Portada » Economía » El Empresario Individual y Social: Capacidad Jurídica y Tipos de Sociedades Mercantiles
Capacidad jurídica es la capacidad de ser titular de derechos y deberes jurídicos: por ejemplo, ser titular de la propiedad de una casa, de una cuenta corriente, etc.
Capacidad de obrar es la capacidad de realizar actos con validez jurídica: por ejemplo, realizar contratos de compra y venta, firmar contratos de trabajo, interponer una demanda ante el juez, votar, etc.
Las personas físicas tienen capacidad jurídica cuando nacen con forma humana y han vivido 24 horas desprendidas del claustro materno.
El empresario individual es la persona física que ejercita una actividad constitutiva de empresa a su nombre, es por tanto quien corre con el riesgo y ventura de la empresa, es decir, adquiere las ganancias y responde de las pérdidas.
El empresario individual ha de tener capacidad de obrar, ser mayor de edad (18 años) y tener plena capacidad mental.
La responsabilidad por las deudas de su empresa es ilimitada, es decir, responde con su patrimonio personal, y además de con sus bienes presentes con sus bienes futuros.
Pueden acogerse las personas físicas, cualquiera que sea su actividad profesional, con los siguientes requisitos:
Actualmente el Derecho concede personalidad jurídica a determinados entes, siempre que se constituyan conforme a la ley. En el Derecho español se concede personalidad jurídica a las sociedades mercantiles. Esta sociedad es una asociación creada en virtud de un contrato por el cual los socios se comprometen a poner en común dinero, bienes o industria con el fin de crear una empresa y repartir las ganancias entre los socios.
Las bases para constituir la sociedad mercantil son:
Las sociedades mercantiles se clasifican en sociedades capitalistas y sociedades personalistas. Estas sociedades se manifiestan de la siguiente manera: