Portada » Formación y Orientación Laboral » Derechos y Obligaciones Laborales en Ecuador: Todo lo que Necesitas Saber
Los tipos de contratos que se pueden completar son: indefinido, participación, eventuales y de equipo.
Los literales de atribución son: G, E, A, H.
El literal de protección del trabajador incluye: B, E, A, C.
Cuando el empleador despide intempestivamente al trabajador, terminando sin causa ni justificación alguna la relación laboral, se produce el despido y tiene la obligación de pagarle las indemnizaciones económicas determinadas en la ley.
Es un documento justificado de pago de salario que se expide mensualmente. La empresa presenta el 9,35% del salario que recibe el empleador. Importes totales al IESS.
Es un convenio celebrado entre uno o más empleados o una o más asociaciones. Es obligatorio cuando se ha celebrado por las dos terceras partes tanto de empleadores como de trabajadores organizados dentro de una misma empresa.
La jornada máxima de trabajo será de ocho horas diarias, de manera que no exceda de cuarenta horas semanales, salvo disposición de la ley en contrario.
La jornada nocturna es aquella que se realiza entre las 19:00 y las 06:00 del día siguiente. Podrá tener la misma duración y dará derecho a igual remuneración que la diurna, con un recargo del veinticinco por ciento del valor hora.
Es un acuerdo entre un trabajador que se compromete a prestar servicios bajo la subordinación y dependencia de un empleador, a cambio de una remuneración.
Se calcula la veinticuatroava parte de todas las remuneraciones percibidas por un trabajador durante todo un año, más las horas suplementarias y extraordinarias.
Es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra su voluntad de dar por terminado el contrato.
Se pagará hasta el 15 de marzo.
Se paga hasta el 31 de diciembre.
El fondo de reserva el empleado pagará de forma mensualizada directa en la cual tendrá un valor del 8,33% de la remuneración con la condición que deberá cancelar los primeros 15 días del mes, si no caso contrario causará por mano y recargo y multas.
El sueldo que percibe el trabajador es fijo.
Son aquellos que se realizan para satisfacer exigencias circunstanciales del empleador.
Expreso, tácito, a tiempo fijo, de grupo, de prueba, por obra cierta y tarea, eventuales y de temporada.