Portada » Historia » Cortes unicamerales significado
A finales del Siglo XVIII y comienzos del Siglo XIX, asistimos a la crisis de algunas
estructuras propias del Antiguo Régimen: la sociedad estamental y el absolutismo. Estas serán
progresivamente sustituidas por un modelo liberal basado en la división de poderes, la
soberanía nacional, las libertades del individuo y una sociedad más meritocrática.
Internacionalmente los acontecimientos que impulsaron el proceso fueron las Revoluciones
Americana y Francesa y en el caso español nos remitiremos al reinado de Carlos IV (1788-1808)
y a la Guerra de la Independencia (1808-1814) durante la que acontece el primer intento de
revolución liberal burguesa
En el transcurso de esta contienda se enfrentan en España no solo dos ejércitos, sino
también dos modelos políticos el reformismo francés encarnado por José Bonaparte y las
diferentes opciones ideológicas de la resistencia ante los franceses (“patriotas”) en la que
conviven absolutistas, liberales y “jovellanistas”
Tras las abdicaciones de Bayona de
Mayo de 1808, el hermano de Napoleón, intentó sin éxito desligarse de Francia e iniciará su
andadura rodéándose de ilustrados y afrancesados españoles para dar sensación de
legitimidad. Opta por una vía a medio camino entre el absolutismo y un estado constitucional:
aprueba una carta otorgada, el Estatuto de Bayona (Julio 1808), en el que, si bien se reconocen
algunos derechos individuales y libertades económicas, proclama el catolicismo como religión
oficial y establece unas cortes estamentales.
En la España que resiste y no apoya ni colabora con José va a
tener lugar una auténtica revolución política a través de una serie de pasos. En primer término,
en lo que a materia institucional se refiere, estos españoles van a comenzar a organizarse en
una serie de organismos de carácter local y provincial compuestos fundamentalmente por
clérigos, ilustrados y militares: las juntas supremas provinciales. El siguiente estadio lo
constituirá la coordinación y aglutinamiento de dichas juntas provinciales en una junta
suprema central con sede inicial en Aranjuez y que posteriormente, a raíz del acoso del ejército
francés, se trasladará a Cádiz para convertirse en un Consejo de la Regencia que decía actuar
en nombre de Fernando VII. Concretamente en esta ciudad andaluza es donde decidirán la
convocatoria de unas Cortes no estamentales que estarán reunidas entre Septiembre 1810 –
Septiembre 1813.
Fue promulgada el 19 de Marzo de 1812, día de San José, razón
por la cual se la conoce popularmente como la “Pepa”. Se trata de una ley fundamental que
establece las bases del programa liberal, teniendo como referentes más inmediatos el primer
texto constitucional de la revolución francesa (1791) y el de la revolución americana (1787).
Aprobada por un Parlamente nacional, supuso el primer intento serio y por vía legal para
desmantelar los pilares fundamentales del Antiguo Régimen. Para la feliz satisfacción de este
fin aprobará medidas tan revolucionarias como:
-La soberanía nacional, frente a la tradicional consideración del gobierno de la nacíón como un legado
de Dios al Rey sin contar con el pueblo gobernado.
–
La división de poderes, siguiendo el modelo diseñado por el ilustrado francés Montesquieu se
establece un poder ejecutivo en manos del rey, un legislativo con unas cortes unicamerales al
frente y un judicial a cargo de los tribunales.
–
Una monarquía parlamentaria, régimen político caracterizado por la limitación del poder del
monarca, que será responsable ante las Cortes.
-El reconocimiento de una serie de derechos individuales tales como: la libertad de propiedad,
la igualdad jurídica y fiscal, la inviolabilidad del domicilio, las garantías penales y la libertad de
imprenta. Curiosamente no se acometíó el problema religioso con el mismo talante liberal y el
resultado fue el establecimiento de la religión católica como única y oficial del Estado.
–
El sufragio universal masculino indirecto, pilar del nuevo sistema electoral.
-La creación de una Milicia Nacional, a fin de que la tropa se identificar sentimentalmente hablando
con la nacíón que defendían, a diferencia de lo que sería un ejército mercenario.
2. Obra legislativa y medidas económico-sociales aprobadas. Las Cortes de Cádiz estuvieron
reunidas por espacio de tres años y si bien la Constitución de 1812 fue su mayor logro, también
promovieron toda una serie de medidas complementarias de índole económicosocial,
pudiendo significar entre estas: -La abolición del régimen feudal (1811).
-La puesta en marcha de un nuevo proceso desamortización (1813) sobre las propiedades de
afrancesado, clero y órdenes militares cuya venta en pública subasta generaría unos ingresos
dirigidos a paliar la deuda pública del Estado.
-La supresión de la Inquisición, tribunal absolutamente trasnochado.
-La supresión de las aduanas internas y lo gremios, en un marcado intento por romper con el
modelo económico tradicional y tender hacia el librecambio y la regulación del mercado a
partir de las leyes de la oferta y la demanda.