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DELEGADOS SINDICALES SOLO A REPRESENTANTES DE LAS MISMAS SECCIONES SINDICALES.
están previstos en los art 82 al 92 TRET. Un convenio colectivo es un acuerdo entre el representante de los trabajadores y el empresario al que la ley del estatuto le atribuye carácter de norma( es na norma negociada)
QUIENES SON LOS SUJETOS LEGITIMADOS PARA NEGOCIAR?. Según el ámbito del convenio colectivo. en el ámbito de la empresa o ámbito inferior el empresario. ¿por parte de los trabajadores negocian?. Los representantes unitarios.
convenio colectivo para una categoría especifica de trabajadores ejemplo pilotos de Iberia.
negocian las secciones sindicales pero no solo para los afiliados sino para todo el colectivo.
ámbito de la empresa (sectoriales) sindicatos/ asociaciones de empresarios. QUIENES PUEDEN NEGOCIAR? Los mas representativos.
Es el conjunto de los art de las partes del convenio que se aplica a los trabajadores. (condiciones de trabajo, remuneración salarial etc.
son las concretas obligaciones que solo afectan a los firmantes del convenio ej. Clausula de paz social.
partes que lo han firmado, ámbitos del convenio: personal, funcional, geográfico, temporal.
Ámbito PERSONAL.
LOS ALTOS CARGOS SIEMPRE Están EXCLUIDOS DEL Ámbito PERSONAL. son mas parte empresarial que trabajadora.
Un único convenio por empresa. Pero se puede excluir a ciertos departamentos de la empresa en cuanto a los convenios sectoriales mirar en el ámbito funcional que funciones tiene el convenio.
en los sectoriales es importante comprobar el ámbito geográfico territorial del convenio saber si es autonómico o estatal.
duración mínima 1 año y máximo de 5. Cuando entra en vigor? La fijan libremente las partes que lo han firmado. Puede tener carácter retroactivo (hacia atrás) es decir la fecha que fija el convenio.
finalidad, negociar el siguiente convenio, si se denuncia el convenio el contenido obligacional desaparece. Si finaliza el 31 de Diciembre yno se ha firmado el nuevo convenio el contenido normativo se prorroga hasta que haya uno nuevo.
ES para interpretar el convenio colectivo. Hay que ir a la comisión interna del convenio.
listado de categorías o grupos profesionales donde se establecen las funciones concretas a realizar.
jornada ordinaria .Horas extras 4-Régimen retributivo:
salarios. Retribución en general 5.Infracciones y sanciones de los trabajadores:
despido disciplinario.
indemnización.
Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social.planes de pensiones
por ejemplo: se obliga al empresario a tener póliza de seguros por si hay enfermedad o accidente laboral, por si fallecen, se quedan inválidos…
mejoras para los representantes de los trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores establece por regla general: En un mismo ámbito (empresa) no se puede aplicar más de un convenio colectivo vigente
1-Que se haya negociado un acuerdo interprofesional.
2-Que tengamos dentro del mismo sector diversos convenios colectivos y ambos se apliquen a la vez.
Es decir, que haya un convenio general, o para convenir, Estatal y también un convenio colectivo provincial, los dos del mismo sector.
Se admite en la medida prevista por el E.T.: que un convenio colectivo sectorial establezca los mínimos y los máximos, es decir, el marco normativo, y que haya otro convenio colectivo inferior que establezca las condiciones dentro de ese marco normativo, siempre respetando el marco.
Esto se realiza para que el convenio colectivo general establezca una norma que funcione igual para homogeneizar las condiciones de trabajo en todo el territorio.
3-
Que hay un convenio colectivo sectorial que establece lo que sea y se permite que en un ámbito inferior (pero superior al nivel de la empresa, es decir, también sectorial) al de ese convenio colectivo sectorial, haya sujetos legitimados para negociar un convenio colectivo propio del sector inferior que no haga caso al convenio primero.
Todo y con eso, hay unas materias de las que no se dejen descolgadas.
De este descolgado también se podrá descolgar otro.
Las materias son:
En relación a la extinción del contrato