, numerosos órganos de ámbito más reducido (gobiernos de las Comunidades Autónomas, diputaciones provinciales y ayuntamientos) desempeñan un papel cada vez más importante en el gobierno del Estado.
La organización gubernativa de los Estados democráticos posee una estructura vertical, junto con una pluralidad de órganos políticos y administrativos autónomos, y, en último término, todos los poderes descansan en la voluntad libre del pueblo.
Para llevar a cabo sus tareas, el Estado se apoya en una determinada organización administrativa de carácter jerárquico, constituida por el gobierno y los políticos, personas a las que se ha otorgado poder o autoridad, cuya misión consiste en gobernar, y por personas con distintas cualificaciones técnicas y dotadas de ciertas capacidades administrativas (funcionarios), que son quienes se encargan de resolver, de acuerdo con las directrices legales emanadas del poder político, las tareas sociales que el Estado debe llevar a cabo.
Los funcionarios son seleccionados por medio de concursos y oposiciones, de acuerdo con sus titulaciones (o conocimientos) oficiales y en vista de las tareas sociales que es necesario resolver; se encuentran sometidos a determinados reglamentos administrativos generales e impersonales y, se procura que, a pesar de encontrarse subordinados a las tareas y las leyes establecidas por los poderes políticos, su actividad sea independiente de toda ideología y de los partidos que detentan el poder; por ejemplo, tanto los médicos como los inspectores de Hacienda o los funcionarios del Ministerio de Agricultura han de cumplir sus tareas o deberes de acuerdo con las normas legalmente establecidas, independientemente de toda consideración política o afectiva. La organización del Estado, como otras organizaciones sociales, se encuentran rodeadas de divergencias y tensiones, de conflictos de intereses, tanto lo que se refiere a los funcionarios y a sus niveles y estructuras como en lo que concierne a las relaciones entre los funcionarios y los poderes gobernantes.
En sentido amplio, podemos decir que el Estado surgió en el momento en que determinados grupos
humanos se unieron entre sí para defender su territorio y sus propiedades frente al acoso de sus vecinos que pugnaban por arrebatárselos. En un sentido más preciso, hallamos las primeras formaciones jurídicas organizadas en los imperios del Próximo Oriente: Asiria, Mesopotamia, Egipto, Persia.
Mas, en estos imperios, las estructuras políticas poseían un carácter personal y absoluto: el rey o jefe del Estado aparecía adornado, frecuentemente, con atributos y prerrogativas de carácter divino, gozaba de un poder total y en él se confundían los títulos de propiedad y jurisdicción o, expresado de otra manera, el Estado aparecía como propiedad suya y, en consecuencia, el resto de las personas eran consideradas como súbditos, es decir, como sometidos a la voluntad del rey y, por tanto, como carentes de derechos propios. En estos imperios, pues, el poder absoluto de los monarcas invadía todas las esferas de la vida y de la sociedad civil.
A.-) Grecia y Roma. El surgimiento de los ideales políticos occidentales se inició en Grecia y en Roma. La organización política de la Grecia clásica fue la polis o ciudad-Estado. Esta institución, por una parte, fue concebida con cierto carácter totalitario, en tanto en cuanto se consideraba que el bien del individuo debía mantenerse subordinado al bien de la polis, pues, se pensaba que el bien del todo (la polis) era preferible al bien de la parte (el individuo); pero, por otra, todos los ciudadanos libres se encontraban llamados a participar en las tareas de gobierno del Estado (democracia)
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Por su parte, las estructuras políticas de Roma sufrieron notables variaciones. En sus comienzos, la cívitas poseía una forma análoga a la polis griega. Pero, debido a las continuas ampliaciones del territorio bajo su dominio, surgieron instituciones nuevas y la cívitas, la ciudad-Estado romana, gobernada democráticamente, fue sustituida por la República, en cuya organización se procuró mantener una estructura análoga, representativa de la voluntad popular; posteriormente, cayó el sistema republicano y, en su lugar, surgió el Imperio, gobernado por el emperador mediante un amplio número de delegados y funcionarios.
La creación romana más importante fue el Derecho y, de acuerdo con las instituciones jurídicas, en Roma asistimos a una cierta separación entre la esfera estatal y la esfera social o privada. La primera era regu- lada conforme a las instituciones del Derecho público (Derecho político), la segunda, mediante el Derecho civil.
B.-) Edad Media. En el siglo V los bárbaros penetraron en el Imperio Romano y éste se fragmentó en multitud de entidades políticas con una organización muy débil. Esta debilidad motivó el surgimiento de la sociedad feudal, en la que el Estado, como una entidad política, prácticamente se redujo a su mínima expresión y, en su lugar, surgieron un gran número de pequeñas entidades locales gobernadas por ciertos señores (duques, condes, marqueses, barones), nominalmente sometidos a la autoridad del rey, pero que en realidad ejercían, con frecuencia, un poder omnímodo en su territorio.
Mientras tanto, en la Europa occidental seguía añorándose la idea del Imperio y, a partir del siglo IX se intentó constituir una estructura política destinada a unificar todos los pueblos. Se trataba de resucitar el Imperio Romano, pero en ese momento de acuerdo con las instituciones y con las ideas cristianas (Sacro Imperio Romano) y con dos señores o gobernantes supremos, uno de carácter espiritual, el Papa, y otro de carácter temporal o político, el Emperador.
La aspiración de crear un Imperio cristiano gozó de alguna vigencia del siglo IX al XIII, pero en el siglo XIV esta idea entró en crisis debido a diversas causas, entre ellas el surgimiento del Principio de las nacionalidades, en virtud del cual cada nación aspiraba a tener su propio Estado soberano.
C.-) El surgimiento del Estado moderno.
El surgimiento del Principio de las nacionalidades supuso el nacimiento del Estado moderno. Éste se configuró en un determinado territorio y se declaró soberano, totalmente independiente tanto de la autoridad del Papa como de la del Emperador. Al mismo tiempo, se fue afirmando también el poder de la organización estatal en el interior de sus fronteras y, paulatinamente, se fueron eliminando todos los poderes intermedios, la autonomía de las organizaciones gremiales y de los concejos municipales, las cortes tradicionales, etc. hasta convertirse en poder absoluto. Apareció, así, un Estado centralizado bajo la autoridad absoluta del rey, quien, con la ayuda de un ejército regular, controló todos los aspectos de la organización social.
Los teóricos más importantes de estas doctrinas fueron G. de Occam, Marsilio de Padua, N. Maquiavelo
y J. Bodino, y su implantación política tuvo lugar con Luis XII de Francia, Enrique VIII de Inglaterra y Fernando el Católico de España.
D.-)El nacimiento del Estado democrático. El Estado absoluto llegó a su máximo esplendor en el siglo XVII, pero a partir de mediados del siglo XVIII comenzó su decadencia, debido, sobre todo, a las nuevas ideas surgidas en el ámbito de la Ilustración. Ésta fue un movimiento ideológico de carácter racionalista que ponía de relieve el derecho de los individuos (del pueblo) frente a los monarcas y la igualdad natural de los seres humanos frente al absolutismo y la rigidez de la sociedad estamental, o expresado en pocas palabras, con la Ilustración comenzaron a surgir las ideas democráticas modernas de libertad, igualdad y fraternidad.
Por otra parte, la Guerra de la Independencia Americana (1775) y la Revolución francesa (1789) supusieron el triunfo político de las citadas ideas y su implantación en la comunidad social. Nació, así, el Estado democrático y liberal, que durante los siglos XIX y XX está propugnando imponerse en casi todo el mundo civilizado. El Estado democrático se caracteriza porque en él participan todos los individuos y los grupos sociales; el poder del gobierno y los derechos de los gobernados se encuentran establecidos por las leyes positivas, instauradas por los gobernados (bien directamente, mediante referendums, bien indirectamente, a través de sus representantes). Se pretende, de este modo, poner el Estado al servicio de la sociedad. Se trata de defender los derechos y libertades fundamentales de los individuos frente al poder. Desde este punto de vista, el concepto de Estado de Derecho se opone al de Estado absoluto o dictatorial, pues, como afirmó el presidente americano A. Lincoln, es un intento de establecer «el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo».
El Estado democrático es el Estado de Derecho, el que se encuentra regulado por la ley, en el que se establece la separación de los distintos poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. La democracia implica la existencia de pluralidad de partidos políticos. Es un Estado que se opone a los totalitarismos.
Poder legislativo: reside en el Parlamento o Cortes y tiene por misión la elaboración de las leyes.
Poder ejecutivo: integrado por el gobierno: el jede de gobierno, ministros y resto del personal político. Tiene que dirigir la administración general del estado.
Poder judicial: formado jueces y magistrados, y los organismos encargados de dirigir y administrar la justicia.
7º.-) INDIVIDUO Y SOCIEDAD.
7. 1.-) EL CONCEPTO DE INDIVIDUO.
