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es el vinculo jurídico y político en
Virtud del cual una persona es miembro
De la comunidadpolitica que un estado constituye según el derecho interno e
Internacional. Comprende a una parte de los nacionales, es decir a los
Calificado legalmente para ejercer los derechos políticos, pero hay nacionales
Que por razones de edad, sexo u otras causas no pueden ser ciudadanos.
La
nacionalidad tiene efectos en el d.P.I y d.I: confiere a determinadas personas
Los d. Políticos y señala sus deberes militares, habilita para desempeñar las
Funciones publicas o algunas de ellas, habilita para obtener pasaporte,
Retornar al país y en caso de indigencia para ser repatriado por el estado,
Habilita para obtener la protección diplomática del propio país. Los efectos
Que la nacionalidad tiene en el d.P.I y d.I además en el d. Privado son
Esenciales para la organización y subsistencia del estado.
decisión de laCorte Internacional de JusticiadeLa Hayadel6 de Abrilde1955, donde se determinaban los criterios
Por el cualGuatemalapodía rechazar válidamente lanacionalidaddeLiechtensteinque invocaba en su favor Friedrich Nottebohm, un nativo deAlemaniaestablecido en Guatemala entre1905y1943.
La corte reconoció que internacionalmente, si bien cualquier
Estado es libre de establecer los requisitos para otorgar la nacionalidad, aun
Contra la voluntad de la persona, debe existir una suficiente conexión para que
Pueda internacionalmente ser considerado nacional y ejercer la protección
Diplomática a su favor. El pensamiento de la corte fue “la nacionalidad es un
Vinculo legal que tiene su base en el hecho social del enraizamiento, una
Conexión genuina deexistenica, intereses y sentimientos, junto con la existencia de deberes y derechos
Recíprocos. Se puede decir que constituye la expresión jurídica del hecho de
Que el individuo al que le es conferida, ya sea por ley o como resultado de un
Acto de las autoridades, esta de hecho mas íntimamente conectado con la
Población del estado confiere la nacionalidad con cualquier otro estado” la
Corte sostuvo que los lazos entre nottebohm y Liechtenstein no eran
Suficientemente fuertes como para considerar que hubieran establecido una
Nacionalidad real y efectiva.
la atribución de una nacionalidad a
Una persona física en el momento de nacer tiene como base principal normas: jus
Sanguinis (la cual tiene la nacionalidad de sus padres cualquiera sea el país
Que nazca) jus soli (asigna a la persona la nacionalidad del territorio en
Donde nace, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres). En arg se adopto
Como base el ius soli. La ley estableció que los hijos de argentinos nacidos en
El extranjero durante elexilio político que hubieran sufrido sus padres, son
Argentinos en absoluta igualdad jurídica con los que hubieran nacido en
Territorio nacional.
una persona adquiere
Una nueva nacionalidad usando el procedimiento de la naturalización, que
Requiere una manifestgacion de voluntad por parte de la persona y una concesión
Voluntaria por parte del estado que la otorga.
Para obtener
La naturalización, la persona debe reunir condiciones que especifican las leyes
Respectivas. Tienen por objeto comprobar la vinculación de la persona con el
País, su capacidad y honestidad y a veces se exigen otros requisitos como la
Perdida de nacionalidad anterior y no haber adquirido otra nacionalidad por
Medio de naturalización. En muchos estados, la naturalización del hombre casado
Implicala naturalización de la esposa y los hijos bajo su patria potestad. La
Naturalización confiere a la persona la condición de nacionalidad, pero no la
Coloca en absoluta identidad de derechos con el nacional de origen.
tiene por objeto reglar las
Condiciones de aplicación de las leyes penales de un estado a delitos e
Infracciones cometidos fuera de su territorio y fijar las normas de
Colaboración eventual entre las autoridades de diversos estados a fin de que
Uno de ellos ejerza la represión penal.
Procedimiento
Por el cual un estado entrega a determinada persona a otro estado, para
Someterla a jurisdicción penal a causa de un delito de carácter común por el
Que le ha iniciado proceso formal o le ha impuesto condena definitiva.
Para que
Proceda la extradición es necesario que el estado requiriente impute a la
Persona reclamada la comisión de un delito, ya sea como autor, cómplice o
Encubridor. La imputación debe reunir ciertas condiciones:
1.Debe
Tener por causa un hecho que tanto el estado requirente como el estado
Requerido consideran delito y este debe ser de relativa importancia.
garantía
De los derechos humanos consistente en la protección que el Estado presta,
Dentro de su ámbito de soberanía, a los extranjeros que hayan penetrado en su
Territorio para huir de la persecución política o de las condiciones económicas
O medioambientales de su país de origen.
Todos los nacidos en el
Territorio de la Argentina, salvo hijos de funcionarios extranjeros residentes
En el país.
