Portada » Derecho » Contratos segun el codigo civil venezolano
Antes de todo hay q definir la obligación:
Art 1245cc, toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer una cosa.
Una obligación es un vínculo jurídico en que una persona puede exigir de otra una cosa, un hecho o una abstención.
Del latín: obligatio obligare (ligar o atar).
Una obligación tiene 3 elementos:
Fuentes de las obligaciones:
-Contratos.
-Cuasicontratos.
-Delitos.
-Cuasidelitos.
-Ley.
Los contratos se definen como “Actos bilaterales lícitos que generan
Derechos y obligaciones entre 2 o más personas, los cuales tienen un
Determinado nombre y están provisto de una determinada acción”.
Clasificación:
Bilaterales: Son aquellos contratos que generan una obligaciónreciproca para ambos contratantes.ej: obligada compra venta, arrendamiento.
Onerosos: tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes.
Conmutativo: cada parte se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente, a lo que la otra debe dar o hacer. Ej: compraventa.
Aleatorio: consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida. Ej: juegos de azar, seguro de vida etc.
Accesorio: tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal.
Consensual: obliga por el solo consentimientos de las partes. Ej: la compraventa de bienes muebles. Lo que se pueda transportar como la lapicera etc.
Real: la obligación surge al entregar la cosa. Ej: préstamo.
Los requisitos de validez de un contrato son:
Consentimiento no es válido si:
Cuasicontratos: Los cuasicontratos se definen como “hechos voluntarios no convencionales,
lícitos que generan obligaciones”.
El cuasicontrato se diferencia de los contratos en el elemento voluntarioque debe concurrir en el contrato, osea, en el cuasicontrato no interviene unacuerdo de voluntades entre los contratantes.
El cuasicontrato se diferencia también de los delitos en el elemento delicitud. Cuando el hecho genera una obligación y el hecho propiamente tales licito estamos en presencia de un cuasicontrato, cuando el hecho quegenera una obligación es ilícito estamos en presencia de un delito civil.
Hay 3 cuasicontratos:
Esto es que la ley no previsto una situación en la que causa un desplazamiento patrimonial.
Ósea que una persona puede reclamar a otra, un valor que esta se aprovecha sin causa legitima, y del cual se ha empobrecido el demandante.
El enriquecimiento tiene q ser causado por un acto ilícito, quien reclama debió ser perjudicado, el enriquecimiento debió surgir por el empobrecimiento y viceversa.
La definición expresa claramente que la gestión de negocios ajenos o
agencia oficiosa es un cuasicontrato dado que presupone que quien
administra los negocios de una persona, lo hace sin mandato. Esta
administración sin mandato es elemento principal que lo diferencia del
mandato propiamente tal, dado que en la gestión de negocios ajenos o
agencia oficiosa se actúa SIN EXISITIR un acuerdo entre las partes.
Ejemplo: una persona se ha ausentado de un determinado lugar sin tomar
las medidas necesarias para el resguardo de sus intereses, por lo que
otra persona (Gerente) asume la tarea de resguardar los intereses de la
persona ausente, sin necesidad de que exista una aprobación por parte de
la persona que se ausenta.
• Es un cuasicontrato.
• La administración debe ser sin acuerdo de voluntades o espontanea.
• El gerente debe obrar sin mandato por lo que supone la intromisión en
el negocio debe ser espontanea.
• El gerente se obliga para con el interesado solo en ciertos casos
establecidos por la ley.
Debemos aclarar para evitar confusiones, la diferencia que existe entre el
mandato y la agencia oficiosa o gestión de negocios ajenos. La principal
diferencia entre el mandato y la agencia oficiosa recae en que en la agencia
oficiosa se actúa sin que intervenga un acuerdo de voluntades entre el
gerente y el interesado. Como un segundo punto hay que establecer que
según su naturaleza jurídica, el mandato es un contrato consensual por
que siempre supone un acuerdo de voluntades entre el mandante y el
mandatario, por el contrario en la Agencia oficiosa o gestión de negocios
ajenos no existe un acuerdo de voluntades por lo tanto esta institución es
un cuasicontrato, porque primero es un hecho no convencional (no existe
acuerdo de voluntades), es licito porque efectivamente está regulado y
amparado en la ley y que genera obligaciones solo en ciertos casos.
suponiendo que la debe, pero que en la realidad no existía tal obligación de
pago.
El pago de una deuda, supone siempre una obligación la cual debe
cumplirse, sin embargo puede que una persona realice un pago sin que
medie una obligación que justifique jurídicamente el pago.
Requisitos para que exista pago de lo no debido:
• Que no exista obligación.
• Que el pago se haya hecho por error.
Para determinar los efectos del pago de lo no debido, hay que distinguir si el
que recibe el pago actuaba de buena fe o mala fe.
Si actuaba de buena fé, el que recibe el pago, está obligado a la restitución
de otro tanto del mismo género y calidad si se trata de dinero u otra cosa
fungible. Si vende la especie que se dio como debida, deberá restituir el
precio de la venta. No es responsable de los deterioros o la perdida de la
cosa que se le dio como debida.
Si actuaba de mala fé, el que recibe el pago, está obligado a restituir de otro
tanto del mismo género y calidad además de los intereses.
Delitos y cuasidelitos: art 1319cc: todo hecho ilícito del hombre que causa a otro un daño, impone al que lo cometió, ya sea por dolo, culpa o negligencia la obligación de repararlo.
Delito: hecho ilícito que se realiza con intención de dañar (dolo)
Cuasidelito: hecho ilícito donde no existe el dolo.
No son capases de cuasidelito o delito los menores de 10 años, ni los dementes, pero serán responsables del daño causados por ellos las personas a cuyo cargo estén, si pudiere imputárseles segligencia.
Ley: La ley como fuente de obligaciones se considera una de las fuentes más
importantes dado que es la propia ley la que establece las obligaciones
reciprocas que nacen entre las personas que intervenían en ese acto
jurídico.