En general, un «individuo» es cualquier ser completo que pertenece a una especie, ya sea animal o vegetal. Pero a menudo utilizamos este término como sinónimo de «ser humano», como si los únicos individuos fueran los de nuestra especie. Sin embargo, es comprensible que el término «individuo» se utilice de ese modo, porque en los siglos recientes se abrió paso la idea de que cada uno de los seres humanos es alguien único e irrepetible, que merece un respeto muy especial. La Edad Moderna se caracteriza, entre otras cosas, por haber conquistado los «derechos y libertades individuales». Se entiende hoy, a diferencia de lo que ocurría en otras épocas, que todo individuo humano es sujeto de derechos que no deben ser ignorados ni violados.
El humanismo renacentista y el ascenso de la burguesía frente a la nobleza y el clero dieron lugar a una nueva valoración de la persona individual y su libertad. Al principio fue sobre todo un afán de romper con los rígidos esquemas de la sociedad estamental, pero posteriormente se fue manifestando como un nuevo modo de entender la libertad, muy distinto al de las épocas anteriores.
Para entender mejor ese nuevo concepto de libertad, podemos recurrir a una distinción expuesta por el
filósofo francés Benjamin Constant en 1819: la libertad «de los antiguos» y la «de los modernos».
7. 2. 1.-) La libertad de los antiguos.
Según Constant, la libertad de los antiguos, manifestada sobre todo en la democracia ateniense en el siglo V a. C., consistía en participar en los asuntos públicos. Se consideraba hombre libre al ciudadano, es decir, al que estaba legitimado para tomar parte activa en el gobierno de la polis, de la comunidad política.
Sin embargo, este concepto de libertad se restringía a los ciudadanos, teniendo en cuenta que no se consideraba tales ni a las mujeres, ni a los esclavos, ni a los metecos (inmigrantes procedentes de otras ciudades
griegas), ni a los niños.
7. 2.2.-) La libertad de los modernos.
La afirmación de que todo ser humano en cuanto tal tiene la capacidad de ser libre y el derecho de
ejercerla es fruto de las teorías del derecho natural que florecen en la Edad Media y Moderna, y desemboca en el concepto de libertad de los modernos. En efecto, a través del derecho natural se afirma la idea de que, con anterioridad a la formación de las comunidades políticas, es decir, por naturaleza, cada persona tiene unos derechos que la sociedad debe respetar. A esos derechos se les ha llamado también «libertades», porque son, por ejemplo, el derecho a expresar la propia opinión o libertad de expresión, el derecho a profesar el culto que cada uno desee o libertad religiosa, el derecho a reunirse con otros o libertad de asociación, y el derecho a elegir y controlar a representantes que ejerzan el poder político.
Para la nueva mentalidad, una persona es libre cuando se respetan sus derechos, por ejemplo el elegir representantes que se encarguen de gestionar las cuestiones públicas, pudiendo así los individuos particulares disfrutar de su vida privada. De este modo nacen los gobiernos representativos, en los que el pueblo no gobierna directamente, como lo hacía en la democracia ateniense, sino a través de sus representantes.
Ese nuevo concepto de libertad individual se desarrolló con el tiempo hasta convertirse en lo que se conoce como teoría del individualismo posesivo. Según esta teoría, cada ser humano es el único propietario de su propia persona y de sus capacidades, sin que deba nada por ellas a la sociedad. Se afirma que el individuo será libre en la medida en que sea propietario de sí mismo, de sus capacidades y del producto de las mismas, sin depender de la voluntad de los demás.
En consecuencia, la sociedad es contemplada como un conjunto de individuos propietarios que se relacionan entre sí mediante el intercambio de los bienes y servicios que hayan sido capaces de acumular.
La teoría supone que cada cual tratará de buscar su propio beneficio particular en toda relación social, y entiende que el Estado ha de proteger la libertad del individuo y la propiedad privada de los bienes, para que puedan funcionar los intercambios. Sin embargo, sabemos que este tipo de individualismo reduce excesivamente la realidad humana, puesto que toda persona, para llegar a serlo y desarrollar sus capacidades, necesita el apoyo y la cooperación de la sociedad en la que vive. No existe individuo humano que no tenga contraída una deuda con la sociedad y que se pueda considerar a sí mismo totalmente independiente de ella.
Otras filosofías han tratado de hacer compatible lo mejor del individualismo, su insistencia en los derechos básicos de cada persona, con la necesaria atención a la comunidad y a los bienes públicos. De ahí que se hable a menudo de un individualismo altruista o cooperativo. Porque, como afirmó Manuel Kant, los humanos estamos dotados de una insociable sociabilidad. Por eso es necesario encontrar el equilibrio entre un individualismo insolidario, que no responde a la realidad humana, y un colectivismo que anule la individualidad, puesto que tampoco este último responde a lo que somos.
8º.-) LA SOCIEDAD Y SU ORGANIZACIÓN.
8.1.-) DIFERENTES FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.
Toda sociedad implica una forma de organización, un conjunto de reglas de conducta que definen
cómo deben ser las relaciones entre sus miembros. Este orden social no viene determinado por la naturaleza, sino que son las personas las que lo crean y lo modifican, dando lugar a diferentes formas de organización social. Estas formas han ido aumentando su complejidad conforme lo han hecho los problemas a los que cada sociedad debía enfrentarse. Básicamente, podemos distinguir las siguientes formas de organización:
• Tribal. La integran pequeñas comunidades, estructuradas a partir de lazos familiares y con una economía de subsistencia.
• Esclavista. Incluye comunidades de un tamaño mayor, como ciudades e imperios, con una economía donde lo esencial de la producción corre a cargo de los esclavos.
•Feudal. Se configura alrededor de los señores feudales, jefes militares y políticos encargados de establecer el
orden político y la protección militar. La economía es básicamente rural, fundada en los vínculos de vasallaje.
• Moderna. Apoyada en el desarrollo de la industria y del comercio, el Estado nacional es el núcleo de la organización política.
El Estado moderno es hoy la forma más importante de organizar la sociedad, pero no la única. La familia, las comunidades locales, el intercambio económico, las Iglesias, las asociaciones cívicas son también modos de organizar las relaciones sociales. No debemos confundir lo público con lo estatal. De ahí la importancia de distinguir de forma clara el Estado de la sociedad civil.
El primer rasgo específico del Estado moderno es que pretende monopolizar el poder coercitivo en su propio territorio. Siguiendo a Max Weber, podemos definir el Estado como «una asociación de tipo institucional que en un territorio determinado trata con éxito de monopolizar la violencia legítima como instrumento de dominio». En la actualidad, cuando hablamos del Estado no nos referimos a la sociedad en general, sino a una instancia concreta dentro de ella, con las siguientes características:
• Es una institución política, impersonal y soberana, con jurisdicción suprema sobre su territorio, que tiene en exclusiva la capacidad de promulgar leyes que regulan de modo público y obligatorio impuestos, cargos, recompensas, privilegios, derechos, obligaciones, etc.
• Tiene una estructura unitaria de poder que pretende ser legítima y que permanece a través de los cambios de gobernantes y gobernados concretos. Este poder se ejerce a través de una burocracia o conjunto de funcionarios encuadrados en una organización jerárquica, específicamente dispuesta para administrar los asuntos públicos.
Para que la sociedad funcione de un modo más o menos satisfactorio y puedan alcanzarse metas colectivas es preciso que las acciones individuales estén concertadas, y esto exige, a su vez, la presencia de un poder capaz de influir sobre la conducta de las personas, aun contra su voluntad, y de imponer sanciones y coacciones que aseguren determinados comportamientos, en especial el cumplimiento de las obligaciones que establecen las leyes. Pero este poder tiene que ser aceptado por toda la sociedad, es decir, el derecho de los gobernantes a imponer su voluntad debe ser previamente reconocido. La aceptación de este derecho por parte de los demás se llama legitimación e implica que ese poder y su ejercicio están justificados.
De acuerdo con Max Weber, se pueden diferenciar tres tipos de dominación, es decir, tres procesos a través de los cuales las formas de dominación política se convierten en relaciones de poder socialmente aceptadas y, en este sentido, permiten y garantizan que los gobernantes se vean a sí mismos con el derecho de gobernar y a los demás con el deber de obedecer. Estos tres tipos de dominación son la carismática, la tradicional y la racional-legal.
En las sociedades pluralistas actuales, la legitimación del poder político sólo puede configurarse como racional-legal, de modo que se establezcan procedimientos que aseguren el acuerdo de todos los miembros de la sociedad.
Se basa en las características y cualidades personales del líder o jefe.
Poca estructura e inestable, sostenida por seguidores o partidarios.
La garantía del poder reside en las costumbres y en la tradición.
Personas dependientes o remuneradas por el legislador, con cierta autonomía.
El poder se justifica mediante procedimientos legales que especifican cómo puede ser instituido.
Burocracia como un sistema en el que la autoridad formal se encuentra en la cúspide de la organización jerárquica.
A partir de la Edad Moderna, el individuo aparece como la clave del orden social y político. Por tanto, la idea de un contrato o pacto entre todos los miembros de la sociedad, en su condición de libres e iguales, se convierte en el modelo de justificación política más utilizado. El contrato social básico es imaginario, hipotético, no puede haber existido en la realidad; damos por supuesto que las normas y leyes de la sociedad funcionan como si ese contrato hubiese sido firmado.
