Portada » Derecho » Derecho y Transformación Social: Interacción y Dinámicas
El Derecho con frecuencia es un factor que cambia al hilo de las transformaciones sociales y también encierra posibilidades que hacen que sea un factor de cambio y transformación social. El cambio en sentido jurídico se refiere al proceso o procesos de modificación y creación de normas jurídicas en el seno de una sociedad. Respecto al cambio social, este puede tener diferente intensidad: pueden cambiar solo las pautas individuales de conducta, un cambio en las normas y pautas del grupo, o un cambio en los valores básicos de la sociedad en conjunto.
Podemos constatar dos tendencias fundamentales. Se trataría de la controversia entre quienes creen que el Derecho debe esencialmente seguir y no guiar, y que debe hacerlo con lentitud en respuesta a un sentimiento social claramente formulado, y quienes creen que debe ser un agente decidido en la creación de nuevas normas. Aquí vuelven a aparecer los temas clásicos: la consideración del Derecho como variable dependiente o independiente del sistema social. Es un hecho que las sociedades actuales se caracterizan por estar sometidas a un intenso ritmo de cambio y que esos cambios han de ser institucionalizados a través del Derecho, que es también un Derecho en transformación.
Este proceso se refiere a la incidencia del cambio social en el Derecho, a la adecuación de las normas jurídicas a los cambios sociales. Este aspecto de la cuestión hace referencia a la efectividad de las normas. La efectividad de una norma es el grado de realización en la práctica social de las reglas enunciadas por el Derecho. La noción de eficacia social indica los efectos o las consecuencias que producen las normas jurídicas, que en parte se encuentran preestablecidas en las propias normas, pero que están condicionadas por los hechos externos a esas normas. El planteamiento de las relaciones entre cambio de modelos normativos y cambios sociales exige tener en cuenta los efectos previstos por las normas y los efectos que realmente estas despliegan. Ejemplos de esto se encuentran en el Derecho del trabajo, Derecho de familia o en el Derecho tributario. Si la norma no tiene los efectos previstos o en un momento determinado deja de tenerlos, puede ser un indicador de que es preciso introducir cambios en el sistema jurídico.
Es posible que el Derecho se adapte a las nuevas circunstancias sociales sin modificar su estructura o su forma, cambiando su función a través de la interpretación y aplicación del Derecho.
En este sentido se habla del Derecho como factor o elemento que se anticipa a los cambios sociales. Cuando el cambio de las normas no influye sobre ningún cambio social puede ser expresión de la falta de efectividad de las normas jurídicas o bien que las consecuencias sociales de los cambios jurídicos no pueden ser consideradas relevantes como para calificarlos de cambio social. Existen posibilidades de que el Derecho influya de manera indirecta en la promoción del cambio social. Cuenta con estructuras que están en la base de instituciones sociales que estas sí influyen directamente en el cambio. Por ejemplo, las normas que regulan el sistema educativo, las normas que regulan el sistema de patentes.
Desde esta perspectiva se habla del Derecho como obstáculo para el cambio social. También es posible referirse simplemente a la situación en que se encuentran algunas normas jurídicas que no se adecuan a la evolución social o van retrasadas respecto a ellas. Las normas jurídicas reflejan intereses parciales o particulares en cualquier modelo de sociedad atravesado por el conflicto, y habrá normas que al canalizar ciertos intereses obstaculizan la realización de otros.
Este análisis no puede hacernos caer en una visión mecanicista o causalista a la hora de analizar las relaciones entre Derecho y cambio social; la perspectiva de que porque ocurra un cambio en una esfera, forzosamente deba ocurrir en la otra, es falso. En el Derecho se dan instancias que pueden introducir cambios en el orden jurídico. La más importante es la legislativa. También la jurisdicción, los jueces y tribunales pueden ser agentes importantes para el cambio jurídico y social. Tanto la administración como el poder ejecutivo pueden ser agentes de cambio social. El segundo porque puede dictar normas jurídicas y la administración porque puede tener un carácter instrumental cuando se trata de utilizar el Derecho como vehículo para el cambio social.