Los hijos de argentinos
Nativos, que habiendo nacido en país extranjero optaren por la ciudadanía de
Origen.
se destacan los
Siguientes casos:
-Los extranjeros mayores de 18 años que residan en la Argentina
Por dos años consecutivos y manifiesten ante los jueces federales su
Voluntad de serlo.
-Cónyuge de argentino/a
-Progenitor de argentino/a
se da con frecuencia el caso de que
Una persona tenga dos nacionalidades a la vez, adquiridas en el momento del
Nacimiento o después. Lo primero ocurre con la persona nacidaen un país que
Toma por base el jus soli y cuyos padres son nacionales de un país que sigue el
Ius sanguinis, lo segundo se produce con la persona que se naturaliza en el
Extranjero y las leyes de su país nodisponen que por tal hecho pierde la
Nacionalidad originaria, puede ocurrir que exista triple nacionalidad por la
Combinación de estos casos. La doble o múltiple nacionalidad es un absurdo
Jurídico, ya que una persona no puede ejercer derechos ni cumplir deberes en
Varios estados a la vez y se ve colocada en situaciones incompatibles y
Opuestas.
es el hecho de que una personacarezca
De nacionalidad, lo cual ocurre por las siguientes causas: por la perdida de la
Nacionalidad originaria sin haber adquirido otra nacionalidad y en los países
Cuya legislación se basa en el ius sanguinis por ser hijo de padre apátrida o
De padre desconocido. Esto tiene consecuencias legales para la persona y el
Estado. En los países que siguen el sistema de la nacionalidad para la
Determinación del estado civil y la capacidad de las personas, el apátrida
Puede verse imposibilitado de ejercer los derechos civiles.
dos
Criterios opuestos se mantienen con respecto a la atribución de nacionalidad a
Las personas jurídicas colectivas, es decir a ciertas entidades que, no siendo
Personas físicas, gozan de personalidad en el derecho privado. Según algunos
Autores las personas jurídicas colectivas tienen una nacionalidad pero solo
Una, según otros autores aquellas no tienen nacionalidad sino domicilio.
La nacionalidad no puede
Tener en las personas jurídicas colectivas los mismos efectos que en las
Personas físicas, ya que no se concibe en aquellas los derechos y deberes
Cívicos ni la repatriación.
Para definir
La nacionalidad de una persona jurídica colectiva debe investigarse donde esta
El vinculo de asociación y de dependencia existente, por una parte entre las
Personas que la controlan y sus capitales y por otra parte el régimen legal y
Los intereses económicos del estado en donde realiza actividades, para esa
Investigación son útiles los elementos como la sede social, las personas que
Controlan la sociedad y el lugar de explotación.
exigencias de orden publico obligan al
Estado a ejercer su acción sobre todas las personas y las cosas que se hallan
En su territorio, ya sea permanentemente o de paso y cualquiera que fuere su
Nacionalidad, la persona y los bienes del extranjero están sujetos a la
Jurisdicción del estado en que se encuentra. Se exceptúa de esta norma a los
Extranjeros que desempeñan una misión oficial. El derecho aplicable al extran
Jero es el que rige en la comunidad política en que vive, todos los estados han
Venido reconociendo ciertos derechos a los extranjeros, ya sea mediante sus
Leyes internas o conviniendo un régimen jurídico en los tratados.
·Admisión:
Ningún estado podría denegar en absoluto la entrada de extranjeros en su
Territorio, pero todo estado ejerce el derecho de reglamentar las condiciones
De entrada, permanencia y transito de los extranjeros. Dicha reglamentación
Tiene en vista impedir que la admisión de individuos no vinculadores al país
Constituya una carga para la comunidad o un desequilibrio social o político,
Por ello se prohíbe generalmente la entrada de los inhabilitados legalmente, la
De los físicamente incapaces y la de los inhabilitados moralmente.
·Deberes:
El extranjero no debe involucrarse en actividades políticas, ya sea con
Relación al estado en que se halla ni con respecto a su estado de origen, solo
Tiene permitido constituir y mantener asociaciones que tengan exclusivamente
P0or objeto fines religiosos, culturales, recreativos o de beneficiencia. Si
Viola estas normas le son aplicables las sanciones establecidas por las leyes
Locales y si participa en una lucha civil pierde el derecho que pudiera tener a
Una reparación por los danos que sufra.
·Expulsión:
Según lo establecido por la costumbre internacional, todo estado puede expulsar
De su territorio al extranjero cuya presencia sea perjudicial para la seguridad
O el orden publico, disponiendo que el retorno sin permiso esta sujeto a pena.
El derecho interno de cada estado legisla sobre la expulsión de extranjeros,
Tiene en vista a los espías, consipiradores, delincuentes agitadores sociales.
En algunos países la expulsión es un accesorio de una condena penal cumplida.