La teoría del pacto social describe una situación inicial, un estado de naturaleza, para a partir de ahí explicar la necesidad del Estado. No se trata, pues, de explicar el origen histórico de un determinado orden social, sino más bien de aportar razones que justifiquen su posible aceptación por parte de todos los implicados.
Afirma que el ser humano es, por naturaleza, un animal social, y es en la sociedad donde encuentra su finalidad, su meta; fuera de esta sociedad sería un bestia. Es la sociedad la que lo hace humano. La polis es la única que ofrece lo necesario para una vida auténticamente humana porque le satisface sus necesidades, hay una cooperación de todos favorecida por la facultad del lenguaje, por esa comunicación establece con otros acuerdos para la convivencia, la sociedad (con sus instituciones políticas, educativas, etc.),es el marco en el que hacer realidad el anhelo de felicidad propio de los seres humanos.
THOMAS HOBBES (1588-1679): Los seres humanos no están hechos para vivir en sociedad. El estado natural es la guerra de todos contra todos. El ser humano es antisocial, egoísta, ambicioso, indivi-dualista. La principal característica de los individuos en el estado de naturaleza es la igualdad: «la naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades corporales y mentales …» Iguales en los deseos, pasiones, en la esperanza de satisfacerlas. El hombre es un ser ávido de poder, riqueza, fama, etc.; del deseo de imponerse a los demás por la fuerza para disfrutar el sólo de todos los bienes, nace la guerra. Si todos pretenden el mismo fin, y todos tienen igual libertad para perseguirlo, si no hay leyes, la guerra, la lucha, el enfrentamiento, será inevitable. «El hombre es un lobo para el hombre». El ser humano tiene miedo a morir en dicha lucha, y esto le moverá a salir del estado de naturaleza, a dejar la lucha de todos contra todos. La razón le lleva a que tenga que entenderse con los demás. Con el fin de conseguir la seguridad, es preciso que cada individuo ceda una parte de su ilimitada libertad para hacerse con la paz. El primer paso es renunciar a la libertad, y el segundo es transferir la propia libertad, los propios derechos. Cuando hay mutua transferencia de derechos, hay contrato: el acuerdo de respetarse y no aniquilarse mutuamente. Para salir del estado de guerra, el hombre hace un contrato en el que se comprometen a renunciar a su libertad y a sus derechos a favor de la autoridad política. Ceden sus derecho a un soberano, el cual concentra todos los derechos transferidos; este soberano tiene todo el poder, y es el que les garantiza su seguridad. Este soberano o Leviatán recibe su fuerza del resto de los individuos; es la personificación del pacto realizado; sólo él puede asegurar lo único a lo que los individuos no han renunciado: el derecho a la vida. Es un poder absoluto, un absolutismo político. Esta visión de la naturaleza humana legitima un gobierno autoritario, capaz de aportar lo que los individuos más desean: seguridad. Hobbes busca la seguridad y la paz.
(1.632-1.704.) Para Locke el estado de naturaleza NO es un estado de guerra. En el estado de naturaleza dice Locke, los hombres son libres para ordenar los actos y disponer de sus personas y de sus pro-
piedades como mejor les parezca, con la única limitación de la ley natural. Son también iguales, en el sentido de que nadie está sometido a otro hombre. En este estado natural nadie está ligitimado para mandar y nadie está destinado a obedecer. El hombre es libre y nuestra inteligencia nos permite orientar nuestra conducta por la ley moral natural. La ley natural impone que nadie puede destruirse a sí mismo ni dañar a otros en su vida, salud, libertad o posesiones. Hay también derechos naturales, los cuales derivan de la ley natural: la vida, la salud, la libertad, la propiedad. En el estado de naturaleza no hay leyes comunes a las que apelar, ni alguien imparcial que juzgue las disputas (cada hombre e juez de su propia causa). El amor propio, la pasión, el deseo de venganza, … hacen que el hombre no siempre se comporte racionalmente. Esta situación empuja a los hombres a abandonar el estado de naturaleza. La falta de racionalidad, les empuja a salir del estado de naturaleza y entrar en la sociedad civil o comunidad política. Así los hombres renuncian al poder natural entregándolo o depositándolo en manos de la comunidad. La sociedad humana surgió en virtud de un pacto social, mediante el cual los seres humanos decidieron constituir una sociedad para el provecho común. La comunidad, por mediación de ciertos hombres autorizados por la misma, establece leyes comunes, juzga las diferencias y castiga de acuerdo a las normas generales. Así es como los hombres quedan sometidos al poder o autoridad política Sólo el consentimiento, otorgado por un pacto o convenio, puede ser el origen de un gobierno legítimo. Ningún gobierno absoluto puede ser legítimo. Los gobernantes deben gobernar con el consentimiento del pueblo, con leyes fijas, establecidas y promulgadas Para que el poder político no degenere en un poder absoluto, es conveniente que el poder legislativo y el ejecutivo estén separados.
Cree que la religión debe quedar más allá de la intervención de los gobernantes, los cuales deben permitir y apoyar la libertad de culto. Distingue un tercer poder, el federativo, que va unido al ejecutivo. Rechaza el poder absoluto y el gobierno despótico. No acepta la teoría del derecho divino de los reyes. Descarta la teoría del origen divino de la autoridad del soberano. Es considerado el padre del liberalismo, y establece las bases de la democracia liberal. Se opone al absolutismo. Si el poder político degenera en un poder absoluto, los gobernados, el pueblo, tienen el derecho y la obligación de rebelarse. Defiende la libertad.
J. J. ROUSSEAU (1712-1778). Sostiene que el hombre en estado de naturaleza, es un ser libre e iguales, bueno, independiente, solidario, regido pos sus sentimientos, que vive una vida primitiva y feliz y tiende al bien. Los hombres eran potencialmente racionales pero hacían escaso uso de la razón, vivían en un estado casi semisalvaje, aun no existía la moralidad, ni la educación. Fue la época feliz de la humanidad, viviendo en pequeñas comunidades guiados por la solidaridad y la costumbre. El hombre es social por naturaleza. Al vivir en sociedad se hace malo, se mueve por el egoísmo, la injusticia, opresión, … La propiedad privada será con la que se inicie la desigualdad entre los hombres. Considera la ciencia, las artes y el progreso, como la causa primera de los males que afligen a la sociedad: distinción de ricos y pobres, poderosos y débiles. La sociedad corrompe a los hombres.
El hombre civilizado, que vive en sociedad, es desgraciado porque ha perdido su independencia primitiva y su libertad. Defiende lo natural frente a lo artificial, porque el hombre es bueno por naturaleza. ¿Cómo devolver al hombre su primitiva libertad natural dentro de la propia civilización?. Mediante un contrato social que instaure la libertad civil y la soberanía popular. La solución es un pacto, por el que cada individuo, uniéndose a la colectividad, no obedece más que a sí mismo y salvaguarda su libertad. De esta situación sale mediante un contrato social. (Hobbes y Rousseau son contractualista). La justicia sólo puede salir de un pacto entre toda la comunidad cuya voluntad general es el fundamento del poder político. El orden social no puede legitimarse por la fuerza, sino por un contrato que preserve la libertad del hombre. El contrato social explica el paso del estado de naturaleza al estado social. Para volver al estado primitivo (dentro de la civilización) feliz, los hombres hacen un contrato social mediante el cual renuncian a la voluntad particular para fundirla en una voluntad general. Pierde libertad natural, pero obtiene la libertad civil, que es obediencia a las leyes, y es una libertad superior a la natural. EL pacto social se asienta sobre la base de la obediencia a las leyes. La voluntad general mediante la cual se constituye y rige la sociedad, se manifiesta en las elecciones o comicios populares por la mayoría de votos. El pueblo todo es soberano. Rousseau crea la figura del Legislador para que ilustre al voluntad general. La voluntad general queda depositada en la soberanía., que nunca puede ser atribuida a un individuo (se opone a Hobbes). El estado queda constituido como república donde el soberano es el propio pueblo en él que radica el poder. El ciudadano de esta república es soberano en cuanto dicta las leyes y súbdito, en cuanto las acata. «Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la dirección suprema de la voluntad general … así consideramos cada miembro como parte indivisible del todo».El pacto en Rousseau constituye el fundamento filosófico del régimen político liberal y democrático.
