Portada » Historia » Cortes bicamerales
Tras unas protestas por la desamortización de Madoz el ministro Escosura dimitió, a lo que se unió Espartero, la reina aprovechó para nombrar jefe de gobierno al líder de la Unión Liberal O’Donnell. Las cortes se opusieron a la maniobra política y la Milicia Nacional se levantó apoyada por los progresistas. El nuevo jefe del gobierno utilizó contra ellos al ejercito y los derrotó el 15-7-1856, con lo que acabó el Bienio. Al producirse la caída de Espartero en 1856, las Cortes constituyentes progresistas ya habían aprobado este texto, que esperaba la sanción real para entrar en vigor. No se llegó a firmar.Representa las ideas y organización del estado del programa de Partido Progresista. Sigue las líneas de la Constitución de 1837, ampliando la declaración de derechos, limitando el poder real y democratizando las cortes. La elaboración de la Constitución fue simultánea a la de muchas leyes de reforma económica más duraderas. Esas Cortes discutieron por primera vez criterios democráticos como la libertad religiosa, el sufragio universal, los derechos sociales, el derecho de manifestación y la posibilidad de sustitución de la monarquía por una república.
Monárquica. Progresista.
Ninguna.
Nacional.
Liberales clásicos, individuales, ninguno de tipo social a pesar de los intensos debates. Amplio reconocimiento de los civiles y políticos, destacando la libertad de imprenta, la igualdad de los ciudadanos ante las leyes, los impuestos, el servicio militar y el acceso a cargos públicos, supresión de la pena de muerte para delitos políticos, prohibición del destierro fuera de España, juicios por jurados.
Sí.
(2)
Las leyes son hechas por las Cortes con el rey. Los tres tienen derecho de veto por una legislatura.
Mayores condiciones económicas para ser elegido senador. Distritos electorales grandes -plurinominales-, las provincias, remitido a ley electoral posterior, no aprobada.
Llamada cámara baja. Prioridad en discusión leyes sobre impuestos y presupuesto.
: Llamada cámara alta. Igual que el congreso. Miembros de mayor nivel económico.
Las dos cámaras tienen las mismas competencias menos en la aprobación de presupuestos que tiene prioridad el Congreso. Elaboran las leyes con el rey. Gran autonomía política de las cámaras.
Cada cámara y el rey.
Reunión automática, plazo mínimo de sesiones, plazo máximo de suspensión, Diputación Permanente, etc.
Formado por el rey y los ministros.
Dirige el gobierno y la administración. Nombra a los ministros. Tiene iniciativa legislativa.
Tiene sanción de las leyes (con veto suspensivo por una legislatura). Puede suspender y convocar las Cortes con las garantías de éstas.
Ministros necesidad de refrendo del ministro del ramo para las decisiones del rey. Responsabilidad penal.
principal órgano consultivo del rey, debía suplantar la influencia de las camarillas palaciegas. Miembros nombrados por el rey a propuesta de las Cortes.
Inamovilidad, formalidades procesales, Habeas Corpus y otras garantías procesales.
Sí.
Relaciones Iglesia-Estado. Confesional. No hay aspectos declarativos. Establece un régimen de tolerancia por primera vez.
Mantenimiento del culto y clero. El estado garantiza la práctica de otras «… opiniones y creencias religiosas, mientras no las manifieste por actos públicos contrarios a la religión (católica),Milicia Nacional:
Sí.
Centralista. Estado dividido en provincias.
Ley local democrática, elección de alcaldes por los vecinos. No aprobada.
Vuelve a ser rígida, necesita el acuerdo de dos Cortes.
Sexenio Revolucionario. Etapa del Gobierno provisional de Serrano, formado por progresistas y unionistas. Cortes constituyentes reunidas en febrero de 1869, elegidas por sufragio universal masculino de mayores de 25 años, con mayoría progresista (156), con casi 70 republicanos federales, unos 20 monárquicos demócratas, unos 69 unionistas y algunos tradicionalistas y unos pocos isabelinos. Ha comenzado la Guerra de Cuba, hay diferencias con la Iglesia y los carlistas – próxima a estallar la 2ª Guerra Carlista -, descontento por el desarme de la Milicia Nacional por el gobierno y la disolución de las Juntas, y continuación de mala situación entre campesinos y trabajadores.Primera constitución democrática. Contribuyó a la politización de los trabajadores (el «cuarto estado») que a partir del Sexenio comenzarán su revolución, separándose de la burguesía.
Monárquica. Democrática. Se inicia la búsqueda de un rey, lo será Amadeo I de Saboya.
De 1869 a 1873. Irregularmente hasta 1876.
Nacional popular masculina.
Titulo I, ocupan casi 1/3 de la Constitución. Regulación minuciosa, con grandes garantías para su mantenimiento. Inclusión como derecho cualquiera que hubiera podido olvidarse por parte del legislador hasta que hubiera sentencia judicial en contra. Recoge todos los derechos de las anteriores constituciones e incluye como nuevos: sufragio universal masculino para mayores de 25 años, inviolabilidad de la correspondencia, libertad de trabajo para extranjeros, libre emisión de pensamiento. 1ª vez que derechos sociales: derecho de reunión y asociación.
Sí.
universal masculino directo mayores 25 años Congreso 1 representante por 40.000 personas. Distritos electorales grandes – plurinominales provincia.
senado igual pero indirecto, candidatos más de 40 años otras condiciones económicas culturales.
4 senadores provincia, por lo que tiene cierta representación territorial, más que de cámara alta.
Cámara baja.
cámara alta. Igual que congreso. Miembros de mayor edad y nivel económico.
Elaboran leyes. No pueden ser coartadas por gobierno o rey. Eligen sus mesas. Pueden presentar mociones censura al gobierno interpelaciones control parlamentario del gobierno Iniciativa legislativa:
Cada cámara rey.