Portada » Magisterio » Desarrollo de Capacidades en Educación Infantil: Objetivos, Contenidos y Áreas Curriculares
El Decreto 254/2008, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo de Educación Infantil (EI) en la CARM, para el ciclo de 3-6 años, explicita que tiene como objetivo estimular el desarrollo de todas las capacidades que se expresan a través de los objetivos propuestos en las tres áreas que lo conforman. Además, en dicho decreto, en su artículo 4, Objetivos de Etapa, y siguiendo lo establecido en el art. 3 del Real Decreto 1630/2006 de 29 de diciembre, expone que: “La EI contribuirá a desarrollar en las niñas y los niños las capacidades que les permitan…”. Queda pues establecido que los objetivos generales de etapa van expresados en términos de capacidades.
Los objetivos del currículo se formulan en términos de capacidades que hay que desarrollar durante esta etapa. La clasificación de capacidades que podemos establecer una vez analizados los objetivos propuestos en el decreto de currículo de la Región de Murcia son:
El artículo 3 del Decreto 254/2008 de 1 de agosto dice:
Como anteriormente hemos dicho, las capacidades quedan recogidas en los objetivos generales de etapa, que a su vez recogen las finalidades o intenciones educativas de la L.O.E.
Según lo establecido en el art. 3 del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, la EI contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan:
Los objetivos generales responden a la pregunta ¿qué enseñar?, y enuncian metas a las que se pretende llegar a lo largo del tiempo que dura la EI.
Se pretenden tres finalidades con el enunciado de los objetivos generales de etapa:
Las capacidades contenidas en el conjunto de los objetivos generales de etapa se referirán a todos los ámbitos del desarrollo: capacidades de tipo intelectual, afectivas, de expresión y comunicación, manipulativas, psicomotoras y de autonomía personal.
Analizando los elementos del currículo podemos partir de las cuestiones siguientes:
La secuencia de contenidos tendrá en consideración:
Los contenidos quedan establecidos por el Decreto 254/2008, planteados en torno a tres ámbitos de experiencias o áreas curriculares:
Área de experiencia o conocimiento: Conocimiento de sí mismo y autonomía personal. Los contenidos del área a su vez se organizan en bloques. Cada uno de estos bloques a su vez se divide en contenidos. Un primer bloque referido al conocimiento del cuerpo y a la construcción de la propia imagen, un segundo bloque en el que aparecen los relacionados con el movimiento del cuerpo, las posibilidades de juego y actividad motriz. En el tercer bloque se agrupan contenidos de la vida cotidiana, la autonomía del niño implicando aspectos cognitivos, afectivos, y de relación. En el último bloque hay contenidos referidos al cuidado del cuerpo y su relación con el entorno y cuidado.
Conocimiento del entorno. El objeto de esta área es facilitar el descubrimiento, conocimiento, y comprensión de aquello que configura la realidad del niño, haciendo hincapié en la percepción y experiencia. Los bloques de contenido que se han organizado en esta área son: el primer bloque tiene que ver con los objetos y las materias que rodean la vida, iniciándose en los atributos, medidas y relaciones de estos. El segundo bloque se refiere a la naturaleza; que se conozca y respete, cuidando el medio en el que interactúa para continuar en el tercer bloque hacia aspectos sociales y de la cultura en que va a participar y en la más lejanas.
Lenguajes: Comunicación y representación. Esta área potencia las capacidades del niño en cuanto a la recepción e interpretación de mensajes. Los bloques de contenidos de esta área se han agrupado en el mismo ámbito de experiencias porque comparten un mismo carácter; los bloques de lenguaje oral y aproximación al lenguaje escrito se contemplarán vinculados entre sí en su puesta en práctica, y por otro lado, los bloques que hacen referencias a otros lenguajes como el plástico, musical y corporal.
El decreto de currículo no expone una metodología concreta, sólo plantea unos principios metodológicos que pueden ser aplicados:
Uno de los elementos que constituye el currículo, las programaciones, las unidades didácticas y cualquier acción que desde la escuela se aborde es la evaluación, como elemento de reflexión para introducir modificaciones o bien continuar para avanzar hacia lo propuesto. El decreto, en su art. 6, Evaluación, nos informa que será global, continua y formativa, que servirá para identificar los aprendizajes, el ritmo y las características de evolución de cada niño. Además, dicha evaluación se realizará por la observación directa y sistemática. El tutor y los maestros que intervengan serán quienes la llevarán a cabo y para ello tomarán como referencia los criterios de evaluación de las áreas establecidas en el currículo. En el punto 5 del artículo explicita que los maestros informarán de la evolución de sus hijos al menos trimestralmente, haciéndoles copartícipes de sus aprendizajes. La finalidad es siempre formativa y debe informarse a los padres siguiendo un procedimiento que quedará recogido en la programación docente a través del plan de acción tutorial incluyendo las situaciones y la forma de transmisión que se va a realizar. Si los objetivos generales están expresados en términos de capacidades, los indicadores de evaluación establecidos por áreas, tendrán en cuenta las situaciones de enseñanza-aprendizaje que se desarrollan de forma global para todas ellas, y deberán hacer referencia al desarrollo de las distintas capacidades.
En conclusión, a lo largo del tema hemos analizado de qué manera los objetivos y contenidos de las áreas contribuyen a la consecución de las capacidades generales de la etapa tratando por separado objetivos, contenidos y áreas. Pero no debemos olvidar que en la práctica educativa no existe esta separación debido al tratamiento globalizador y a la enorme interrelación existente entre estos elementos y áreas.