Al ser el pueblo el soberano en él que radica el poder, no debe haber razón para que este poder se corrompa o no funcione adecuadamente Busca la libertad y por eso declara ilegítimo el pacto de sumisión. Busca una sociedad liberal y democrática, en la que reine la paz, la tolerancia, la igualdad de derechos y obligaciones, …
El hombre ha nacido libre; el hombre natural es libre, el hombre social está encadenado. En el estado natural el hombre se ocupa de su conservación, de satisfacer sus necesidades físicas, es un ser libre, no social, independiente, interesado sólo en sí mismo, solitario, carente de vicios, de bienes. Posee un sentimiento de compasión por el sufrimiento de sus semejantes. El desarrollo de la capacidad de la razón conduce a la aparición de los primeros núcleos sociales, es éstos conducen a la competencia, al establecimiento de la propiedad privada, a la desigualdad, a la avaricia, … lo que genera una guerra de todos contra todos. Esta inestabilidad termina en la instauración de la sociedad política, a través de un pacto promovido por los que más tienen que perder: los ricos. El establecimiento de la sociedad política no resuelve los problemas que llevaron a establecerla: acentúa las desigualdades y elimina la libertad de los individuos, sometidos a un poder despótico. Esta visión pesimista de la sociedad lleva a Rousseau a propone un contrato social que devuelva al ser humano su libertad, que lo convierta en ciudadano. Es una propuesta moral: su intención es fundamentar moralmente una sociedad democrática. Este contrato social sólo puede ser establecido entre todos los interesados, «la voluntad general», la voluntad de todos considerando solamente el interés común y no los intereses particulares y no los intereses particulares. Se trata de formular leyes equitativas, justas, cuyo acatamiento es un acto de libertad.
M. KANT (1.724-1.804). El estado de naturaleza es el estado en que se encontraba el hombre antes de constituir el estado civil. Era un estado salvaje y de barbarie, de libertad sin ley, de degradación donde primaba el ejercicio de la fuerza bruta. Era un estado de guerra. El hombre vivía bajo la amenaza de la violencia porque cada uno hace lo que le place o lo que manda su instinto. Estamos juntos y enfrentados, sin leyes ni poder instituido que las respalde. El hombre no es social por naturaleza. Prima la fuerza, la violencia, la amenaza, … Es menester salir del estado de naturaleza, en el que cada uno obra a su antojo, y unirse con los demás, para someterse a una coacción externa legalmente pública, que debe entrar en un estado civil. Para salir del este estado salvaje y someterse a las leyes respaldadas por un poder en el estado civil es una obligación, un deber moral.
El salir del estado de naturaleza y buscar paz y justicia es nuestra primera obligación moral, según Kant. Este intenta construir una Constitución perfecta cuyas leyes debieran armonizar con la voluntad unida del pueblo. De esta manera, Kant como Aristóteles o Platón, considera que ética y política son dos mundos inseparables que requieren del derecho para su desarrollo.
El estado social incluye el establecimiento de leyes coactivas y el poder del estado para obligar su cumplimiento, pues la paz sólo es posible en el estado civil, nunca en un estado de naturaleza. En Kant la exigencia de salir del estado de naturaleza procede de la razón práctica, que manda proteger la libertad de las personas. Para Hobbes hay que salir del estado de naturaleza para asegurar la supervivencia y la felicidad.
Creado el estado mediante un contrato, empiezan a surgir leyes que regulen la vida social, garantizando la libertad de todos. En Kant el estado esta basado en el derecho; este debe hacer compatible las libertades de todas las personas (colibertad). La ley implica la coacción externa con quienes la transgredan. La coacción es la eliminación del obstáculo a la libertad. El estado posee la facultad de coacción.
El contrato social se asienta en el derecho. El estado se crea mediante un contrato amparado en el derecho. Las leyes deben ir regulando la vida social de la forma más justa posible, garantizando la libertad de todos. El soberano debería legislar de acuerdo con la voluntad unida del pueblo. El estado ideal es el republicano, dado que la ley es soberana y no depende de nadie. La constitución republicana es la más perfecta puesto que es la única que garantiza la libertad, la igualdad y la ciudadanía de los habitantes de un estado.
Ciudadano es quien participa en la legislación mediante la elección de sus representantes a través del
voto. El estado ideal es el aquel basado en una constitución republicana. El estado absoluto es para Kant incompatible con la condición de persona racional del hombre. Como Rousseau sostiene que la soberanía corresponde al pueblo, pero a diferencia de él, la soberanía se ejerce mediante representación.
El pueblo delega en el monarca o en los diputados el poder de legislar en nombre del pueblo. Kant intenta conciliar la libertad y la seguridad.
El siguiente cuadro muestra tres formas diferentes de concebir este pacto social: la de Thomas Hobbes, la de John Locke y la de Jean-Jacques Rousseau. Veremos, a continuación, las distintas formas básicas en que este pacto se ha concretado, atendiendo a las dos tradiciones políticas mas importantes: el liberalismo y el socialismo.
MODELO SOCIAL. ARISTÓTELES |
MODELO INDIVIDUALISTA
T. HOBBES |
MODELO LIBERTARIO
J. LOCKE |
MODELO UNIVERSALISTA
J. J. ROUSSEAU |
MODELO CONSTITUCIONALM. KANT. |
|
Situación inicial |
El hombre es un ser social por naturaleza. Es la sociedad la que lo hace humano. |
Guerra de todos contra todos. |
Cada uno es libre y goza de los frutos de su trabajo. Derechos naturales a la vida, libertad y propiedad. |
Igualdad natural. Problemas de subsistencia. No hay derechos previos al contrato. |
Estado salvaje de barbarie, libertad sin ley donde priman la fuerza, violencia, guerra, amenaza, … |
Contrato
Social |
El origen de la ciu- dad, y por tanto de la unión o contrato, responde a la incli- nación natural de asociarse para satis- facer sus necesidades |
Entre todos los individuos a favor del soberano. Es un poder absoluto que recibe la fuerza de todos los individuos. |
Doble contrato: entre todos los individuos para crear el Estado, y entre los individuos y los gobernantes. |
Entre todos los ciudadanos a favor de la comunidad. El contrato social sale de toda la comunidad y ha de preservar la libertad del hombre. |
El estado se crea mediante un con- trato amparado en el derecho, que regula la vida social y garantiza la libertad de todos. |
Fines del Estado |
El fin del estado es lograr que los hombres libres lleven una vida virtuosa para que alcancen la felicidad |
Estado como garante de la paz, del orden y de la seguridad. |
Estado como agencia protectora que evite que cada individuo se tome la justicia por su mano. |
Estado como expre- sión de la voluntad general, como búsque-da del bien común, que ha de devolver la libertad al hombre. |
Estado civil que armonice con la voluntad unida del pueblo procurándole libertad y seguridad |
9º.-) LAS FORMAS BÁSICAS DEL PACTO SOCIAL.
9. 1.-) El ESTADO LIBERAL.
9.1. 1. El Estado de derecho.
La primera forma que adoptó el Estado moderno fue la monarquía absolutista del Antiguo Régimen: una forma de gobierno en la que el monarca representa la voluntad soberana y su palabra es la ley.
Sin embargo, las revoluciones de carácter liberal llevadas a cabo desde el siglo XVII en adelante dan lugar a una nueva mentalidad según la cual todos los miembros de la sociedad, incluidos los gobernantes y el monarca, han de someterse a la ley emanada de la soberanía popular. De este modo se abre paso el concepto de imperio de la ley. En la tradición liberal, el derecho igual para todos garantiza un espacio de libertad en el que las personas puedan actuar sin temor a interferencias arbitrarias o injustas. De ahí el interés de los pensadores liberales por dar razón de la necesidad del imperio de la ley.
Tal es el caso de Manuel Kant, que en su obra La paz perpetua formula los tres principios siguientes como base del sistema jurídico que corresponde a un Estado moderno:
1. Principio de la libertad de cada miembro de la sociedad (en cuanto hombre).
2. Principio de la dependencia de todos respecto a una única legislación común (en cuanto súbditos).
3. Principio de la igualdad de todos los súbditos (en cuanto ciudadanos).
Para preservar estos tres principios, dice Kant, el soberano, al promulgar las leyes, debe tener en cuenta la siguiente fórmula: «Lo que no puede decidir el pueblo sobre sí mismo y sus componentes, tampoco puede decidirlo el soberano sobre el pueblo».
El punto de partida del liberalismo es la creencia de que el individuo constituye el núcleo de la actua-
ción política, y por eso el Estado ha de garantizar su libertad de actuación estableciendo un marco legal que proteja sus derechos. De este modo, los individuos pueden perseguir sus intereses particulares de acuerdo con las reglas de la competencia económica y del libre intercambio, sin que tengan que ver coartadas estas libertades por el poder público. Desde estos presupuestos, la política se concibe no como la búsqueda del bien común, sino
como el arte de equilibrar los diferentes intereses.
Las funciones básicas de este Estado liberal serían las siguientes:
– Proteger la vida de sus miembros.
– Mantener la seguridad.
– Reducir el miedo y la incertidumbre.
– Crear la paz civil.
– Asegurar el derecho de propiedad.
– Facilitar el comercio.
El liberalismo entiende que, para que sea posible alcanzar estos objetivos, el Estado ha de ser constitucional: un Estado donde existe un sistema de reglas fundamentales, la Constitución o unas normas equivalentes, que limitan los poderes estatales con el fin de evitar, en lo posible, los abusos de los gobernantes. Un buen ejemplo de estas reglas es la separación de poderes propuesta en el siglo XVIII por Montesquieu, que busca la independencia y el control mutuo entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial.
