Portada » Derecho » Contratos y Sucesiones en Derecho Romano: Guía Completa
Relación jurídica que obliga a las personas (sujetos) a un correcto cumplimiento de lo estipulado. Es un derecho personal.
Prestaciones determinadas desde el inicio del contrato.
La prestación no está definida en el momento presente.
Solo una parte (el contratante) está obligada. Ejemplo: El Mutuo.
Estos están divididos en dos partes:
Relativos a los derechos reales y el patrimonio, se perfeccionan a través de la entrega de la cosa. Son:
La sucesión testamentaria se rige por un testamento, mientras que en la legítima no existe testamento.
Declaración unilateral de voluntad, revocable y libre, donde una persona dispone de sus bienes para después de su muerte o declara y cumple derechos y obligaciones.
Institución que prolonga un arrendamiento aún después de terminado el plazo del contrato.
Forma de crear obligaciones sin un contrato formal, donde la obligación surge de los hechos.
Retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación, imputable al deudor.
Perfeccionados por palabras solemnes. Ejemplo: La Estipulación, que puede ser pura o simple, o afectada por alguna modalidad.
Contrato unilateral donde el padre se compromete a entregar una dote (bien) al futuro esposo de su hija.
Ocurre cuando no hay testamento. Se dispone de los bienes según la ley.
No designar como heredero a alguien con derecho a heredar. Debe ser expresa para que el testamento sea válido.
Implica la apertura de la sucesión legítima.
Para testadores invidentes o analfabetos, con siete testigos y un tabularis (escriba).
Testamento inválido por omitir a un hijo no nacido.
Testamento hecho por alguien capaz que luego sufre capitis deminutio (disminución de derechos):
Testamento sin herederos (fallecidos o no aceptan la herencia).
Previsión del testador para que otro heredero reemplace al que no acepta la herencia. Tipos: vulgar, recíproca, pupilar y cuasi pupilar.