Portada » Derecho » Distinguir bienes sociales de personales de la sociedad conyugal
Es la terminación del régimen jurídicode Sociedad de bienes entre los cónyuges, sea por causa directa, en cuyo caso subsista el matrimonio o por causa indirecta en consecuencia por la terminación del matrimonio. La disolución de la Sociedad Conyugal es el paso previo y forzoso para proceder luego a su liquidación o partición se disuelve
Por la terminación del matrimonio; Por sentencia que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido;Por sentencia judicial, a pedido de cualquiera de los cónyuges; Por la declaración de nulidad del matrimonio.
Por mutuo acuerdo mediante escritura pública, sin que implique cesación de efectos civiles o divorcio; Por mutuo acuerdo mediante escritura pública, antes de tramitar la cesación de efectos civiles o el divorcio; De común acuerdo y tramitado al tiempo con el divorcio; Como consecuencia del trámite cesación de efectos civiles o de divorcio clases de disolución – sin afectar el matrimonio ante un notario o ante el juez efectos disolución quedan habilitados los cónyuges para tramitar la liquidación liquidación voluntaria: forma y homologación
Es necesario determinar la composición de la masa por dividir; para ello es necesario ajustar las cuentas entre la sociedad para finalmente establecer el saldo partible operaciones comprende la liquidación
Facción de inventario de los bienes; Tasación de los bienes; Formación del acervo común o bruto; Deducción y restitución de los bienes propios de los cónyuges; Liquidación y deducción de las recompensas que se deban mutuamente la sociedad y los cónyuges; División del pasivo; Partición de los gananciales o división del activo.
antes de la liquidación debe hacerse un inventario y avaluó de todos los bienes sociales trámite de la liquidación El inventario registro documental de los bienes y demás objetos pertenecientes a una persona física, a una comunidad y que se encuentra realizado con prolijidad en los datos Tasaciónestimación del valor o precio de un determinado bien. Orienta al juzgador en cuanto al daño patrimonial
ACERVOproviene de la expresión latina “acervus”, que significa el todo de una herencia indivisa concepto conjunto de bienes, derechos y obligaciones existentes a nombre del causante y que por los lazos de consanguinidad pasan a ser de propiedad de los sucesores; El todo de la herencia indivisa. Conjunto de bienes que forman el patrimonio del causante.
ACERVO ILÍQUIDOmasa de bienes que queda como bienes propios del causante, antes de practicar las bajas generales de la herencia ACERVO BRUTO O COMÚN
Masa de bienes que queda al fallecimiento de una persona, en que el patrimonio del causante se confunde con bienes pertenecientes a terceros.
Es este el que se dividen los asignatarios (Herencia)
Costo de la apertura y publicación del testamento, y otros de la apertura de la sucesión; Deudas hereditarias; Impuestos que gravan toda la herencia; Asignaciones alimenticias forzosas; Gastos de última enfermedad Asignaciones forzosas son:
La porción conyugal; Las legítimas; La cuarta de mejoras, Las sucesiones de los descendientes SOCIEDAD CONYUGAL el matrionio se da origen a una sociedad de bienes o de ganancialescomposición
Art. 157 1De los salarios devengados durante el matrimonio 2
De todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucro de cualquier bienes sociales o bienes propios que se devenguen durante el matrimonio 3
Del dinero que se adquiriere 4
De las cosas fungibles y especies muebles que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio 5
De todos los bienes que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio, a título oneroso Mediante las CAPITULACIONES MATRIMONIALES se puede cambiar el régimen establecido anteriormente
Art 180 cualquiera de los cónyuges tendrá la administración EXTRAORDINARIA:
en caso de ausencia de uno de los cónyuges por más de tres años sin comunicación con su familia. El otro cónyuge tendrá entonces la administración ACTOS A REALIZARSE
1administración ordinaria (cualquiera) 2 arrendamiento (ambos) 3 disposición, enajenación de bi (ambos) 4 adquisición de bienes (cualquiera) 5 promesa de venta (ambos)
La uníón estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona por más de 6 meses; fue creada con la intención de proteger a las familias constituidas sin haber celebrado el matrimonio Esta uníón termina:
Por mutuo consentimiento expresado por instrumento público o ante un juez de lo civil; Por voluntad de cualquiera de los convivientes expresado por escrito ante el juez de lo civil, la misma que será notificada al otro, en persona, o mediante tres boletas; Por el matrimonio de uno de los convivientes con una tercera persona; Por muerte de uno de los convivientes elementos constitutivos
Vivir juntos y cohabitar; Estabiliad y permanencia en el tiempo; Estabilidad y permanencia en el tiempo Filiación Y PATERNIDAD
Art. 24 Se establece la filiación
Por el hecho de haber sido concebida dentro del matrimonio verdadero o putativo, de una uníón de hecho, reconocida legalmente; Por haber sido reconocida voluntariamente por el padre o la madre; Por haber sido declarada judicialmente Filiación
Es un der jurídico que existe entre 2 personas donde una es el descendiente de la otra sea por un hecho natural o un acto jurídico PATERNIDADhace referencia a la cualidad de padre o de progenitor, procede del latín paternitas MATRIMONIO PUTATIVO es el matrimonio que ha sido declarado nulo pero que produce efectos por ministerio de la ley respecto de los hijos y respecto de los cónyuges que lo han contraído de buena fe