El Estado liberal de derecho dio paso al Estado liberal y democrático de derecho, cuando se advirtió que el sufragio universal, el sistema representativo y la regla de las mayorías eran los mecanismos más convenientes para controlar al poder público y alcanzar aquellos fines. Pero no deben confundirse el liberalismo, que es una forma de control del poder político, y la democracia, que se refiere a quien ejerce este poder político.
La aparición del Estado como un organismo autónomo dentro de la sociedad moderna ha provocado la necesidad de distinguir lo público estatal y lo público no estatal. Este último es el ámbito de la sociedad civil como conjunto de instituciones y mecanismos de coordinación social no dependientes del sistema administrativo estatal. El Estado se convierte entonces en el espacio de lo político, y la sociedad, en la esfera despolitizada de las personas y sus actividades.
Dos posiciones clave se distinguen en un primer momento para establecer el ámbito propio del Estado y el de la sociedad civil: unos la entienden como una sociedad comercial y otros como un sistema de necesidades.
La sociedad civil como sociedad comercial. Adam Smith, en su libro La riqueza de las naciones (1776), sostiene que la economía se ha convertido en el núcleo y motor de la vida social. Para Smith, el Estado es una institución que surge del conflicto de intereses entre los miembros de la sociedad y su fin básico es asegurar el crecimiento económico del que depende la riqueza de las naciones. De ahí que el Estado deba limitar su actuación a facilitar la producción, hacer respetar las leyes y el orden, proteger la propiedad, la defensa exterior, etc. En cambio, prosigue Smith, la sociedad civil se compone de individuos movidos por su propio interés y con una propensión al intercambio, surgida a su vez de la búsqueda del mutuo beneficio. De esta propensión deriva la aparición del mercado como lugar para el libre intercambio de bienes y servicios. Si el mercado consigue llegar a funcionar correctamente, sin intervención del Estado y asegurando la soberanía del consumidor, entonces se alcanza la utilidad común, el mutuo beneficio.
En definitiva, según Smith, el Estado surge como instrumento al servicio de la sociedad civil, para garantizar la integridad de esta esfera, estructurada en torno a la propiedad privada y a la economía de mercado.
La sociedad civil como sistema de necesidades. Hegel, en sus Principios de la filosofía del derecho (1821), entiende la sociedad civil como un espacio «donde cada uno es fin para sí mismo y todos los demás no son nada para él. Pero sin relación con los demás no puede alcanzar sus fines; los otros son por lo tanto medios para el fin de un individuo particular».
La sociedad civil se considera así como un sistema de necesidades que integra la economía, las relacio- nes laborales, las asociaciones gremiales, etc. En ella, los ciudadanos se relacionan sólo como individuos privados, aislados entre sí, y sin otra motivación que la satisfacción recíproca de necesidades. De ahí que esta esfera no sea, para Hegel, ningún ámbito independiente y autosuficiente. Más bien «cuando la sociedad civil funciona sin trabas se produce, por una parte, la acumulación de riquezas y, por otra, en la clase ligada al trabajo, la dependencia y la miseria». Por sus propias tensiones y contradicciones, la sociedad civil carece de capacidad para organizarse a sí misma y para proporcionar un progreso social. Por eso ha de ser estructurada por una autoridad pública superior que asegure su funcionamiento. La sociedad civil es una esfera incompleta y parcial, y por eso precisa del Estado, verdadero representante del interés común y del bien público.
El liberalismo surgió en un primer momento como una reivindicación de garantías constitucionales y de derechos individuales, esto es, una defensa de la libertad frente al absolutismo. Pero pronto pasó a convertirse en una doctrina acerca de la organización económica. Hoy en día el término incluye ambas dimensiones, por lo que es necesario siempre especificar a cuál nos referiremos.
• El liberalismo político se centra en la idea de que los seres humanos deben ser libres para seguir sus propias preferencias en los asuntos religiosos, económicos y políticos, lo que supone límites y controles al poder estatal.
• El liberalismo económico entiende el mercado como mecanismo básico de coordinación social. El papel del Estado consiste en permitir que el mercado cumpla su función de determinar los costes y precios, y de distribuir equitativamente los beneficios, sin pretender intervenir en él.
9. 2.-) EL ESTADO SOCIAL.
9.2.1.-) La tradición socialista.
Si el interés de la tradición liberal se centraba en la libertad individual, en la defensa ante los atropellos del poder político, la tradición socialista se propone establecer la igualdad material, defender condiciones sociales y económicas iguales para todas las personas. El siguiente cuadro recoge las implicaciones de esta diferencia básica entre ambas tradiciones.
Esta preocupación por las condiciones sociales que hacen posible la libertad conduce al socialismo a controlar el mercado porque, aunque éste parece responder a la libertad individual, de hecho, al no existir igualdad de condiciones, oprime a unas personas frente a otras. El mercado no reconoce aspectos como la dignidad, el respeto o el reconocimiento recíproco, sólo entiende de mercancías.
Explicación de la acción social desde el interés particular: competencia.
Explicación de la acción social desde la solidaridad: cooperación.
Garantía de la libertad individual y expansión de la libertad económica.
Garantía de la igualdad social y económica como condición del efectivo ejercicio de la libertad.
Defensa de la propiedad privada: refuerza la competencia.
Apoyo a diferentes formas de propiedad colectiva: refuerza la cooperación.
Separación del Estado y la sociedad civil.
Planificación estatal de la sociedad civil.
Importancia del mercado como mecanismo de coordinación.
Importancia de la planificación pública de la economía.
Control estatal del mercado.
De ahí que el objetivo básico sea interferir en el mecanismo del mercado, si no eliminarlo. Para ello, los derechos de propiedad y el control de los medios de producción y distribución de los bienes económicos deben estar en manos de la sociedad considerada como totalidad -de ahí el nombre de «socialismo»- y ser administrados en interés de todos para asegurar la igualdad social. El Estado deja de ser un simple garante de la libertad para convertirse en el representante del bien común, de los intereses de la sociedad.
Las estrategias para alcanzar esta igualdad social han seguido casi desde sus comienzos dos caminos diferentes: el socialismo científico o comunismo, y el socialismo reformista, también conocido como socialdemocracia.
• Socialismo científico o comunismo. Apoyada en las ideas de Karl Marx (1818-1883) y desarrollada principal-
mente por Lenin (1870-1924), esta concepción del socialismo ve al Estado liberal como un instrumento al servicio de la clase dominante. Por eso el socialismo científico exige rechazar no sólo los principios del libre
mercado, sino también la idea liberal de un Estado con poderes muy limitados.
Los objetivos del comunismo serían los siguientes:
– Supresión del mercado y socialización de los medios de producción.
– Abolición de la propiedad privada y, con ella, de la diferencia de clases sociales.
– Destrucción revolucionaria del Estado.
• Socialismo reformista o socialdemocracia. A partir de las ideas de teóricos como Ferdinand Lassalle (1825-1864) y Eduard Bernstein (1850-1932) se abre una línea de actuación diferente dentro del socialismo, que
propone también la intervención del Estado, pero sin romper sus bases democráticas, y liberales.
Los objetivos de la socialdemocracia serían:
– Subordinación del mercado a las necesidades sociales.
– Control de la economía e intervención en ella, restringiendo la propiedad privada.
– Distribución social del poder político, fortaleciendo el Estado democrático.
En la actualidad, tras la caída de los regímenes comunistas europeos a partir de 1989, sólo esta última posibilidad parece viable. Más aún cuando una parte de la tradición liberal se preocupa también por la igualdad material. El resultado de esta combinación será el Estado social de derecho.
El Estado social de derecho incluye en el sistema de derechos fundamentales las libertades individuales, y también la preocupación por la igualdad social. Para ello, desde finales del siglo XIX hasta nuestros días, el Estado ha ido asumiendo un papel cada vez más activo en la sociedad civil, principalmente por dos razones:
• Como respuesta a las exigencias de la justicia social, para hacer real la igualdad de oportunidades. Ello lleva a la expansión progresiva de los servicios sociales: educación, asistencia médica, protección de la vejez, del desempleo, de los grupos más débiles; redistribución de la riqueza mediante una política fiscal; seguridad social y pensiones de jubilación.
• Como respuesta a los problemas propios del sistema económico. La economía requiere una coordinación estatal para asegurar la eficacia y evitar las tendencias a la crisis. El aumento de la producción y la expansión de la demanda interna exigen, entre otras medidas, una política de pleno empleo, la función directiva del consumo mediante la política fiscal, la creación de empresas públicas y el aumento del gasto público.
En resumen, el Estado social, que ha tomado históricamente la forma de Estado del bienestar, intenta garantizar la satisfacción de ciertas necesidades básicas, para lo cual ha de ser eficaz económicamente.
Esta nueva concepción del Estado trata de asumir, como tarea propia, la protección de los derechos humanos de segunda generación, es decir, los derechos sociales, económicos y culturales. Con lo cual, el «imperio de la ley», que define al Estado liberal, incluye ahora una preocupación central por las cuestiones distributivas y la justicia social. De ahí que a partir de la Segunda Guerra Mundial los Estados actuales puedan caracterizarse por una economía mixta (privada y pública), una política liberal y un sector de bienestar social.
