Portada » Derecho » Contrato de Préstamo de Dinero con Garantía: Análisis de Dos Casos
Es la explotación de un determinado servicio cuya fórmula original es propiedad del franquiciador, quien la transmite a sus franquiciados, esta es la que más se utilizaQUIEBRA?
Proceso judicial que tiene por finalidad realizar el activo del deudor buscando satisfacer las acreenciasQUIEBRAPRESUNTA?
Podrá declararse en estado de quiebra al comerciante que sin usar el beneficio del concurso preventivo, cese en el pago de sus obligaciones, cualquiera sea la naturaleza de ellas.
SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA.-en los registros de escrituras publicas que corren a su cargo sírvase insertar e incorporar UNA DE PRESTAMOS DE DINERO EN DOLARES AMERICANOS, CON Garantía PRENDARIA, estipulado al tenor de las clausulas siguientes.
las partes del presente contrato son las siguientes: 1.1 MARISOL ESCOBAR, con CI.0987654, mayor de edad, labores de casa, vecina de esta, con domicilio en la calle sucre#234,en la ciudad de santa cruz de la sierra, quien en adelante se denominara el PROPIETARIO1.2 Miguel Cárdenas, con CI.2345678,mayor de edad ingeniero, vecino de esta, con domicilio en la ciudad de santa cruz de la sierra; quien en adelante se denominara el ACREEDOR PRENDARIO SEGUNDA:
dirá Ud. Señor Notario que el PROPIETARIO, declara expresamente recibir del CREEDOR PRENDARIO, en calidad de préstamo la suma de DOLARES 5000 cinco mil 00/100 en las condiciones que a continuación se especifican a)Interés.- con el interés convencional del 10%mensual (3%) b)PLAZO.Se establece el ´plazo del presente préstamo por UN AÑO computables a partir del 12 de Enero de 2018 hasta el 12 de Enero de 2019 improrrogable C)FORMA DE PAGO. La deudora se obliga a cancelar el CAPITAL al cumplimiento del plazo previsto y los intereses al cumplimiento de cada mes y en forma puntual E) EXIGIBILIDAD. Sera exigible el CAPITAL de préstamo, como el Interés MENSUAL, al cumplimiento del plazo, sin necesidad de requerimiento alguno, ni citación de mora, al que renuncia expresamente la deudora, dejando constancia que ante el incumplimiento de pago de intereses de cualquiera de las mensualidades, procederá su cobro, sin necesidad de exigir el cumplimiento del plazo del préstamo, cual es el acuerdo mutuo de partesTERCERA.- I.
para su estricto cumplimiento de pago del presente préstamo, el PROPIETARIO garantiza con todos mis bienes habidos y por haber particularmente con la PRENDA de un bien mueble consistente en un VEHICULO AUTOMOTOR NISSAN SENTRA, color negra, modelo 2010, marca NISSAN, #de placa 123456 de chasis 1234 y debidamente registrado en el municipio de Santa Cruz de la sieera, carnet de propiedad 3456 cuyo derecho propietario.
EL ACREEDOR PRENDARIO declara expresamente recibir el citado vehiculo en optimas condiciones, para su correspondioente deposito en calidad de prenda conforme a la normativa vigente.
una vez el PROPIETARIO cumpla con la obligación prescrita en la clausula segunda del presente contrato, el ACREEDOR PRENDARIO procederá a la devolución del bien prendado, conforme a la normativaCUARTA:
esta minuta tiene el valor de instrumento privado empero con el solo recononocimiento de firmas y rubricas, surtirá los efectos de instrumentos públicosQUINTA:
Yo YURELI Cárdenas con CI. 234566 mayor de edad, vecino de esta, con domicilio av lujan #457 y hábil en toda forma de derecho, en atención al presente préstamo, me constituyo garante solidario y mancomunado e indivisible, que en el supuesto caso de incumplimiento de pago de la deudora me hago responsable de esta obligación, por lo que garantizo con mis bienes habidos y por haber SEXTA:
esta minuta tiene el valor de instrumento privado empero con el solo recononocimiento de firmas y rubricas, surtirá los efectos de instrumentos públicos Séptima:
nosotros MARISOL ESCOBAR Y Miguel Cárdenas ambas partes hábiles por ley aceptamos en el tenor integro y cada una de sus partes de esta minuta y en conformidad suscribimos. Y ud Señor notario se servirá agregar las demás clausulas de estilo y seguridad. Santa cruz 12 de Enero de 2018PROPIETARIO GARANTE ACREEDOR PRENDARIO
SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA: entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, sírvase insertar e incorporar una de Préstamo DE DINDERO EN DOLARES AMERICANOS, CON Garantía HIPOTECARIA, estipulado al tenor de las clausulas siguientes.
dirá ud señor notario que yo YURELI Cárdenas con CI.234559 mayor de edad, ingeniera, vecina de esta, con domicilio en av.Troncal #6220 hábil en toda forma de derecho declaro expresamente recibir de la sra: MARILYN Chávez en calidad de préstamo la suma de$ 5000 cinco mil 00/100 en las condiciones que a continuación se especifican A) Interés.
con el interés convencional del 3%mensual, B)PLAZO.
Se establece el plazo de 1 año, computables a partir del 12 de Enero de 2018 hasta el 12 de Enero de 2019 improrrogablemente C) FORMA DE PAGO.
La deudora se obliga a cancelar el CAPITAL al cumplimiento del plazo previsto y los intereses al cumplimiento de cada mes y de manera puntual D) EXIGIBILIDAD.
Sera exigible el CAPITAL de préstamo como EL Interés MENSUAL al cumplimiento del plazo, sin necesidad de requerimiento alguno, ni citación de mora, al que renuncia expresamente la deudora, dejando constancia que ante el incumplimiento de pago de cualquiera de las mensualidades procederá su cobro sin necesidad de exigir el cumplimiento del plazo cual es el acuerdo mutuo SEGUNDA.
Para su estricto cumplimiento de pago del presente préstamo, garantizo con todos mis bienes habidos y por haber, particularmente con LA PRIMERA HIPOTECA del bien inmueble consistente en una CASA ubicada en la av. Moscu zona los pozos# 2526 la cual se halla registrada en derechos reales sin gravamen alguno TERCERA.
Esta minuta tiene el valor de instrumento privado, empero con el solo reconocimiento de firmas y rubricas por ante autoridad competente, surtirá los efectos correspondientes CUARTA.
Lo mismo QUINTA.
nosotros de las generales descritas en la 1 y 4 y por otra JULIA CORTES Hábil y luego lo de la séptima DEUDORA GARANTE Y ACREEDORA