Portada » Filosofía » El derecho como mandato soberano filosofia
Se subraya la importancia de la ley positiva frente a la ley natural. Características que se dan en el desarrollo del Positivismo:
Empieza a tratarse el Derecho como una ciencia (reflejo del pensamiento positivista). Encontramos tres países donde se desarrollan escuelas positivistas:
Para Savigne, el Derecho principalmente es un derecho consuetudinario (de la costumbre), porque es un derecho que cambia, que evoluciona en el tiempo. Le da prioridad sobre el derecho estatal. Hay un gran debate sobre si la ley positiva no tiene que tener en cuenta la sociedad como origen (si las leyes pueden crearse desde la nada). Para él, el Derecho tiene su origen en la sociedad (es un Derecho que rige la vida de los pueblos).
La escuela es consecuencia de la codificación porque los jueces se encuentran con un nuevo código civil y se plantean cumplirlo tal cual (además se cree que no tiene ni lagunas ni antinovias). Pensaron que ese código daba soluciones a todos los problemas que se les podían plantear, pero surgen nuevos problemas ante los que los jueces no pueden aplicar el código tal cual.
Austin defiende la norma jurídica como un mandato coactivo, y que no proviene de la sociedad de manera difusa, sino de un soberano claramente establecido.
Se trata de una definición de la norma jurídica atendiendo a su forma y no a su contenido. Para definirla hay que separar el Derecho de la moral, es decir no hacer ninguna alusión a la justicia o a la eficacia de la norma, y definir su validez que es la que nos reconduce a su forma.
La definición de Austin es conocida como una visión imperialista del Derecho. Es lo que constituye la propia naturaleza del Derecho, lo que implica una relación jerárquica. “Si esta ley no se ejecuta, entra en juego la sanción”.
Austin considera que el Derecho es un conjunto de mandatos cuya fuerza es su contenido esencial. Para Austin la norma tiene la estructura de mandato. Esta define su teoría como pura del mandato: significa que el estudio del Derecho no debe atender a otra cosa que no sea la estructura formal de la norma.
Para un positivista como Kelsen, la Teoría del Derecho se centra en el análisis del serdel Derecho. Kelsen pretende que la norma jurídica pueda ser analizada (su estructura) tanto siendo un gobierno totalitario como una democracia (no se está analizando si es justa o injusta).
La separación entre Derecho y moral se ve matizada en los años 60 con la aparición del Positivismo conceptual (Bobbio y Hart). Rasgos característicos del positivismo conceptual:
Para el Positivismo conceptual no es necesario incluir en la definición el concepto de moral. Al positivista le interesa definir el Derecho separadamente de la moral y luego denominar si es justa o injusta.