10º.-) LA RECUPERACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL.
10. 1.-) LOS LÍMITES DEL ESTADO.
En la actualidad, la idea del Estado soberano, fruto del acuerdo entre todos sus miembros, con la que comenzábamos este tema, está bastante desfigurada. Nuestros Estados sociales y democráticos de derecho se enfrentan a problemas que obligan a definir de nuevo cuáles son sus funciones y cuáles son las que corresponden a la sociedad civil. Veamos algunos de esos problemas.
• El Estado del bienestar ha ido degenerando progresivamente en un Estado benefactor que, con grandes dosis de paternalismo, ha reducido la iniciativa privada a la mínima expresión. La sociedad civil se ha convertido en una especie de cliente que espera resignado la solución a todos sus conflictos por parte de un Estado cada vez
más extenso. Como resultado, los ciudadanos adoptan una actitud de dependencia pasiva que más les asemeja a
súbditos o vasallos que a personas libres y responsables.
• Este aumento de las competencias del Estado trae consigo un crecimiento de la burocracia, un aumento
desmesurado del poder administrativo, sujeto sólo a las decisiones de los expertos y ajeno a cualquier tipo de responsabilidad política. Ello conduce a una separación cada vez mayor entre gobernantes y gobernados, con lo cual el poder político deja de ser comprensible desde la idea original del contrato social.
• La soberanía estatal es insuficiente para hacer frente al hecho indiscutible de la globalización, esto es, a la internacionalización de la actividad política, social y, sobre todo, económica. Ni la información, ni la protección del medio ambiente, ni la política económica son ya un asunto de cada Estado en exclusiva.
De ahí que existan tanto una opinión pública mundial, que escapa a las fronteras de los Estados, como organizaciones supraestatales, que intentan responder a estos nuevos retos. La Unión Europea y las Naciones
Unidas son dos buenos ejemplos. Todas estas cuestiones conducen a replantear el papel del Estado y a recuperar el concepto de una sociedad civil como esfera de organización de la vida social.
Hoy en día asistimos a una recuperación de la sociedad civil, pero entendida de modo distinto de las dos tradiciones que hemos expuesto. La sociedad civil no debe regirse exclusivamente por el mecanismo del mercado, convirtiéndose en una jungla donde sólo impera la ley del más fuerte, ni es considerada como la esclava de un Estado burocratizado, donde toda libertad y toda iniciativa se ven constreñidas de antemano.
La sociedad civil es aquella dimensión de la sociedad que se compone de una trama de relaciones, de un conjunto de asociaciones que abarcan desde la familia, las Iglesias, los grupos de amigos, las asociaciones culturales o de vecinos, a organizaciones cívicas internacionales: humanitarias, ecologistas, pacifistas, etc.
Todos los autores que tratan del tema convienen en afirmar que el elemento distintivo de todos estos grupos es que no están sometidos a la coerción del Estado, sino que se trata de asociaciones formadas por lazos de cariño, fe religiosa, amistad, o por proyectos comunes no políticos, como es el caso de las asociaciones de vecinos o las organizaciones cívicas.
Sin embargo, sobre la base de este acuerdo entre los distintos autores, existen todavía dos líneas de interpretación de lo que es la sociedad civil:
•Autores como John Keane entienden que la sociedad civil es la dimensión no estatal de la sociedad en su conjunto; y que, por lo tanto, incluye el poder económico en su funcionamiento.
• Autores como Jürgen Habermas, André Gorz y Michael Walzer creen, por el contrario, que la sociedad civil se distingue tanto del poder estatal como del económico. Es un espacio de cooperación, sin coerción estatal ni intereses económicos, y que se rige por lazos de solidaridad.
Uno de los grandes problemas que se plantean entonces es el de determinar las relaciones de la sociedad civil con el Estado. Para resolverlo, los autores mencionados han propuesto los siguientes puntos:
• Es la sociedad civil la que legitima al poder político.
• A ella corresponde controlarlo y recordarle la meta para la que ejerce ese poder.
• Es preciso crear un espacio público libre de coerción estatal, en el que la sociedad civil pueda discutir libremente los problemas públicos.
• La sociedad civil tiene que ser autónoma con respecto al Estado.
• Hay que potenciar una opinión pública independiente, capaz de expresar lo que la sociedad realmente quiere.
• La sociedad civil debe asumir sus responsabilidades, porque el Estado no es el único que ha de resolver los problemas públicos.
• Todo esto resulta imposible sin fortalecer una ética de la sociedad civil, basada en la solidaridad y la responsabilidad.
11º.-) LA DEMOCRACIA.
11. 1.-) MODELOS ACTUALES DE DEMOCRACIA.
11. 1.1.-) La democracia elitista.
Bajo el rótulo de democracia elitista podemos reunir aquellas teorías que, apoyándose en los escritos de
Max Weber (1864-1946) y de Joseph Alois Schumpeter (18831950), reducen la democracia a un mero mecanismo para aceptar o rechazar a las personas que deben ejercer la actividad política. Ni gobierna el pueblo ni se pretende que lo haga, sólo se le pide que legitime el derecho a gobernar de los expertos. La democracia no es el gobierno del pueblo, sino el gobierno querido por el pueblo.
El primer autor que formuló este modelo de forma sistemática fue Schumpeter en su trabajo Capitalismo, socialismo y democracia (1942). El objetivo de la obra consistía en liberar a la teoría de la democracia de especulaciones, utopías y falsos ideales, y en defender una democracia realista, con una base empírica. Para llevar a cabo esta doble tarea, Schumpeter desarrolló una nueva definición de democracia: «El método democrático es el mecanismo para alcanzar decisiones políticas, en las cuales unos individuos adquieren el poder de decidir por medio de una lucha competitiva por el voto del pueblo».
Un mecanismo de mercado. En esta nueva concepción, la democracia pasa a ser entendida como un mecanismo de mercado, donde los consumidores son los votantes, y los políticos, los empresarios. Ambos buscan su propia utilidad y beneficio aprovechando el voto y la existencia de los partidos. De esta forma, la vida democrática se limita al derecho periódico de escoger y autorizar a un gobierno.
Las teorías elitistas olvidan que, si bien es así como funcionan nuestras democracias, su justificación posible utiliza un lenguaje muy distinto. Tales teorías no alcanzan a dar razón de nuestras instituciones porque olvidan que la democracia real incluye tanto las instituciones existentes en un orden democrático dado como las ideas que se usan para justificarlo, y éstas hacen siempre referencia a lo que la democracia debería ser. El desencanto y la apatía que se observan en la sociedad actual son un síntoma de que se espera algo más de nuestras democracias.
Representación y participación. Por eso, frente a las teorías elitistas aparece un conjunto de propuestas que podemos englobar bajo el título de democracia participativa. Su rasgo básico consiste en relacionar la dignidad y la autonomía del ser humano con la posibilidad de participar de forma activa en las decisiones que le afectan. No se conforman con la democracia representativa, sino que afirman que para conseguir una sociedad más equitativa hace falta un sistema político más participativo. Esto no implica eliminar los mecanismos de la democracia representativa, ni defender una democracia directa incompatible con el tamaño, la complejidad y la pluralidad de nuestras sociedades actuales. El modelo participativo acepta las elecciones, los partidos y los representantes. Pero pide una profundización de la democracia en todas las esferas de la vida social. Esto implica, por una parte, descentralizar el poder del Estado, por ejemplo, transfiriendo más competencias a los ayuntamientos, y, por otra, hacer más participativas las instituciones que afectan a la vida social, como escuelas, empresas u hospitales, aunque en cada caso tenga que ser diferente la forma de participación.
Libertad de autodeterminación. Bien sea como descentralización del poder político en comunidades pequeñas de decisión (Benjamin R. Barber), bien sea extendiendo la democracia a otros centros de poder sociales y económicos (Carole Pateman, Peter Bachrach), estas teorías defienden que la libertad que nos proporciona el régimen democrático es, ante todo, la libertad de autodeterminación para adoptar las normas o decisiones colectivas obligatorias. El poder del pueblo no significa sólo un mero poder de decidir quién ha de resolver los problemas, sino también el poder de solucionarlos por sí mismo. Además, de esta participación ciudadana se espera una mejor comprensión de la actividad política, de su significación e importancia, así como de su relación con nuestro propio desarrollo como personas. El siguiente cuadro compara los puntos básicos de los dos modelos.
Método para la elección de elites políticas cualificadas.
Sociedad participativa; relación entre participación e igualdad.
Gobierno parlamentario con ejecutivo fuerte. Limitación de la participación a las elecciones periódicas de los gobernantes.
Participación activa de los ciudadanos en la regulación de todas las instituciones clave de la sociedad, incluyendo el lugar de trabajo y la comunidad local.
Competencia entre elites y partidos políticos rivales.
Partidos políticos democratizados y vinculados a programas políticos.
Administradores bien formados e independientes de los políticos.
Control de la actividad administrativa por parte de los ciudadanos.
Intervención mínima del Estado en la sociedad civil y en la vida privada. Sociedad de libre mercado lo más extensa posible.
Participación del Estado en la efectiva rea- lización de los derechos sociales, económicos y ecológicos. Estructuración democrática de la economía y de la sociedad civil.
La exigencia de una mayor democratización de nuestras sociedades no debe confundirse con la extensión de la regla de las mayorías a todos los ámbitos sociales. Esto significaría confundir el sentido básico de la democracia, que es el derecho igual de cada uno a elegir y gobernar su propia existencia, con una regla para la toma de decisiones que sólo es un elemento más de su funcionamiento.
Cada esfera de acción tiene su propia lógica, derivada del fin que persigue. Y por eso la expresión «democratizar» no puede querer decir lo mismo para todas las actividades: democratizar un hospital será algo distinto de democratizar una escuela o una comunidad política, porque no todas las personas tienen el mismo grado de conocimientos ni la misma responsabilidad en la buena marcha del conjunto. Así, el uso de la regla de las mayorías tiene al menos tres límites:
• Los derechos individuales, que no pueden someterse a votación.
• Los derechos de las minorías a defender su posición y a poder convertirse en mayoría.
• La naturaleza de cada actividad social, que exige tener en cuenta el grado de preparación y responsabilidad de los que cooperan en ella.
Entre los derechos individuales hemos de incluir la objeción de conciencia, que consiste en el derecho de los individuos a no cumplir determinadas leyes que repugnan a su conciencia. La objeción de conciencia ha de estar regulada legalmente para hacer compatibles los derechos de la persona objetora y los de otras personas afectadas por la objeción de que se trate.
La desobediencia civil no violenta es otra forma de negarse a cumplir las leyes, pero no reconocida legalmente. Los encierros y acampadas ¡legales para protestar por el trato dado a los inmigrantes, o exigiendo una mayor ayuda al desarrollo de los países pobres, son algunos ejemplos de este tipo de prácticas. La llamada «objeción fiscal» es, en realidad, un caso de desobediencia civil no violenta. El objetivo de este tipo de actos es concienciar a la opinión pública de que hay aspectos de nuestra organización social que debieran ser humanizados. Pero esto sólo puede lograrse si se hace de modo público, no violento y educativo.
Una sociedad democrática debe esforzarse por organizar la vida común de una forma justa y digna. Por eso, el reto para nuestros sistemas democráticos consiste en aprender a conjugar, por una parte, la participación ciudadana con el necesario control del poder político, y, por otra, la eficacia económica y administrativa con la voluntad común de los ciudadanos. Pero también resulta indispensable una continua discusión pública sobre qué democracia queremos y cómo podemos alcanzarla, porque hay tendencias que pueden hacer fracasar los mejores proyectos si gobernantes y gobernados no sacan a la luz constantemente estos temas. Los gobernantes tienden a usar el poder en su propio provecho, una vez que lo han conquistado, y a intentar perpetuarse en él por todos los medios. Los gobernados caen fácilmente en la pasividad, al ver que sus esfuerzos sirven para poco, y acaban recluyéndose en su vida privada (familia, amigos), que les resulta más gratificante.
Es preciso, pues, que los ciudadanos asuman su responsabilidad participando en las cuestiones públicas y que los gobernantes recuerden que sus metas son exclusivamente la justicia y el bien de la ciudadanía.
Ningún Estado puede llamarse democrático si sus leyes y su funcionamiento no protegen los derechos humanos, como el derecho a la vida, a la libertad, a la integridad física y moral, etc.
Ningún Estado puede llamarse democrático si el poder ejecutivo o gobierno, el poder legislativo o parlamento y el poder judicial, compuesto por jueces y magistrados, no son entre sí independientes.
En una democracia, el origen de todo poder está en el pueblo. Los ciudadanos expresan su voluntad mediante el voto.
Si no hay pluralismo de partidos, si no existe la posibilidad de difundir cualquier modo de pensar que sea respetuoso con los demás, no existe una verdadera democracia.
1.- Enumera diversas actividades que afecten a tu persona en las que intervenga el estado.
2.- ¿Qué relación guarda el Estado con el territorio.
3.- ¿Qué elementos deben ser los determinantes en el surgimiento de un Estado?
4.- ¿Qué significa la soberanía de un Estado?
5.- Diferencias y relaciones entre los conceptos de Estado y de Sociedad.
6.- Pon algún ejemplo de Estados que se encuentren formados por más de una nación.
7.- ¿Qué representa el gobierno dentro de un Estado?
8.- Distingue entre súbditos y ciudadanos.
9.- ¿Qué es el Estado? ¿Y qué es una democracia?
10.- En los estados democráticos actuales, la organización política se halla sometida a la voluntad ¿de quién y
de qué modo?
11.- Comenta la siguiente afirmación. «Es cierto que en las democracias parece que el pueblo hace lo que quiere; pero
la libertad política no consiste en hacer lo que uno quiere. En un Estado, es decir, en una sociedad en la que hay
leyes, la libertad sólo puede consistir en poder hacer lo que se debe querer y en no estar obligado a hacer lo que no
se debe querer». Montesquieu: Del espíritu de las leyes, libro XI.
12.- ¿Cómo es la distribución del poder en un estado democrático?
13.- ¿Es a tu juicio correcta la teoría del individualismo posesivo? ¿Por qué?
14.- ¿Todas las formas de poder pueden ser consideradas legítimas? ¿Por qué?
15.- ¿En qué crees que se pueden diferenciar la dominación y la legitimación?
16.- ¿Qué es lo que tratan de explicar las teorías del pacto social?
17.- De las cuatro teorías del «pacto social», con cual te quedas? ¿Por qué?
18.- ¿Qué condiciones debe cumplir un Estado para ser considerado como Estado liberal?
19.- ¿Qué relación existe entre el liberalismo económico y el liberalismo político?
20.- Un Estado, por el hecho de estar legitimado políticamente, ¿es un Estado justo?
21.- ¿Cómo se entiende la democracia en el modelo elitista? ¿Y en el participativo?
22.- ¿Qué elementos son indispensables para avanzar hacia una democracia mejor?
23.- Imagina que se está votando en clase una posible jornada de huelga o de protesta. ¿Qué condiciones
deberían cumplirse para que la decisión tomada fuese plenamente democrática?
24.- Comenta las siguientes afirmaciones:
«La democracia es el mecanismo para alcanzar decisiones políticas en las cuales unos individuos adquieren el poder para decidir por medio de una lucha competitiva por el voto del pueblo». J.A. Schumpeter.
«La democracia es un método no tanto de selección de líderes cualificados, sino de rechazo de ineptos. Me permite rechazar el gobierno que no deseo sin derramamiento de sangre». Karl Popper.
«La democracia, antes y más profundamente que un sistema de gobierno, es un sistema de valores, que demanda una reeducación político-moral». José Luis López Aranguren.
25.- Comenta los siguientes textos.
Libertad, igualdad y participación.
La política es el juego en el que todos ganan juntos o pierden juntos, donde se transforma el conflicto en cooperación o se destruye el ámbito mismo de lo público. ¿Qué es pues la libertad? La condición de que disfrutan los ciudadanos con el control de su destino común; obediencia a las leyes en cuya elaboración tienen participación efectiva ( … ). ¿Qué es la igualdad? La condición de que disfrutan los ciudadanos que comparten la carga de la responsabilidad pública, que participan en la determinación del bien y los fines públicos, y que se tratan unos a otros con el respeto que proviene de saber que unos se pertenecen a los otros, compartiendo un destino común, y sólo pueden ser libres creando comunidades participativas. No hay libertad sin igualdad, ni igualdad sin autonomía. BENJAMIN R. BARBER, ¿Qué es el capitalismo democrático?
Derechos sociales. ARTÍCULO 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener … la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Declaración universal de los derechos humanos.
1 Participación e independencia.
La libertad de los antiguos consistía en la participación activa y continua en el poder coactivo. Nuestra libertad debe consistir en el disfrute apacible de la independencia privada.
BENJAMIN CONSTANT, Escritos políticos.
2 El individualismo posesivo.
Los supuestos del individualismo posesivo pueden resumirse en las […] proposiciones siguientes:
1º. Lo que hace humano a un hombre es ser libre de la dependencia de las voluntades de los demás. 2º. La libertad de la dependencia de los demás significa libertad de cualquier relación con los demás salvo aquellas relaciones en las que el individuo entra voluntariamente por su propio interés. 3º. El individuo es esencialmente el propietario de su propia persona y de sus capacidades, por las cuales nada debe a la sociedad. 4º. Aunque el individuo no puede alienar toda su propiedad sobre su propia persona, puede alienar su capacidad para trabajar.
5º. La sociedad humana consiste en una serie de relaciones mercantiles.
CRAWFORD MACPHERSON, La teoría política del individualismo posesivo.
3 Sobre la necesidad del Estado.
La causa final, propósito o designio que hace que los hombres -los cuales aman por naturaleza la libertad y el dominio de los demás- se impongan a sí mismos esas restricciones de las que vemos que están rodeados cuando viven en Estados, es el procurar su propia conservación y, consecuentemente, su vida más grata, Es decir, que lo que pretenden es salir de esa insufrible situación de guerra que es el resultado de las pasiones naturales de los hombres cuando no hay poder visible que los mantenga atemorizados y que, con la amenaza de castigo, les obligue a cumplir los convenios y a observar las leyes de la naturaleza. Porque leyes de la naturaleza como la justicia, la equidad, la modestia, la misericordia, y, en suma, el hacer con los demás lo que quisiéramos que se hiciese con nosotros, son en sí mismas, y cuando no hay terror a algún poder que obligue a observarlas, contrarias a nuestras pasiones naturales, las cuales nos inclinan a la parcialidad, el orgullo, a la venganza y demás. THOMAS HOBBES, Leviatán.
4 Consecuencias del contrato social.
Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tienta; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee ( . .. ) hay que distinguir bien la libertad natural, que no tiene límites más que las fuerzas del individuo, de la libertad civil, que está limitada por la voluntad general [ … ]. Podría añadirse a la adquisición del estado civil la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es libertad. JEAN-JACQUES ROUSSEAU, El contrato social.
5 La constitución política.
La constitución cuyos fundamentos sean los tres siguientes: 1º, principio de la «libertad» de los miembros de una sociedad -como hombres-; 2º, principio de la «dependencia» en que todos se hallan de una única legislación común -como súbditos-; 3º, principio de la «igualdad» de todos -como ciudadanos-, es la única constitución que nace de la idea del contrato originario, sobre el cual ha de fundarse toda la legislación de un pueblo. Semejante constitución es «republicana». Ésta es, pues, en lo que al derecho se refiere, la que sirve de base primitiva a todas las especies de constituciones políticas. Puede preguntarse: ¿es acaso también la única que conduce a la paz perpetua? IMMANUEL KANT, La paz perpetua.
6 La «mano invisible».
… Al orientar esa actividad para producir un valor máximo, él busca sólo su propio beneficio, pero en este caso, como en otros, una mano invisible lo conduce a promover un objetivo que no entraba en sus propósitos. El que sea así no es necesariamente malo para la sociedad. Al perseguir su propio interés, frecuentemente fomentará el de la sociedad mucho más eficazmente que si de hecho intentase fomentarlo.
ADAM SMITH, La riqueza de las naciones.
7 El funcionamiento de la sociedad civil. El hombre ( … ) está casi permanentemente necesitado de la ayuda de sus semejantes, y le resultará inútil esperarla exclusivamente de su benevolencia. Es más probable que la consiga si puede dirigir en su favor el propio interés de los demás, y mostrarles que el actuar según él demanda redundará en beneficio de ellos. Esto es lo que propone cualquiera que ofrece un trato a otro. Todo trato es: dame esto que deseo y obtendrás esto otro que deseas tú; y de esta manera conseguimos mutuamente la mayor parte de los bienes que necesitamos. No es la benevolencia del carnicero, el cervecero o el panadero lo que nos procura nuestra cena, sino el cuidado que ponen ellos en su propio beneficio. No nos dirigimos a su humanidad, sino a su propio interés, y jamás les hablamos de nuestras necesidades, sino de sus ventajas.
ADAM SMITH, La riqueza de las naciones.
8 Sobre la crítica al Estado y al derecho.
El reconocimiento de los derechos del hombre por el Estado moderno tiene la misma significación que el reconocimiento de la esclavitud por el Estado de la antigüedad. La base del Estado de la antigüedad era la esclavitud; la base del Estado moderno es la sociedad civil y el individuo de la sociedad civil, es decir, el individuo independiente sin más vínculo con los demás individuos que el interés privado y la necesidad inconsciente, natural, el esclavo del trabajo asalariado, de las necesidades egoístas de sí mismo y los demás.
KARL MARX, La sagrada familia.
9 Tipos de igualdad.
1. Igualdad jurídico -política: a cada uno los mismos derechos jurídicos y políticos, o sea, el poder legalizado de oponer resistencia al poder político.
2. Igualdad social: a cada uno la misma importancia social, es decir, el poder oponerse a la discriminación social.
3. Igualdad de oportunidades como acceso igual: igual reconocimiento a igual mérito. A cada uno las mismas oportunidades para ascender, tomando en consideración los propios méritos.
4. Igualdad de oportunidades entendida como comienzo igual: como condiciones materiales iguales para el acceso igual a las oportunidades. A cada uno el mismo poder inicial necesario para adquirir el rango y la capacidad de cualquier otro.
5. Igualdad económica, esto es, o la misma riqueza para todos y cada uno, o propiedad estatal de toda la riqueza. Ningún poder (económico) para nadie. GIOVANI SARTORI, Teoría de la democracia.
10 Derechos sociales.
ARTÍCULO 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener […] la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Declaración universal de los derechos humanos.
11 ¿Qué es la sociedad civil?
El espacio de asociación humana sin coerción, y también el conjunto de la trama de relaciones (formadas en nombre de la familia, la fe, los intereses y la ideología) que llenan este espacio.
MICHAEL WALZER, «La idea de la sociedad civil», Debats, Nº. 39, 1992
12 Estado y sociedad civil en la actualidad.
En el sentido más abstracto, sociedad civil puede considerarse como un agregado de instituciones, cuyos miembros participan en un conjunto de actividades no estatales -producción económica y cultural, vida doméstica y asociaciones de ayuda mutua-, y que aquí preservan y transforman su identidad ejerciendo toda clase de presiones o controles sobre las instituciones del Estado [ … ].
De esta manera sociedad civil y Estado deben convertirse en condición de una democratización recíproca. La sociedad debe convertirse en una espina clavada permanentemente en el flanco del poder político. Sin una sociedad civil segura e independiente de las esferas públicas, los objetivos de igualdad, libertad, planificación participativa y adopción conjunta de decisiones no serán más que eslóganes vacíos. Pero sin la función protectora, redistributiva y mediadora de} Estado, las luchas por transformar la sociedad civil caerán en la dinámica del gueto, en la división y en el estancamiento, o generarán sus propias y nuevas formas de
desigualdad y falta de libertad. JOHN KEANE, Democracia y sociedad civil.
13 Significados de democracia.
( … ) [la democracia] es el mecanismo para alcanzar decisiones políticas en las cuales unos individuos adquieren el poder para decidir por medio de una lucha competitiva por el voto del pueblo.
JOSEPH A. SCHUMPETER, Capitalismo, socialismo y democracia.
( … ) creo que la forma más defendible y atractiva de democracia es una en la que los ciudadanos puedan participar en la toma de decisiones en un amplio conjunto de esferas (política, económica y social).
DAVID HELD, Modelos de democracia.
La democracia es un método no tanto de selección de líderes cualificados, sino de rechazo a los ineptos. Me permite rechazar el gobierno que no deseo sin derramamiento de sangre.
KARL POPPER, La sociedad abierta y sus enemigos.
La democracia, antes y más profundamente que un sistema de gobierno, es un sistema de valores, que demanda una reeducación político-moral. JOSÉ LUIS LÓPEZ ARANGUREN, La democracia establecida.
14 Libertad, igualdad y participación.
La política es el juego en el que todos ganan juntos o pierden juntos, donde se transforma el conflicto en cooperación o se destruye el ámbito mismo de lo público. ¿Qué es pues la libertad? La condición de que disfrutan los ciudadanos con el control de su destino común; obediencia a las leyes en cuya elaboración tienen participación efectiva ( … ). ¿Qué es la igualdad? La condición de que disfrutan los ciudadanos que comparten la carga de la responsabilidad pública, que participan en la determinación del bien y los fines públicos, y que se tratan unos a otros con el respeto que proviene de saber que unos se pertenecen a los otros, compartiendo un destino común, y sólo pueden ser libres creando comunidades participativas. No hay libertad sin igualdad, ni igualdad sin autonomía. BENJAMIN R. BARBER, ¿Qué es el capitalismo democrático?
15 Liberalismo y democracia.
Democracia y liberalismo son dos respuestas a dos cuestiones de derecho político totalmente distintas.
La democracia responde a la pregunta: ¿quién debe ejercer el poder público? La respuesta es: el ejercicio del poder público corresponde a la colectividad de los ciudadanos.
Pero en esa pregunta no se habla de la extensión que deba tener el poder público. Se trata sólo de determinar el sujeto a quien el mando compete. La democracia propone que mandemos todos; es decir, que todos intervengamos soberanamente en los hechos sociales.
El liberalismo, en cambio, responde a esta otra pregunta: ejerza quienquiera el poder público, ¿cuáles deben ser los límites de éste? La respuesta suena así: el poder público, ejérzalo un autócrata o el pueblo, no puede ser absoluto, sino que las personas tienen derechos previos a toda injerencia del Estado. Es, pues, la tendencia a limitar la intervención del Estado [ … ].
El poder público tiende siempre y dondequiera a no reconocer límite alguno. Es indiferente que se halle en una sola mano o en la de todos. Sería, pues, el más inocente error creer que a fuerza de democracia esquivamos el absolutismo. Todo lo contrario. No hay autocracia más feroz que la difusa e irresponsable del demos.